SANTO DOMINGO.- Fue puesto a circular en esta capital el libro “Historia de la Policía Nacional de República Dominicana”, de la autoría del general (r) Pablo Castro Ramírez.
La obra ofrece un recorrido histórico sobre la evolución de esta entidad, desde la época de los taínos hasta el proceso de su reforma y profesionalización impulsado en 2023. Analiza cómo fue moldeándose bajo la influencia de España, Francia y Estados Unidos así como sus esfuerzos por fortalecer la seguridad ciudadana y enfrentar la delincuencia. También aborda sus transformaciones institucionales en los últimos años, enfocadas en mejorar la formación policial, transparencia y respeto a los derechos ciudadanos, como parte de las prioridades nacionales en materia de justicia y seguridad.
Trayectoria del autor
Pablo CastroRamírez
El general retirado Pablo Castro Ramírez ha desarrollado una amplia carrera dentro de la institución policial dominicana, destacándose en áreas vinculadas a la prevención, investigación e inteligencia.
Abogado de profesión, posee formación especializada en servicios antipandillas, disciplina en la que ha trabajado en el diseño y aplicación de estrategias dirigidas a combatir la criminalidad juvenil y fortalecer la seguridad pública.
Participó en procesos de reforma y modernización de la Policía, promoviendo iniciativas orientadas a una mayor profesionalización del cuerpo del orden y al fortalecimiento de la convivencia ciudadana.
La publicación que acaba de hacer es un aporte documental para comprender la historia, evolución y desafíos contemporáneos de la institución policial en la República Dominicana.
Joaquín Balaguer encarnó una de las figuras más complejas y duraderas de la política dominicana del siglo XX, caracterizada por una personalidad subrepticia que le permitió ejercer el poder absoluto sin asumir siempre la responsabilidad directa de sus decisiones.
Lejos del estilo frontal y autoritario de su mentor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Balaguer supo cultivar un método de liderazgo y comunicación mucho más indirecto, donde los comentarios aparentemente inocentes o quejas formuladas en voz baja se convertían en instrucciones precisas para sus subalternos.
El autor es investigador en Comunicación y Psicología. Reside en Santo Domingo
Esta astucia no era mera táctica retórica, sino un rasgo estructural de su carácter: una forma de gobernar que preservaba su imagen de estadista e intelectual de primer orden, mientras aseguraba la expresión implacable de sus propósitos. Analizar esta dimensión revela cómo Balaguer transformó la ambigüedad en un instrumento de control, consolidando un régimen que duró más de dos décadas, entre 1966 y 1996.
El origen de la personalidad subrepticia se remonta a su formación durante la era trujillista, donde aprendió que la supervivencia política dependía de la capacidad para ocultar intenciones reales tras un velo de cortesía y erudición. Como secretario de Trujillo y luego presidente provisional tras su asesinato en 1961, Balaguer observó que las ordenesexplícitas dejaban huellas peligrosas. Por ello, optó por un estilo que privilegiaba su gestión: en lugar de dictar, comentaba o se quejaba de algún problema ante sus colaboradores más cercanos, como sucedió con el caso de Orlando Martínez, me han dicho dos exgenerales y un abogado: “Este muchacho no me va a dejar gobernar”.
Esta técnica comunicacional no solo probaba la lealtad y la perspicacia de sus subordinados, sino que, les otorgaba la ilusión de iniciativa propia, reforzando su dependencia emocional y política hacia el “doctor”.
Cuando Balaguer hacía un comentario aparentemente casual —como lamentarse de la lentitud de una obra pública o quejarse de la ineficiencia de un funcionario— sus subalternos interpretaban la señal como una directiva imperiosa, y en su interior sonaba la alarma de la adulacion. No era como un decreto o una orden escrita; bastaba una frase pronunciada en tono de preocupación o ironía para que ministros, gobernadores o jefes militares movilizaran recursos y personal. Este mecanismo subrepticio generaba una dinámica de anticipación constante en el aparato estatal: cada queja del presidente era leída como un mandato velado, lo que eliminaba la necesidad de confrontaciones directas y minimizaba el riesgo de que Balaguer apareciera como el autor explícito de medidas impopulares o controvertidas.
