Los bodegueros de Nueva York (OPINION)

Por FRANK MARTE

Aunque yo he vivido en Nueva York por los últimos 40 años, no entiendo por qué es que a personas que llegaron adultas desde Santo Domingo se les olvida el idioma castellano y lo usan tan incorrectamente.

Porque afirmar que si alguien simpatiza con el candidato republicano, el ultra derechista y supremacista blanco Donald Trump es un indicador de que la persona es “machista”, me parece una rotunda estupidez.

La verdad es que no veo de dónde, mi congresista saca esa descabellada conclusión, Y lo peor es que al mismo tiempo hace acusaciones contra nosotros los bodegueros y contra todos los dominicanos, que francamente son difamatorias, y no las merecemos.

Mal informado

Lamento que mi congresista esté tan mal informado y que tan alegremente acuse a la comunidad que lo ha elegido, de un hecho que puede resultar delictuoso. El programa SNAP, food stamps o cupones, como se le llama comúnmente, es para garantizar la alimentación de los mas pobres, sean migrantes o ciudadanos. Una desconsideración de ese tipo, nunca la esperamos del congresista, porque es tan falsa como innecesaria.

El autor es geo de Bodegas and Small Business Group. Reside en Nueva York

Es bueno que mi congresista conozca mas a fondo los números (%) de los newyorkers que reciben ayuda del programa SNAP. El 46% son blancos, 35% son afroamericanos y el restante 19% lo componen hispanos, asiáticos y nativos. Piense usted que de ese porcentaje de hispanos los dominicanos somos menos de una sexta parte.

Pero hay algo mas significativo todavía. Esos mismos newyorkers que el congresista denuncia alegremente y sin pensarlo, somos los que votamos por él para mantenerlo en Washington. Yo no entiendo el asunto y ojalá que nuestro congresista se anime a aclarar lo que dijo.

Porque aquí hay dos lecturas diferentes, según me plantea un muy conocido periodista nuestro: o el congresista no quiere que votemos por él o él ya tiene determinado un distrito congresual para representar, diferente al nuestro.

Cual que sea su decisión, los bodegueros queremos que él continúe representándonos, pero que tenga un poquito de mas cuidado, porque los trapos sucios se lavan dentro de la casa siempre. Los pronunciamientos temerarios, destemplados y fuera de tono, no son buenos porque no generan apoyo, sino repudio y a largo plazo, hasta odio.

Mi congresista me representa a mí y a todos los dominicanos, por lo que nos sentimos orgullosos de su trabajo pero, yo no soy político, yo soy un activista que represento y defiendo a los bodegueros y pequeños comerciantes de Nueva York y le pido a mi congresista que en lugar de criticarnos en público, se siente con nosotros a discutir los problemas que tiene la comunidad dominicana, junto a otras comunidades minoritarias que convivimos en la Gran Manzana.

Espero que no me malinterprete, los bodegueros somos gente de trabajo y cumplimos nuestro rol en esta ciudad.

jpm-am

ESPAÑA: Condenan a siete años a dominicano le ocuparon cocaína

ESPAÑA.- La Audiencia de Valladolid ha impuesto una condena se siete años y cuatro meses de cárcel al ciudadano de origen dominicano Darwin R.E, quien fue detenido el pasado mes de marzo en su piso con más de tres kilos de cocaína por valor superior a los 286,000 euros distribuida en distintas dependencias del inmueble.

En su sentencia, la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial considera probada la culpabilidad del encausado, al que condena por delito contra la salud pública, con la atenuante analógica de drogadicción, y, junto con la referida pena privativa de libertad, le impone el pago de una multa de 750,000 euros, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

La defensa del condenado ya ha anunciado su intención de recurrir el fallo ante la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Durante el juicio, el ahora condenado, a quien la fiscal del caso había pedido ocho años y medio de cárcel y una multa de un millón de euros, frente a la petición absolutoria de su defensa, negó ser el titular de la droga hallada en su casa y aseguró que la misma se la había entregado para su custodia un varón cuyo nombre había declinado facilitar por miedo a posibles represalias contra su familia.

