SANTO DOMINGO.- El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) sometió ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) un recurso mediante el cual solicita que sea suspendida la resolución 06/2015 de la Junta Central Electoral (JCE), que redistribuyó el número de diputados del Distrito Nacional y diez provincias del país.
El recurso, de 29 páginas, está firmado por el secretario general del PLD, Reinaldo Pared Pérez. Fue depositado por los abogados César Pina Toribio y Olivo Rodríguez Huertas.
En sus conclusiones reclama la nulidad de dicha resolución, emitida el 5 de julio pasado y notificada el primero de septiembre, por entender que es “contraria al artículo 4, 93, numeral 1, letra d; 112 y 197 de la Constitución de la República” así como “al derecho fundamental de la buena administración, al procedimiento administrativo predeterminado por la Ley y a los principios de racionalidad, coherencia y confianza administrativa consagrados en la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas en sus relaciones con la Administración y Procedimientos Administrativos”.
La resolución
El 5 de agosto último el Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó a unanimidad aumentar el número de diputados que tendrán las provincias La Altagracia y Santo Domingo, y reducir los de María Trinidad Sánchez, Monte Plata, Barahona, Espaillat, San Juan, Duarte, San Pedro de Macorís, La Vega y San Cristóbal.
La decisión fue adoptada por el máximo organismo electoral tomando en cuenta, según dijo, el incremento poblacional de las provincias receptoras de estas diputaciones y la disminución poblacional de las afectadas. La Altagracia, de 4 diputados ahora tendrá 5, y Santo Domingo, de 36 escaños pasa a tener 44.
María Trinidad Sánchez, de 3 diputados en el año 2010, pasa a tener 2; Monte Plata, de 4 pasa a tener tres; Barahona, de 4 pasa a 3; Espaillat, de 5 diputados pasa a 4; San Juan, de 5 a 4; Duarte, de 6 pasa a tener 5; San Pedro de Macorís, de 6 escaños pasa a tener 5; La Vega, de 8 diputados pasa a 7 y San Cristóbal, de 11 escaños pasa a 10.
Consideraciones del PLD
En las consideraciones jurídicas el PLD explica que dicha resolución transgrede el principio de coherencia porque fue emitida apenas faltando meses para el certamen electoral, y cuando ya son de conocimiento los pactos y alianzas.
Agrega que en este caso “se ha desconocido en doble vertiente el principio de legalidad y juridicidad, que condiciona su actuación”.
Considera que la resolución vulnera el principio de reserva de Ley y él l de Separación de los Poderes del Estado así como el derecho Fundamental a la Buena Administración y desconoce el Derecho de las personas para la aprobación de normas de carácter general.

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