Esta misma personalidad subrepticia se manifestó con maestría en su obra testimonial. En 1987, al publicar Memorias de un cortesano de la era de Trujillo, Balaguer dejó una de las muestras más emblemáticas de su estilo indirecto y calculado. Al referirse al asesinato del periodista Orlando Martínez, en lugar de ofrecer una explicación detallada o nombres concretos, insertó una famosa pagina en blanco. En ella, el expresidente escribió que señalaría la verdad sobre el crimen solo después de su muerte, encomendando a “una persona amiga” la tarea de llenar esa hojacon los detalles que él prefería no consignar en vida. Esta página en blanco no solo fue un olvido ni mucho menos un error editorial: constituyó un acto deliberado de ambigüedad calculada, un comentario velado que proyectaba su voz más allá de su existencia física sin comprometerlo directamente.
La página en blanco de la obra referida ilustra a perfección como Balaguer convertía el silencio y la insinuación en herramientas de poder. Al igual que las quejas susurradas a subalternos, esa hoja vacía obligaba a otros —lectores, historiadores, sociólogos y allegados— a interpretar, esperar o actuar la función de una verdad que él emitía sin asumir plena responsabilidad. Generaba expectativa, plausible denegabilidad y un aura de misterio que reforzaba su imagen de hombre prudente y profundo. Incluso décadas después de su muerte, en 2002, la página sigue sin ser llenada oficialmente, manteniendo viva la dinámica de anticipación que tanto caracterizó su liderazgo.
La eficacia de este estilo radicaba en su capacidad de crear plausible denegabilidad. Si una acción derivada de una queja presidencial generaba críticas, Balaguer podía argumentar que solo había expresado una preocupación ciudadana, nunca una instrucción. De este modo, mantenía intacta su imagen de hombre prudente y mesurado, mientras sus subalternos cargaban con la responsabilidad operativa —y en ocasiones con las consecuencias políticas—. La página en blanco opera bajo la misma lógica: el secreto quedaba “delegado” sin que Balaguer tenga que pronunciar los nombres en vida.
Sin embargo, esta personalidad subrepticia también generó costos institucionales significativos. La dependencia de interpretaciones subjetivas de comentarios, quejas y páginas en blanco provocaba ineficiencias, malentendidos y, en algunos casos, excesos que Balaguer no podía desautorizar públicamente si era necesario. El miedo que generaba equivocarse en la lectura de una insinuación presidencial paralizaba iniciativas y fomentaba el servilismo sobre la creatividad administrativa. En última instancia, este modelo de liderazgo reforzaba el autoritarismo solipsista que caracterizó sus gobiernos: el poder fluía de una sola fuente, pero nunca de manera transparente.
En el contexto más amplio de la historia dominicana, la personalidad subrepticia de Balaguer representa una evolución refinada del caudillismo caribeño. Mientras Trujillo impuso su voluntad mediante terror directo, Balaguer disimulaba bajo capas de intelectualismo, aparente diferencia y recursos literarios como la “página en blanco”. Este estratega le permitió sobrevivir a transiciones democráticas, derrotas electorales temporales y oposiciones internas, manteniendo un control efectivo incluso cuando aparentaba ceder espacio. Su legado, por lo tanto, trasciende las obras materiales y se circunscribe en la psicología del poder: una lección sobre cómo la ambigüedad calculada puede ser más duradera que la fuerza bruta.
La personalidad subrepticia de Balaguer no fue un defecto, sino el eje central de su longevidad política. Al valerse de comentarios, quejas y gestos simbólicos como la “página en blanco” de sus memorias como vehículos de sus propósitos, transformó a sus subalternos —y a la posteridad— en extensiones silenciosas de su voluntad, preservando al mismo tiempo la apariencia de un liderazgo reflexivo y distante, explicando tanto este rasgo sus logros como sus sombras: un estado modernizadobajo un control invisible, donde la verdadera orden —o la verdad incómoda— siempre permanecía oculta tras una frase aparentemente inocua o una hoja deliberadamente vacía. Entender esta dimensión es esencial para comprender no solo al hombre, sino el modelo de poder que aún reverbera en la cultura política dominicana.
Santo Domingo, 12 may (EFE).- El presidente del partido Fuerza del Pueblo (FP), Leonel Fernández, reanudará este martes su encuentro «La Voz del Pueblo», un espacio en el que conversa con la prensa sobre los «principales problemas que afectan al país, informó este lunes su oficina política.
Fernández realiza el espacio periódicamente, para referirse a situaciones de alto impacto nacional y abordar temas de interés para la ciudadanía.
Durante anteriores sesiones se abordaron temas como la inseguridad ciudadana, la deuda pública, los constantes préstamos y el alto costo de la vida, entre otros.