«Se lo aseguro por la salud de mi hija, la droga no era mía, me la había entregado una persona para guardarla en mi casa a cambio de cinco o seis gramos», alegó Darwin R.E, cuya letrada invocó la nulidad de todas las actuaciones por entender que la policía había practicado la detención dentro del portal de la casa, vulnerando así la inviolabilidad del domicilio, y en caso de condena pidió que la misma fuera minorada por la toxicomanía que sufría su cliente.

El ahora condenado explicó el día del juicio que aceptó el encargo de guardar a un tercero la mercancía debido a los problemas económicos y personales por los que atravesaba, a lo que ese mismo día se había sumado el hecho de que su esposa le había comunicado que había «perdido la barriga». Así, acuciado por dicha situación, justificó que no puso reparos a que esa persona le utilizara como custodio de la mercancía.

Darwin sí insistió en que su detención se produjo dentro del mismo portal de su vivienda, en la calle Gil de Mena, en posesión de una bolsa de 266 kilos de cocaína y sin que tuviera tiempo de acceder a la calle con su patín eléctrico, circunstancia que fue esgrimida por su defensora para invocar la nulidad de actuaciones por haberse violado el derecho de su cliente a la inviolabilidad del domicilio.

Lo que no pudo explicar con claridad es por qué la policía halló el resto de la droga, hasta completar un total de tres kilos por valor de casi 290.000 euros, distribuida en bolsas en distintas partes de la vivienda, como el salón, la cocina y su dormitorio, así como sustancia de corte y numerosos efectos para la distribución de la mercancía, como una prensa, cuatro balanzas de precisión, bolsas y alambre de jardinería, junto con 9.090 euros, cantidad que ha atribuido a su trabajo como repartidor.

«OBJETIVO PRIORITARIO» DE LA POLICÍA

Policías que participaron en las pesquisas y su detención, con el instructor del atestado a la cabeza, desmintieron que la detención de se produjera dentro del portal del domicilio y precisaron que fue llevada a cabo en plena calle cuando el acusado circulaba con un patín eléctrico y pasó casualmente cerca de un dispositivo policial que esa mañana habían montado en el barrio, ajeno totalmente a las investigaciones que se seguían desde hacía tiempo sobre Darwin.

El instructor añadió que el acusado se había convertido en un «objetivo prioritario» a raíz de las numerosas informaciones recibidas que le situaban como una persona que movía grandes cantidades de droga y que mantenía contactos con otros compatriotas inmersos en dicho mundo delincuencial.

Sin embargo, el policía reconoció las graves dificultades que habían tenido hasta entonces con los seguimientos realizados a Darwin, debido a las medidas de seguridad que adoptaba, mucho más intensas que otros con los que sí habían tenido éxito las pesquisas. De hecho, no han podido pillarle realizando transacción alguna de droga.

Fue precisamente de forma casual, tal y como aseguró, cuando el investigado fue interceptado el 14 de marzo en la calle en una actuación que, según especificó otro agente, se llevó a cabo cuando vieron salir a Darwin del portal y éste, al percatarse de su presencia, se puso nervioso y trató de esquivarles.

«Dije ¡alto, policía!, pero él no hizo caso y siguió circulando con el patinete», recordó el funcionario que salió corriendo tras él y, junto con otros compañeros, logró reducir al presunto ‘narco’, al que inicialmente ocuparon 266 gramos de cocaína y más tarde otras cantidades, hasta sumar tres kilos, durante el registro efectuado poco más tarde en su domicilio.

SANTIAGO: Incendio de magnitud afectó mercado modelo

Santiago de los Caballeros.- Un incendio de gran magnitud afectó a 60 de los 106 módulos del Mercado Modelo,  ubicado en la calle del Sol esquina España, en el centro histórico de esta ciudad.

El siniestro se inició en la madrugada del jueves y fue controlado 12 horas después. hizo movilizar a brigadas de los bomberos, el Sistema 911, el Centro de Operaciones de Emergencias, la Defensa Civil y otros organismos oficiales así como voluntarios de entidades privadas.

Comerciantes calculan que el mismo les provocó pérdidas por más de  RD$100 millones.

No fueron reportadas personas muertas ni lesionadas.

