COTUI, República Dominicana- El Juzgado de Primera Instancia de la provincia Sánchez Ramírez declaró «inadmisible» una acción de amparo incoada por el misionero Rafael Guillén Beltré para lograr el cese de las operaciones de la empresa minera Barrick Pueblo Viejo.
La jueza Jacqueline Ynmaculada Ramos Ureña consideró que la demanda era «improcedente, mal fundada y carente de pruebas» y no ha demostrado que la operación e dicha empresa implique riesgos para la vida o salud de las comunidades de su entorno o para sus propios trabajadores.
«El reclamante tampoco ha hecho prueba de que la empresa, de forma actual o inminente, lesione, altere o amenace el derecho fundamental al medio ambiente, tal y como lo contempla la Constitución para regular la explotación de los recursos naturales», agrega.
Durante el proceso, la empresa depositó documentaciones que fueron validadas por el tribunal, entre ellas informes de monitoreo de calidad de agua y sedimentos expedidos por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, copia del informe de situación de muerte de animales en la zona de Pueblo Viejo expedido por el Ministerio de Energía y Minas así como informes sobre las actividades de monitoreo participativo de agua, aire y ruido.
El presidente de Barrick Pueblo Viejo, Manuel Rocha, dijo que «las conclusiones de este tribunal confirman nuestra operación como transparente y en total cumplimiento de todas las leyes nacionales e internacionales establecidas y nos valida como una operación ambientalmente sostenible que, lejos de poner en riesgo nuestros recursos naturales, está realizando grandes aportes al país a través de nuestro proceso de remediación ambiental».
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