La nota de la Fuerza del Pueblo aseguró que desde “La Voz del Pueblo”, Fernández dio a conocer el escándalo de corrupción del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), caso que derivó en el sometimiento a la justicia y arresto de varias personas.
De igual manera, en otra entrega de “La Voz del Pueblo”, Fernández presentó al país las irregularidades concernientes a la extensión del contrato entre Aerodom y el Estado dominicano, mediante el cual se recibieron 775 millones de dólares por adelantado, «recursos que fueron gastados sin que las obras previstas» fueran ejecutadas.
La rueda de prensa se celebrará en la casa nacional ‘Johnny Ventura’ de la Fuerza del Pueblo, en el sector de Gascue, Distrito Nacional.
En este evento para la prensa, como en ediciones anteriores, el presidente de la Fuerza del Pueblo responderá preguntas e inquietudes de los periodistas.
Si se observa con atención y se analiza con mente equilibrada e imparcial en lo político, se tiene que apreciar que parte de los niveles de popularidad que mantiene el Presidente Luis Abinader están sustentados en su trajinar por el territorio nacional poniendo en servicio obras que benefician directamente a comunidades urbanas y rurales.
Inaugurar esas obras y tener contacto cara a cara con el pueblo llano -que quiere hechos y no palabras, lo cual le suma simpatías- es una de las ventajas que tiene sobre los políticos de la oposición quien ocupa el solio presidencial.
Luis Abinader y Rafael Salazar, administrador de Egehid
Puede viajar al extranjero (como en la presenta semana a Costa Rica) regresar en la noche y al otro día salir temprano hacia el interior del país a entregar obras, lo cual es una maquinaria que le garantiza adhesión, la cual no tienen posibilidades de emplear sus opositores.
En ese estado de cosas vimos al mandatario en las últimas semanas inaugurando tres vías con las cuales satisface necesidades sentidas de comarcas en ruta de progreso:
a) la carretera Mata Bonita-Los Memisos, del distrito municipal de Las Gordas, en Nagua, construida a un costo de RD$281 millones. 13.8 kilómetros de longitud. b) la carretera Cruce de Pedregal-La Guázuma, en el municipio de San José de las Matas. 9.8 kilómetros, con inversión de RD$872 millones. C) la carretera que enlaza el distrito municipal de Tavera con Jarabacoa, en la provincia de La Vega. Presupuesto RD$810 millones. 8.3 kilómetros de longitud.
Un hecho nos llamó la atención. Las tres obras estuvieron a cargo de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (Egehid), que no las hizo por administración -es decir, NO con personal propio- sino con el sistema de empresas e ingenieros contratistas, pero estrictamente supervisadas por ella.
Por ello insistimos: si se aplica el dicho bíblico “por sus frutos las conoceréis…” a los organismos gubernamentales responsables de obras públicas, se tendría absoluta seguridad de que Egehid quedaría entre los cinco mejor valorados por la población en la presente administración.
En términos prácticos y reales Egehid se ha constituido (aparte de sus funciones originales) en una especie de unidad de acción rápida, sin muchas vueltas, sin contradicciones, a la orden del mandatario.
Carretera Mata Bonita-Los Memisos, en Nagua
Dicho más claramente: El jefe del Estado dispone un trabajo y Egehid cumple en tiempo y calidad sin que haya quejas posteriores de las comunidades favorecidas.
En estos momentos Egehid es un referente de buen ejercicio y administración que se hace sentir en distintos campos. No son solo los grandes proyectos hidroeléctricos en proceso (Las Placetas, Guagui, Boca de los Rios, La Gina, Artibonito, etc) sino las medianas y pequeñas obras como iglesias, acueductos, centros comunales, dispensarios, canchas., etc.
El Nuevo Código Penal que entra en vigencia en agosto de este año -2026- establece que constituye un abuso de autoridad contra la administración pública el funcionario o servidor público que en el ejercicio de sus funciones y sin causa justificada, no ejecute una sentencia con la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, art. 286 del NCP.
La sanción que impone este artículo es de multa, no tiene penas. En cambio, en otros artículos de la nueva normativa penal sustantiva se configura el desacato y la infracción penal del obstáculo de ejecución de sentencia, ley o reglamento. ¡Veamos!