Técnicos de los Bomberos y la Policía Nacional investigan el origen del fuego. De manera preliminar se tiene la presunción de que fueron fallas en instalaciones eléctricas .

El alcalde Ulises Rodríguez,  durante una visita al área del desastre, dijo  lamentar lo sucedido y  anunció el inicio de una evaluación para determinar la magnitud de los daños.

sp-am

ETED alcanza el tercer lugar en evaluación ICI de la Contraloría

SANTO DOMINGO.- La Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) recibió una calificación de 93.55 en la reciente evaluación del Índice de Control Interno (ICI) realizada por la Contraloría General de la República.

Este índice es una herramienta dirigida a mejorar la transparencia y rendición de cuentas en el sector público. Evalúa la implementación y cumplimiento de controles internos en las instituciones gubernamentales, promoviendo una administración más eficaz y responsable de los recursos públicos.

En el portal oficial de la Contraloría fueron publicadas las calificaciones de 50 instituciones del sector público correspondientes al primer trimestre de 2024. ETED ha sido ubicada en el tercer lugar de este informe, como “un ejemplo de transparencia, eficacia en la administración de recursos públicos y excelencia en la gestión del control interno”.

El contralor general de la República, Félix Santana García, ha alentado a todas las instituciones oficiales a adoptar el Sistema ICI como una herramienta crucial para fortalecer la transparencia y la eficiencia en la gestión pública, siguiendo directrices del presidente de la República, Luis Abinader.

COMPROMISO CON TRANSPARENCIA

El ingeniero Martín Robles Morillo, administrador general de la ETED, indicó que la calificación obtenida por esta empresa refleja su  compromiso continuo con los más altos estándares de control interno y transparencia en la gestión de recursos.

Los resultados del Índice de Control Interno están disponibles para consulta pública en el portal web oficial de la Contraloría General de la República: [https://www.contraloria.gob.do](https://www.contraloria.gob.do). Para conocer más sobre el sistema ICI, los criterios de evaluación y otros recursos relacionados, los interesados pueden visitar el portal para explorar los detalles del índice.

SP-AM

Escogen directivos bancada del PLD en la Cámara de Diputados

SANTO DOMINGO.- El Bloque de Diputados del Partido de la Liberación Dominicana (PLD)  escogió a  Gustavo Sánchez, del Distrito Nacional,  como su  vocero para el periodo legislativo agosto 2024-2025

También seleccionó a Heidy  Musa, vice vocera y a Damaris Vásquez Castillo, secretaria.

La decisión fue tomada en un encuentro en la Casa Nacional del PLD, al cual asistieron todos los diputados electos de este partido.

La misma fue coordinada por Charles Mariotti, secretario general, junto a Cristina Lizardo, Tommy Galán, Rafael Calderón y otros dirigentes.

Al comienzo de la reunión Danilo Díaz propuso que la elección fuera realizara por consenso de los  asistentes, como una señal del espíritu unitario que debe primar en el bloque parlamentario peledeísta en la cámara baja.

Sánchez  dijo que está comprometido a  trabajar para mantener   un bloque unificado, desarrollar una oposición firme y constructiva y defender los aportes al bienestar del país de los gobiernos peledeístas.

“Asumo con toda la responsabilidad que implica la vocería del bloque del PLD en la Cámara de Diputados. El hecho de que la sociedad nos estará observando, porque a pesar que apenas somos trece integrantes, seguimos siendo el principal partido de oposición”, expreso.

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Trump: ¿presidente condenado en funciones e impeachment?

POR CARLOS SALCEDO

El 25 de agosto de 2023 escribí sobre algunos de los procesos que enfrentaba el expresidente de los Estados Unidos y actual candidato presidencial republicano, Donald J. Trump, así como de las potenciales primicias que seguirían sucediéndose como producto de dichas circunstancias.

Al ponderar el resultado de los procesos judiciales y la posibilidad de la participación de Trump como candidato presidencial en las venideras elecciones de noviembre, me preguntaba entonces si Trump pasaría a la historia, como el primer expresidente de los Estados Unidos a quien se le conoce juicio por varias causas penales;  si sería el primero en ser condenado siendo precandidato o candidato presidencial; o ser el primer presidente en ejercicio en ser condenado penalmente. Asimismo, me cuestionaba si Trump se convertiría en el primer presidente norteamericano en ejercer el cargo a pesar de la condena.

