Recientemente la Junta Central Electoral publicó el Protocolo Sanitario a seguir de cara a garantizar la salud del personal que trabajará y concurrirá a votar en cada centro de votación en las elecciones de Julio.
Efectivamente, el más alto Órgano Electoral, diseñó las medidas que deben ser tomadas en los Recintos y Colegios Electorales. De la misma manera, fijó el comportamiento a seguir de cada votante de cara a ejercer su derecho al voto, el cual se materializará previo cumplimiento de las medidas de higienización y distanciamiento físico establecidas.
Las medidas adoptadas en el protocolo van desde la obligatoriedad de que todos los funcionarios lleven puesto guantes y mascarillas. La desinfección de sus manos con el uso de alcohol, también las mesas y sillas de trabajo. La higienización de los recintos electorales. En el caso de los electores, estos deberán estar a un metro de distancia uno de otro y, deben tener puesto guantes y mascarillas, entre otros.
Estas medidas de higiene, y otras que pudieran ser tomadas, garantizan que la población acuda masivamente a votar, ya que las mismas generan cierta confianza en la población, por lo que no será un obstáculo la incidencia del Covid-19 en el país, poder ejercer el derecho y el deber de votar.
La tarea pendiente
Si bien las medidas adoptadas por la Junta Central Electoral, garantizan una correcta aplicación de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud e instituciones afines, sobre el debido distanciamiento, la higienización del personal de las Juntas, de los Partidos y del votante, no se observa en las mismas, que el organismo haya diseñado algún plan o medida para garantizar el derecho al voto de los positivos o sospechosos de Covid-19.
En la actualidad hay más de 14 mil personas que han dado positivo, mayoría de los cuales son mayores edad y por ende habilitados para votar, y que si bien, las oraciones son para que sanen en lo más próximo, lo que se ve es que para Julio habrá una cantidad considerable de positivos de Covid-19, por lo que se hace imperiosamente necesario, que se diseñen medidas que garanticen su ejercicio al sufragio.
Se debe recordar, que la propia Ley Electoral obliga a la Junta Central Electoral a garantizar y crear los medios necesarios para que los incapacitados puedan votar, por lo que, no llevaría un esfuerzo extraordinario identificar y adoptar las medidas a tomar.
A modo de sugerencia, bien puede la Junta implementar el voto por correo electrónico; también puede crear colegios o mesas electorales ad hoc, con miembros del personal de salud con las indumentarias necesarias para que se trasladen hasta el domicilio de cada votante positivo o sospechoso aislado, y que ha expresado su deseo de votar. También, puede crear espacios fijos y especializados en los recintos electorales a esos fines.
En definitiva, es una tarea pendiente que la Junta Central Electoral debe realizar y de paso, los Partidos y Movimientos Políticos, pueden, y deben, aportar y contribuir a su identificación y desarrollo.
JPM


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