A propósito de las declaraciones de Temistocles Montás, reproducimos el Artículo 47 de la Ley Electoral Dominicana:
FUENTES DE INGRESOS: “Todos los actos de cooperación, asistencia o contribución económica a los partidos son función exclusiva de las personas naturales y jurídicas nacionales privadas.
Por tanto, sólo se considerarán como ingresos lícitos de los partidos, los donativos o contribuciones que provengan de éstas; y será ilícita la intervención directa o indirecta del Estado, de cualquiera de sus departamentos, dependencias u organismos autónomos o descentralizadas o de empresas que caigan dentro de la aplicación de la Ley de Inversión Extrajera, de los ayuntamientos o de entidades dependientes de éstos, de gobiernos extranjeros en el sostenimiento de los partidos o el financiamiento de sus campañas.
Tal intervención, sea cual fuere la forma en que se produzca, constituye presunción de entendimiento con los partidos o sus candidatos en beneficio de los interesados de esas entidades o sus propietarios, socios, accionistas, beneficiarios, directores o representantes, y en tal virtud, queda absolutamente prohibida”

Trump elige a Susie Wiles como jefa del gabinete en Casa Blanca
Abinader entrega muelles en Río San Juan y Cabrera para la pesca
Primer Ministro Haití seguirá en Puerto Rico, su futuro es incierto
Potente tormenta golpea con fuerza a Nueva York y N. Jersey
El PLD convoca para este lunes aspirantes presidenciales 2028
La abstención electoral ¿mito o realidad?
Trump ve inaceptable propuesta de Irán reabrir estrecho Ormuz
Rusia exige liberar a Maduro y levantar bloqueo a isla de Cuba
El voto exterior: un derecho que debemos proteger
China y EEUU pactan acuerdos para «buena relación» bilateral
El Salto de la Pulga: parece que el carguito en la Suprema es bueno
Dominicano Elly De la Cruz logra marca histórica en las GL
La inmortalidad del coyotillo