Nuevas circunstancias a ponderar: condena de Trump y sentencias de la Suprema Corte de los EE. UU.

En esta oportunidad, retomo la ponderación teniendo en cuenta algunos ingredientes adicionales, como lo son las decisiones de los tribunales norteamericanos, incluyendo el de la Suprema Corte de los Estados Unidos del pasado 1º. de julio de 2024.

El 30 de mayo de 2024 Trump fue declarado culpable de los 34 cargos de falsificación de registros comerciales presentados ante un tribunal estatal en Nueva York. En ese orden, quedó pendiente la sentencia de condena para el próximo 18 de septiembre de 2024. Con esto se responden mis tres primeras preguntas, pues es el primer expresidente de los EE. UU. que es procesado por cargos penales y es condenado siendo candidato a la presidencia, al tiempo de enfrentarse a la posibilidad de una pena de prisión o libertad condicional por sus delitos derivados de una trama de pagos de dinero por silencio antes de las elecciones presidenciales de 2016.

Y es que, como he dicho antes y ha afirmado Richard L. Hasen, uno de los mayores expertos del país en derecho electoral, “no hay nada en la Constitución estadounidense que impida a un criminal convicto presentarse al cargo más alto de la nación y legalmente nada cambia con el estatus de Trump como aspirante”, ahora como candidato.

Donald Trump

El 1º. de julio de 2024, la Suprema Corte de Estados Unidos, remitió nuevamente a la corte de distrito el conocimiento del proceso respecto de los cargos relativos a la supuesta interferencia en las elecciones de 2020. De trascendental importancia fue dicha decisión, pues revoluciona el sistema de responsabilidad criminal de sus oficiales de Estado. De conformidad con la decisión, en virtud de la teoría y principio de separación de poderes en la cual descansa su democracia, la naturaleza de los poderes presidenciales implica la absoluta inmunidad penal del presidente respecto del ejercicio de su autoridad constitucional, conclusiva y preclusiva, es decir que resulta del ejercicio de la esfera exclusiva de su autoridad constitucional. Además, sus atribuciones no deben ser limitadas por el Congreso ni pueden ser objeto de escrutinio por el Poder Judicial.

Según dicha decisión, el presidente -o expresidente-, por hechos que tuvieran lugar mientras se ocupó el cargo, también es sujeto de presunción de inmunidad penal respecto de sus actos denominados oficiales, aquellos en que el ejercicio de su autoridad deviene de un precepto legal o es compartido con el Congreso; pero no tendrá inmunidad por sus actos no oficiales. Para derribar la presunción de inmunidad sobre los actos oficiales, el gobierno deberá probar, en los tribunales, la naturaleza del acto y que la prohibición penal presuntamente vulnerada no provoca una intrusión en la autoridad y funcionamiento de la rama ejecutiva del Estado. Se establece, pues, un estándar sumamente amplio, más cuando, para dicha determinación y por otras disposiciones, no podrán ser utilizados testimonios y registros oficiales como evidencias.

La Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos determinó que de los hechos endilgados habría algunos que podían ser determinados como de la autoridad conclusiva y preclusiva de la Constitución por los cuales no podría ser juzgado un presidente o un expresidente, como es el caso. Sin embargo, indicó que habría algunos de mayor complejidad que debían ser determinados por los tribunales inferiores. Queda aún pendiente de juicio, el fondo de las imputaciones contra Trump.

Al margen de las discusiones sobre la composición ideológica de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, debemos reconocer la calidad intelectual y profesional que caracteriza a los jueces que la componen. Sin embargo, en esta ocasión, fue evidente la división marcada por las tendencias políticas que marcan este alto tribunal. La decisión fue rendida con tres votos disidentes – justo los jueces designados por presidentes del partido Demócrata-, un voto salvado (sobre el no uso de evidencia y registros oficiales en para la determinación de “actos oficiales” de una de las jueces designadas por presidentes del partido Republicano) y una mayoría de seis jueces – todos designados por presidentes del Partido Republicano.