El desacato según el artículo 315 del NCP se define como aquella persona que desobedezca o resista una orden, fallo o mandato de una autoridad competente. A si como el funcionario o servidor público que en el ejercicio de sus funciones se rehúse a ejecutar una decisión judicial. Este desacato se refiere por su ubicación a un llamado, citación o invitación de un fallo, mandato u orden. Se sanciona esta infracción con penas y multas.
La sanción penal que impone el artículo 315 es arbitraria, irrazonable, discriminatoria y desigual, toda vez, que para el funcionario no hay prisión sino multas de 1 a 3 salarios mínimo del sector público.
Violación
En cambio, para el particular que desobedezca una sentencia se establece una pena de prisión de un día a un año y multa de 1 a 5 salarios mínimos del sector público. Esto evidencia una violación al principio de igualdad constitucional.
A parecer el legislador penal con los artículos 286 y 315 no desea sanciones para el funcionario que impida, no ejecute o desobedezca una sentencia. Esto se confirma por la descripción penal del artículo 339 de NCP. Dicha descripción no es clara.
El artículo 339 establece la infracción penal del obstáculo de ejecución de sentencia, ley o reglamento y ubica esta transgresión penal como una infracción contra el respeto debido a la justicia. Anuncia esta regla que la persona (un particular) que obstaculice o impida la ejecución de una sentencia por decisión pronunciada por un tribunal legal será sancionada con penas de 15 días a 1 año de prisión menor.
En cambio, el citado artículo en su único párrafo excluye al funcionario de la ejecución de una sentencia y solo lo sanciona con penas de 2 a 3 años de prisión menor y multa si el funcionario no da cumplimiento a una ley o reglamento. No habla de sentencia. Una redacción que en cierto modo protege al funcionario.
La mala redacción gramatical del artículo 339 que conforme al principio de legalidad penal debe ser claro y preciso para llenar el cometido y propósito de dicho principio penal, hace de este artículo que sea imposible la imposición de una pena para un funcionario que no ejecute una sentencia.
Pues, aunque se podría inferir que la regla penal 339 sanciona al funcionario que obstaculice la ejecución de una sentencia, sin embargo, el párrafo de dicho artículo excluyó la palabra sentencia cuando se refiere al funcionario. En consecuencia, el juez penal no puede extenderse a interpretar que el legislador puso la palabra sentencia.
Hacerlo, se encontrará de frente con el principio de interpretación restrictiva (art. 25 del CPP), que ordena que las normas procesales que coarten las libertades o establezcan sanciones se deben interpretar de forma restrictiva. Solo se podrá interpretar extensivamente si es para favorecer al imputado. Colorario a lo descrito anteriormente es que la duda debe favorecer al reo, art. 25 del CPP.
Mala redacción
Sin dudas algunas, se puede apreciar que el Nuevo Código Penal no sanciona con prisión al funcionario que no ejecute una sentencia definitiva. Se intentó, pero la mala redacción de la descripción penal del articulo 339 va a favorecer al funcionario. No obstante, queda claro que si este no cumple con el mandato de una ley o reglamento se impone una pena de prisión. No así, cuando no ejecuta una sentencia definitiva.
La no ejecución de una sentencia es un mal viejo, latente y permanente, creíamos que se iba a conjurar con este nuevo código. Pero no quedaremos oliendo donde no hay nada o con alucinaciones olfativas.
Sin dudas algunas, la nueva normativa penal que entra en vigencia en agosto de este año (2026) protege al funcionario si decide no ejecutar u obstaculizar una sentencia definitiva. Solo se le sancionará con multas ligeras. En cambio, si es un particular que obstaculiza la ejecución de una sentencia se le impondrá penas de prisión.
SANTO DOMINGO.- El abogado Hernani Aquino favoreció la eliminación de los recursos que el Estado entrega a los partidos, por considerar que la ausencia de fiscalización ha fomentado el clientelismo, la perpetuidad de las direcciones partidarias y la conversión del sistema en un negocio.
«Así como parasitar el sistema de partidos es un negocio, entregar dinero sin control es alimentar ese parasitismo. No hay fiscalización real de esos recursos”, declaró.
Recordó que antes de existir financiamiento público, había mejor calidad de políticos. “Había ideas, vocación e ideologías. Se hacía política por convicción, no por cheques. Hoy es al revés”, sostuvo.
BUSCAN LO PEOR DE LA SOCIEDAD PAGUE CAMPAÑAS
Aquino denunció que el modelo actual empuja a las organizaciones a buscar fuentes cuestionables de recursos.
