La decisión del presidente Luis Abinader de detener de forma inmediata el proyecto minero Romero no es un gesto improvisado ni un retroceso institucional, como algunos sugieren. Es, por el contrario, una señal clara de que el país comienza a definir límites en la gestión de sus recursos estratégicos.
Desde el sector empresarial, el vicepresidente ejecutivo del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), César Dargan, ha expresado preocupación por la medida, apelando a la necesidad de “resguardar procesos institucionales claros y basados en evidencia” y destacando el potencial de una minería responsable en la República Dominicana. El planteamiento merece respeto. Pero también exige precisión.
Porque la institucionalidad no se mide por la continuidad automática de los procesos, sino por la capacidad del Estado de tomar decisiones cuando un proyecto, aun en evaluación, revela incompatibilidades de fondo.

La Ley 64:00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales es clara: ningún proyecto de alto impacto puede ejecutarse sin licencia ambiental. Y más aún, el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) no obliga a aprobar, solo orienta. La decisión final sigue siendo del Estado, que debe ponderar no solo variables técnicas, sino también sociales y territoriales.
En el caso de San Juan, no se trata de cualquier territorio. Se trata de una zona clave para el sistema hídrico del sur, vinculada a la cuenca del río San Juan y a infraestructuras hidráulicas como Sabaneta, Sabana Yegua y Montegrande. En un país con serias limitaciones en almacenamiento de agua y alta vulnerabilidad climática, estas áreas adquieren una dimensión estratégica.
Aquí entra un elemento que algunos prefieren minimizar y es el rechazo social. La normativa ambiental dominicana reconoce la participación ciudadana como parte del proceso. Cuando ese rechazo es amplio, sostenido y coherente, como se demostró en la manifestación masiva del pasado domingo en San Juan, no puede ser ignorado sin erosionar la legitimidad de cualquier decisión futura.
La empresa GoldQuest Mining Corp., que se encontraba en fase de preparación de un nuevo EIA, no contaba con licencia de explotación. Esto es clave. Sin licencia, no hay derecho adquirido. Hay una expectativa sujeta a evaluación. Y esa evaluación puede concluir, como en este caso, que el proyecto no es viable.
Existe el riesgo de una controversia internacional? Sí. Pero ese riesgo no invalida la potestad del Estado. La práctica arbitral reconoce el derecho soberano de regular en materia ambiental, siempre que las decisiones sean motivadas, proporcionales y no discriminatorias.
jpm-am

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