Sentencia precedente de la Suprema Corte de los EE. UU. y sentencias del Estado de Colorado

A dicha sentencia le precede la de marzo de 2024 en que la misma Suprema Corte de los EE. UU., integrada por una supermayoría conservadora,  con tres jueces nombrados por el propio Trump, había dictaminado a unanimidad que los Estados no podían excluir a Trump de sus votaciones en virtud de la Sección 3 de la Decimocuarta Enmienda, que descalifica para ser elegibles como presidentes a las personas que “participaron en insurrección o rebelión” después de prestar juramento para cumplir con la Constitución y concluyó que sólo el Congreso tenía potestad para aplicar la Sección 3 a los candidatos a cargos federales.

Esto a propósito de numerosas demandas en las que se había argumentado que las acciones de Trump antes de y durante el 6 de enero de 2021, objeto de causas penales contra él, pero que no están relacionadas con este caso en el que fue condenado, cumplían este requisito. En diciembre de 2023, la Corte Suprema de Colorado, lo declaró inelegible para ocupar la presidencia de los EE. UU., y la secretaria de Estado de Maine hizo lo mismo.

Desestimación de cargos contra Trump en Miami

Finalmente, el 15 de julio de 2024, una jueza de distrito en Miami desestimó los siete cargos presentados por un fiscal especial, bajo el argumento de que el nombramiento del referido fiscal habría vulnerado la Constitución. Situación que también fuera resaltada por el magistrado Thomas en la sentencia del 1º. de julio rendida por la Suprema Corte de Justicia respecto del caso de las supuestas interferencias relacionadas con las elecciones de 2020.

Incidencia futura de las sentencias de la Suprema Corte de los EE. UU.

En ese contexto, es seguro que estos resultados tienen y tendrán incidencia en el futuro político de dicha nación. Lo peligroso del fallo es que la democracia americana se enfrenta a la posibilidad de recibir a un presidente envalentonado para incurrir en ilícitos penales bañados de impunidad disfrazados de actuaciones oficiales.

Lo cierto es que Trump ya es candidato presidencial por el partido Republicano. Por eso, con independencia de los procesos judiciales, por los tiempos en que son llevados a cabo los procesos judiciales, podrá participar de las elecciones entre tanto los tribunales resuelven y aplican los criterios planteados por la Suprema Corte de Justicia. En caso de que gane las elecciones, deberá ser considerado el proceso de impeachment o proceso para destitución para su sometimiento a la jurisdicción penal, previo al examen de admisibilidad de cara a la naturaleza de oficial o no oficial de las acciones o de ejercicio de una prerrogativa constitucional preclusiva y conclusiva.

Es un hito para un país con una fortaleza institucional presentada como ejemplo por muchos países en el mundo. Bajo el alegato de la protección de la separación de poderes, sacrifica, con la exclusión de una persona de su alcance, el interés general que representa la justicia penal. La realidad es que la exclusión de individuos (no cargos) del alcance de los dientes de la justicia penal es bien extraña. Tal vez para países como el nuestro, que vivieron el yugo de la dictadura y que su vida democrática no ha logrado superar aún males como la corrupción administrativa es casi inconcebible tal exclusión.

El caso dominicano

Nuestra Constitución resuelve el tópico de la inmunidad ante la justicia penal cuando dispone en su artículo 133 que “[s]in perjuicio de lo dispuesto en el artículo 80, numeral 1) de esta Constitución (referido a las atribuciones del Senado para conocer acusaciones de la Cámara de Diputados contra funcionarios públicos), el o la Presidente y el Vicepresidente de la República, electos o en funciones, no pueden ser privados de su libertad” (subrayado nuestro).

Con esto se zanja la posibilidad de que no sea sometido un expresidente por la comisión de un ilícito penal, independientemente del momento en que lo cometió. Así solo estaría provisto de una inmunidad a la privación de libertad mientras esté electo o esté efectivamente ocupando el cargo.

jpm-am

Trump: entre la cárcel y la Casa Blanca

POR JOSE VANTROY REYES

La controversia ha sido una constante en la vida del ex presidente Donald Trump desde sus inicios, dejó claro que necesitaba desesperadamente llamar la atención y con ella construir su imperio. Nunca dudó en jugar duro, golpeando a los demás jugadores, enfocándose en los resultados e ignorando los cuestionamientos éticos.