“Ahora los mismos partidos buscan lo peor de la sociedad para que paguen las campañas. Buscan al que no declara, al que vive al margen de la ley, porque necesitan dinero sin preguntas”, manifestó.
PIDE CONGRESISTAS ELIMINAR PARTIDA DE LA LEY
Aquino pidió al Congreso eliminar la partida presupuestaria a partidos políticos establecida en la Ley 33-18. Auditar con carácter retroactivo el uso de los fondos entregados en los últimos 10 años. Transparentar en tiempo real, vía JCE, todos los aportes privados a campañas.
«El político que quiera participar, que lo haga con sus ideas y con aportes legales de su militancia. El Estado no puede seguir financiando el clientelismo y la perpetuidad de las cúpulas”, señaló.
Dos los ciudadanos han recibido con alegría la disposición contenida en los artículos 18, 19 y 20 del nuevo código penal (ley 74-25), que entrará en vigencia el seis de agosto del año 2026, por un lado con grandes avances, retrocesos, aumentos de penas, la configuración de delitos nuevos, la figura del cúmulo de penas, una nueva modalidad de cumplimiento de las penas, entre otras novedades que el país aún desconoce y que deberían saber.
Este código le va a dar muy duro a las personas que se vean involucradas en la comisión de algún delito y que antes se podían salir con las suyas, ya que trae penas bastante severas y será necesario construir varias cárceles nuevas porque las que hay no van a dar abasto.
Para evitar la responsabilidad penal debe configurarse que los golpes, heridas o fallecimiento del ladrón, sea rechazando una agresión que se esté ejecutando en el momento, inminente e injustificada o a punto de ejecutarse contra una persona o contra un tercero, con cualquier cosa que la persona tenga disponible para defenderse cuando el hecho suceda dentro de su casa o intentando el ladrón penetrar a la misma, sea rompiendo una puerta, ventana, candado, llavines, sea con engaño, violencia o cualquier otra forma ilegal.
Se recuerda que en el viejo código penal un ladrón a veces había que pagarlo como una gente seria y hasta sus familiares pedían “justicia”, no importando el grado de daños que este delincuente causó o intentó causar al penetrar a una vivienda habitada por una familia.
Estábamos casi al punto de llegar a que al ladrón había que brindarle hasta cena y jugos para que él no se ofendiera, ahora ese mismo ladrón tendrá que suspender sus actividades y ponerse a trabajar.
A partir del seis de agosto del año 2026, defenderse de un asalto será un derecho reconocido a los ciudadanos en el nuevo código, ya que si una persona encuentra dentro de su casa a un ladrón, o aun sea en la calle cometiendo un asalto, las personas podrán defenderse de esa agresión sin responsabilidad penal, siempre que se compruebe que así sucedió y está estipulado de esta manera:
“Artículo 18.- Legítima defensa. Se considerará legítima defensa el acto dirigido a rechazar de modo simultáneo, y proporcional la agresión actual, inminente e injustificada que se ejecuta o que está en curso de ejecutarse en contra de sí mismo o de otra persona. No es antijurídica la conducta de quien actúa en legítima defensa”.
Párrafo I.- En la legítima defensa siempre prevalecerá la proporcionalidad relativa al bien jurídico protegido sobre la proporcionalidad de medios.
Párrafo II.- No habrá legítima defensa ni presunción de ella si la agresión rechazada ha sido precedida por un acto de provocación cometido por quien la invoque.
Artículo 19.- Causales de legítima defensa. Se reputarán casos de legítima defensa los siguientes:
1)Cuando se rechace por cualquier medio y desde el interior de una casa habitada la entrada que hace otra persona con fractura, violencia, engaño o cualquier otro método ilegítimo;
2) Cuando se actúe contra quien es sorprendido dentro de una casa habitada;
3) Cuando se actúe contra el autor del robo perpetrado con violencia, en el lugar del hecho.
Artículo 20.- Estado de necesidad. Actúa en estado de necesidad y no será penalmente responsable quien, ante un peligro actual o inminente que lo amenaza o amenaza a otra persona que, con la finalidad de repelerlo o evitarlo, incurre en una acción u omisión típica, que lesiona un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los requisitos siguientes:
1)El peligro no haya sido provocado intencionalmente por el que actúa;
2)El mal causado no sea mayor que el mal que se trata de evitar;
3)No existe otro medio practicable y menos perjudicial para evitar el daño;
4)El necesitado no tiene, por oficio o cargo, obligación de la puesta en riesgo que causó el estado de necesidad.