Trump entró en la política después de una turbulenta trayectoria en los negocios, donde adquirió fama y fortuna. Se convirtió en el 45° presidente de los Estados Unidos, y su mandato estuvo marcado por la controversia, comentarios inusuales y una tendencia muy marcada al bullying a sus adversarios. Acostumbrado a visitar las cortes en su vida empresarial, en el presente se enfrenta a resultados inesperados, siendo condenado por un jurado a 34 cargos criminales y pendiente de varios juicios penales.

Esto ha llevado al expresidente Trump, a sus 78 años, a postularse nuevamente a la presidencia de los Estados Unidos para regresar a la Casa Blanca, con el objetivo de evitar ir a la cárcel. Con la salida del presidente Biden de la contienda aumenta la presión sobre Trump, quien ve con preocupación la experiencia como fiscal de la nueva candidata. Kamala Harris expresó públicamente en su primer acto de campaña en Wilmington, Delaware, que tiene experiencia tratando con personajes como Trump, a lo que él respondió calificándola de peligrosa en un encuentro con sus seguidores en Charlotte, NC.

Entre todos sus juicios pendientes destaca el que determinará su responsabilidad en el asalto al Capitolio el 6 de enero de 2021. Ese día, Trump convocó a sus seguidores a pocos metros del Capitolio, casualmente el día de la transición de mando a un presidente electo en unas elecciones que él había cuestionado formalmente en corte. Con la multitud reunida, hizo gala de su teatral estilo para explicar que se le había cometido un fraude y pidió a la masa enfurecida que defendiera su victoria. Lo que luego hicieron sus seguidores es historia, y cada día salen a la luz detalles escalofriantes de lo sucedido.

Finalmente, a su avanzada edad, el expresidente, busca desesperadamente evitar la cárcel postulándose para un cargo que, de obtenerlo, lo llevaría a tomar juramento a pocos meses de cumplir 79 años, una edad en la cual la mayoría de sus contemporáneos rara vez salen de sus hogares para algo diferente que a una cita médica.

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Un iceberg en la Cordillera Central

Un iceberg en una montaña tropical, máxime en la Cordillera Central de República Dominicana, parece una de esas nuevas “realidades” en boga.

Cuentan que iceberg viene del neerlandés “ijsberg”, en alusión a “montaña de hielo”. Dicen que otras lenguas germánicas emplean palabras muy parecidas para referirse al mismo concepto: “eisberg”, en alemán; “iesbarg”, en bajo sajón, y en sueco, “isberg”.

El mundo hispanoparlante cuenta con “témpano”. Pero si lo pongo en el título es posible que genere mareos. Sigamos hablando de iceberg porque de verdad hay uno en la Cordillera Central.

Iniciemos por esa característica muy particular del iceberg: se ve como algo pequeño y hasta insignificante, y además suele tomar por sorpresa y hasta dejar muy duras enseñanzas (si es que sobreviven al impacto) a quienes se guían por las apariencias.

En la Cordillera Central, específicamente en la zona alta de la provincia Santiago Rodríguez, una realidad muy compleja está mostrando, como el iceberg, una parte que para muchos puede parecer pequeña y hasta insignificante. Y lo real es que puede generar impactos muy diversos y de impredecibles consecuencias.

Los serranos, como son llamados en Santiago Rodríguez, están en pie de lucha porque ahora resulta que los terrenos en donde han vivido desde mediados del siglo antepasado dizque están incluidos en títulos de gente muy ajena a esos lugares.

“Ni nos sacan ni nos vamos” es una de las consignas que están unificando a las personas de la zona. Un reciente encuentro en La Leonor sirvió como demostración de fuerza y respuesta a diversas versiones que circulan por doquier, luego de ver a personas desconocidas con equipos de medición. Pero ¿es solo un problema de la sierra de Santiago Rodríguez? ¡Claro que no! ¡Es como el iceberg! Es una situación de la que solo se está viendo “una puntita”.

Historia

Revisemos un poco. En junio de 2011, mediante decreto, se crea el Parque Nacional Manolo Tavárez. Entre las motivaciones destaca “preservar los nacimientos de los ríos, y con ello los ecosistemas más valiosos y la biodiversidad del país”. Siete años después, también por sorpresa, se declara inconstitucional el decreto número 371-11, quitando la condición de parque nacional a esa parte de la Cordillera Central. Así lo expresa la sentencia 0905/18, del Tribunal Constitucional.

Se argumentó que el decreto era irrazonable porque “afectó una extensión superficial de 351.87 kilómetros cuadrados, sin considerar las 40 comunidades y centenares de familias que habitan allí desde tiempos inmemoriales, como propietarios, ocupantes o simples poseedores, y colocándolas en situación de vulnerabilidad e incertidumbre”.

Desde ese tiempo, en la zona hay una especie de limbo que es aprovechado para actuar desde la sombra. Y ahora se suma el tema de la titularidad. Hasta ahora da la impresión de que solo afecta a quienes viven allí. Pero si buscamos un poco caeremos en la cuenta de que esa es solo “la punta del iceberg”.

Los pobladores de la sierra han vivido de sorpresa en sorpresa y recibiendo resultados de decisiones para las que nunca se les ha consultado. Hace dos años que existe la Ley núm. 368-22 de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos. ¿Por qué no se aplica? ¿A quién le beneficia que la zona siga caracterizada por el desorden?

¿Qué pasará con el Acueducto del Noroeste y la Presa de Monción, si el desorden sigue? Si de verdad se quiere impulsar el ecoturismo, ¿por qué no tomar en cuenta referentes como el Parque Nacional Tortuguero, en Costa Rica? (Place, 1991). ¿Por qué no aprender y adaptar la experiencia de la Reserva de la Biosfera Maya, en Guatemala? ¿Qué o quién impide aplicar un marco regulatorio robusto que incluya planificación participativa, educación ambiental y supervisión continua? (Weaver y Lawton 2007).

Preguntas

¿Tiene todo esto relación con la salida de serranos hacia Esperanza, Santiago y otros destinos, y la ocupación de la zona por migrantes ilegales? ¿Tendrán algo que ver las difundidas pretensiones de explotación minera? Y si el deterioro de la Cordillera Central termina con la vida del río Artibonito, ¿ocurriría igual que la litis por el canal del Masacre? ¿Cómo afectará el desorden la vida en la isla cuando RD cumpla 200 años? ¡Faltan menos de 20!

Ante el iceberg que tenemos en la Cordillera Central quedan dos vías: seguir “haciéndonos los locos” o tomar medidas.

nestorestevez@gmail.com

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Steffany Constanza presenta su sencillo «Nunca voy a olvidarte»

SANTO DOMINGO.- La cantante de merengue Steffany Constanza vuelve a sorprendernos con su más reciente lanzamiento musical  «Nunca voy a olvidarte».

Este nuevo sencillo cuenta con la producción del exitoso pianista Henry Jiménez, quien ha elogiado el compromiso y la evolución de la artista. 

«En la canción ‘Nunca voy a olvidarte’, podemos escuchar la madurez de Steffany Constanza, una joven que ha ido perfeccionando su poder interpretativo con el tiempo. Ahora, la encuentro mucho más definida y comprometida en ser una de las voces jóvenes que defiende nuestro ritmo, el merengue. Como productor musical, me da mucho gusto ver el amor que ella le tiene a nuestro género», dijo Jiménez, arreglista y productor musical de este nuevo trabajo.

 Constanza, conocida como el nuevo corazón del merengue, continúa enfocada en revitalizar y mantener viva esta música tan emblemática de la cultura latina.

La talentosa trigueña viene de colocar en los primeros lugares de popularidad dos merengues y una bachata producida por el también experimentado y ganador de premios Soberano y Grammy Latino, Moisés Sánchez. «Hola mi amor» y «Qué necesidad» son ofertas musicales de un alto nivel de evolución tropical y caribeña para una privilegiada voz como la de Steffany Constanza, expresó el reconocido arreglista y músico que viene desde hace un tiempo apoyando la carrera de la novel estrella dominicana. 