PHOENIX – En sentido general, la transición de Freddy Peralta a los Mets ha sido bastante positiva. El derecho dominicano, cambiado de Milwaukee a Nueva York en enero, lleva efectividad de 3.12 en ocho aperturas, con números secundarios bastante sólidos – aunque un poco por debajo de sus cifras de por vida en FIP, WHIP y tasa de ponches.
Peralta abrió en el Día Inaugural por los Mets y es parte íntegra de una rotación del equipo de Queens que no se ha visto tan mal como su ofensiva, con la séptima mejor efectividad colectiva de la Liga Nacional.
“Excelente”, dijo Peralta durante el fin de semana sobre su acoplamiento a los Mets tras ocho temporadas con los Cerveceros. “Gracias a Dios, todo muy bien, muy cómodo. Y creo que todo fue muy fácil para mí a la hora de adaptarme aquí”.
MENDOZA SOBRE LOS METS Y PERALTA
Agregó lo siguiente el manager del equipo, el venezolano Carlos Mendoza, al ponérsele el tema de si Peralta ha sido lo que esperaban los Mets:
“100%. Eso y más, diría yo. No solamente el competidor, el lanzador que vemos en el montículo, (sino) lo que hace en el clubhouse, la alegría, la vibra que trae. Siempre es una sonrisa; es bastante consistente, trabajador. De verdad que todo lo que me dijeron cuando hicimos el cambio, no solamente la calidad de pitcher que es, (sino también) es la calidad del ser humano”.
Toda esa armonía se ve excelente. Pero sabemos que los Mets se ven hundidos ahora mismo, con récord de 15-25 y lejos de la pelea en la Liga Nacional. Claro, eso podría Cambiar. Pero si Nueva York no se levanta, Peralta – en el último año de su contrato – podría ser cambiado a un contendiente en julio o a principios de agosto.
Por el momento, Peralta, programado para abrir el martes contra los Tigres en casa, afirma que no ha ponderado dicha posibilidad.
“En realidad, no he pensado en eso, porque tengo esperanza y fe de que nosotros podemos lograr mucho con el equipo que tenemos”, expresó Peralta, de 29 años y listo para probar el mercado libre por primera vez en el próximo invierno. “Yo confío en los muchachos y en mí mismo también. Creemos que podemos voltear todo.
SANTO DOMINGO.- La República Dominicana será sede del Campeonato Panamericano U18 de la WBSC Américas, un torneo de gran relevancia internacional en el béisbol juvenil.
El evento está programado para realizarse del 22 al 29 de octubre de 2026, y será organizado por la Federación Dominicana de Béisbol (FEDOM) junto a la WBSC Américas.
El campeonato reúne selecciones nacionales Sub-18 de América (EE. UU., México, Cuba, Venezuela, Puerto Rico, entre otros). Funciona como clasificatorio al Mundial U18 de béisbol 2027.
De igual manera marca la primera vez que el país alberga este torneo en esta categoría, reforzando su papel como sede frecuente de eventos de la WBSC Américas.
Además, la organización dominicana busca aprovechar su programa de desarrollo juvenil para competir por el primer boleto directo al Mundial U18 en esta categoría.
En resumen: sí es oficial, y República Dominicana vuelve a posicionarse como uno de los principales centros del béisbol juvenil en la región.
SANTO DOMINGO.- El expresidente dominicano Leonel Fernández exhortó a la población a apoyar e integrarse a los XXV Juegos Centroamericanos y del Caribe Juegos Centroamericanos y del Caribe Santo Domingo 2026, destacando que el país debe unirse para garantizar el éxito del evento deportivo regional.
Fernández afirmó que la República Dominicana se ha consolidado como “una gran potencia deportiva” gracias a los logros obtenidos por sus atletas en escenarios internacionales. También señaló que la celebración de los Juegos representa un compromiso nacional y una oportunidad para proyectar al país ante la región.
Las declaraciones fueron ofrecidas durante una reunión en la sede de Fundación Global Democracia y Desarrollo (FUNGLODE) con José P. Monegro, presidente del comité organizador de Santo Domingo 2026, y Luis Mejía Oviedo, presidente de Centro Caribe Sports.
Los Juegos Santo Domingo 2026 se celebrarán del 24 de julio al 8 de agosto y reunirán a miles de atletas de la región en lo que será la edición centenaria del evento.