Sin duda, la pasión de Steffany Constanza por el género se refleja claramente en cada nota de «Nunca voy a olvidarte», una canción que promete conquistar corazones y reafirmar su popularidad en la industria musical.

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Corrupción administrativa cero 

Si la Cámara de Cuentas, Contraloría General de la República y Dirección general de Compras y Contrataciones usaran cadena de bloques, que es un libro de contabilidad digital compuesto por registros llamados bloques, donde cada bloque tiene información sobre una transacción y tiene una marca de tiempo que no puede ser modificada, la corrupción administrativa bajara en grandes proporciones.

Se podrían detectar las mafias que operan en la administración pública y las compras de tones de las computadoras, cintas de maquinillas, compra de gasolina, de los alquileres de vehículos,  contratos por más de 6 meses, bonos, regalos, rotura de calles para reparación supuestas de tuberías de agua, golosinas diversas y comidas de los funcionarios y empleados públicos, y la actualización del domicilio en su documento de identidad del empleado o funcionario, se podrían corregir.

Así se comprobaría el perjuicio patrimonial y se identificarían los responsables, sin que sea  necesario esperar la finalización del examen de peritos y auditores y se procuraría la restitución de los bienes o valores, ordenando a la autoridad superior de la entidad flagelada, adoptar las acciones que correspondan para la recuperación del escape económico.

Si en el plazo de treinta días posteriores a la notificación formal del hecho el funcionario cuestionado no procede a dar cumplimiento a las disposiciones emitidas, la Cámara de Cuentas procederá a someter el hecho a la acción de la justicia, mediante resolución aprobada por el pleno, de acuerdo con lo que disponga el reglamento elaborado por dicha institución, por lo que el Ministerio Publico se evitaría, tener que buscar más pruebas.

La corrupción de la administración pública,  se puede detectar a través de diferentes métodos. Como son las auditorías internas y externas, denuncias de la ciudadanía, periodistas y políticos de oposición.

También por medio de la tecnología moderna, incluyendo la tecnología de cadena de bloques, las aplicaciones de teléfonos inteligentes y otras plataformas web de datos abiertos. Con la cadena de bloques, la información se almacena de forma descentralizada y los auditores no tienen que pasar tanto tiempo confirmando los registros externamente.

En la República Dominicana la Cámara de Cuentas es competente para establecer las responsabilidades de carácter administrativo y civil, así como para señalar los hechos que constituyan indicios de responsabilidad penal.

La Camara de cuentas cuando recibe las denuncias está obligada a designar un auditor externo y se le asigna a la institución gubernamental denunciada, por lo que la entidad fiscalizadora superior o la oficina nacional de auditoría, deben rendir un informe de contabilidad.

Dichos órganos especializados desempeñan un papel importante en el control del gasto público y la rendición de cuentas en el sector público.

Las conclusiones contenidas en las resoluciones emitidas en base a los informes de auditoría, estudios e investigaciones especiales de la Cámara de Cuentas, quedan constituidas en títulos ejecutorios y como tales servirán de fundamento para que las autoridades competentes, mediante el procedimiento de apremio establecido en el Código Tributario, ejerzan las acciones conducentes a recuperar los valores y efectos que correspondan al Estado Dominicano y sus instituciones, cuyo patrimonio fuera disminuido por los hechos ilícitos que dieron origen al daño causado, sin perjuicio de las indemnizaciones que sean acordadas por los órganos jurisdiccionales competentes.

Los servidores públicos cuya responsabilidad quedare comprometida en cualquiera de los rangos previstos por los Artículos 47, 48 y 49 de la Ley 10-04 que crea la Camara de Cuentas , responderán por el perjuicio causado por su acción u omisión, con sus bienes personales mobiliarios o inmobiliarios, títulos, valores, acciones y otros instrumentos, en cualesquiera manos que se encontraren.

Como consecuencia de lo anterior, los referidos bienes serán transferidos a nombre del Estado Dominicano o de la institución de que se trate, con la sola presentación de la resolución que intervenga o de la sentencia que sea dictada, según sea el caso.

jaime668fernandez@gmail.com 

jpm-am