Historiador ofrecerá conferencia sobre Cambios Culturales durante ocupación de EE. UU.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Centro Cultural presentará este miércoles la conferencia “Cambios culturales durante la ocupación norteamericana de 1916”, dictada por el historiador dominicano Alejandro Paulino.

La charla iniciará a las 7:00 de la noche y la entrada es abierta al público. El expositor planteará los cambios que vive la sociedad dominicana a partir de 1916, en el sistema educativo, la estructura político-administrativa del Estado, y las costumbres y prácticas culturales de antaño.

El Centro está ubicado en la calle Isabel la Católica 202, en la Ciudad Colonial y cuenta con un amplio parqueo para sus visitantes.

Alejandro Paulino ha sido profesor en las cátedras de Historia dominicana e Historia universal. Durante treinta años estuvo encargado de la Sala Dominicana de la Biblioteca Central de la UASD y, hasta mayo del 2016, se desempeñó como subdirector del Archivo General de la Nación.

En la actualidad, Paulino es miembro correspondiente de la Academia Dominicana de la Historia y autor de varios libros, entre los que se destacan:  Las ideas marxistas en la República Dominicana (1985), Vida y obra de Ercilia Pepín (1987), Historia de la primera biblioteca universitaria de Santo Domingo (1998), Diccionario del folklore y la cultura dominicana (2006),  Censos municipales del siglo XIX y otras estadísticas de población (2008), El Paladión: de la ocupación militar norteamericana a la dictadura de Trujillo (2010) y Mauricio Báez (2012).

Constitucionalización y anatomía del control de convencionalidad

 

 

El control de convencionalidad es un mecanismo llevado a cabo por la jurisdicción interna difusa y concentrada para verificar que los actos emanados de las autoridades dominicanas se ajuntan al ius cogens de los instrumentos internacionales. Para mejor comprensión de esta figura dividiremos nuestro artículo en la: 1.- constitucionalización del control de convencionalidad en nuestro país; y, 2.- anatomía del control de convencionalidad.

 

La constitucionalización del control de convencionalidad inicia en el artículo 26, numerales 1 y 2, de la Ley Sustantiva cuando establece que la República Dominicana «es un Estado miembro de la comunidad internacional (…) apegado a las normas del derecho internacional», por lo que «reconoce y aplica las normas del derecho internacional» siempre y cuando «sus poderes públicos las hayan adoptado». En son consecuencia, regirán en nuestro sistema jurídico «una vez publicados de manera oficial».

 

Entonces, el procedimiento constitucionalmente establecido para que un tratado internacional forme parte del sistema jurídico dominicano inicia cuando la o el Presidente de la República, que dirige la política exterior, en su condición de Jefe de Estado, celebra y firma el convenio internacional (Ver art. 127.1.d CD). Luego, el Presidente de la República someterá el tratado internacional suscrito al Tribunal Constitucional para que practique sobre la norma internacional el control preventivo de constitucionalidad antes de su ratificación por el órgano legislativo, decidiendo sobre la constitucionalidad o no del tratado internacional (Ver art. 55  y 56 LOTCPC y art. 185.2 CD).

 

El Congreso Nacional, entre sus atribuciones en materia legislativa, realiza un control político paraaprobar o desaprobar el convenio internacional que suscriba el Poder Ejecutivo y declarado conforme a la Constitución por el Tribunal Constitucional (Ver art. 93.1.L. CD). Solo con la suscripción y aprobación del Congreso Nacional, tendrá validez y obligará a la República Dominicana. En ese momento, la Constitución dominicana afirma que sólo «los tratados relativos a derechos humanos (…) tienen jerarquía constitucional y son aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado» (Ver art. 74.3 CD).

 

La ley orgánica núm. 137-11, que crea el Tribunal Constitucional y los procedimientos constitucionales ha establecido mediante considerando décimotercero que dentro los procedimientos constitucionales a ser regulados en el control concentrado constitucional se encuentra: 1.- el control preventivo de los tratados internacionales; y, 2.- regular la ejecución de las sentencias de la Corte Interamericana de Derecho Humanos. La ley orgánica del Tribunal Constitucional tiene por finalidad regular el ejercicio de la justicia constitucional para garantizar: 1.- la supremacía y defensa de las normas y principios constitucionales; y, 2.- del Derecho Internacional a condición de que esté vigente en la República (Ver art. 2 LOTCPC).

 

El artículo 3 relativo al fundamento normativo del alto órgano jurisdiccional establece que el Tribunal Constitucional «sólo se encuentra sometido a la Constitución, a las normas que integran el bloque de constitucionalidad, a esta Ley Orgánica [137-11] y a sus reglamentos». Basados en ellas, podrán ser valorada la conformidad con la Constitución de una norma, acto u omisión cuestionada con infracciones constitucionales por medio del control de constitucionalidad, cuando los mismos tengan como consecuencia restar efectividad a los principios y mandatos contenidos en la Ley Sustantiva y en los tratados internacionales sobre derechos humanos suscritos y adoptados por los poderes públicos (Ver art. 6 LOTCPC).

 

En otras palabras, los tratados internacionales sobre derechos humanos integran el bloque de constitucionalidad y sirven de parámetro al control de la constitucionalidad (Ver art. 7.10 LOTCPC), en consecuencia «las interpretaciones que adoptan o hagan los tribunales internacionales en materia de derechos humanos, [también] constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado» igual que las sentencias del Tribunal Constitucional (Ver art. 7.13 LOTCPC).

 

Anatomía del control de convencionalidad. Esta doctrina comenzó en los votos particulares de los magistrados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: 1.- Caso Tibi vs. Ecuador, Fondo, Reparaciones y Costas, Sentencia del 7 de diciembre de 2004; y, 2.- Caso Myrna Mack Chang vs Guatemala, Fondo Reparaciones y Costas, Sentencia del 25 de noviembre de 2003. El desarrollo sucesivo de este concepto se oficializó  en el cuerpo de las sentencias de la Corte Interamericana, por primera vez en el año de 2006, en un caso resuelto en contra de Chile en el que se determinó que:

 

                    «[A]nte las obligaciones internacionales derivadas de la ratificación de un tratado internacional como la                                  Convención Interamericana, los Estados, al estar sometidos a ella, debían velar porque los efectos de las                                  disposiciones de la Convención no se vean mermadas por la aplicación de leyes contrarias a su objeto y fin, y                          que desde un inicio carecen de efectos jurídicos. En otras palabras, el Poder Judicial debe ejercer una especie de                         “control de convencionalidad” entre las normas jurídicas internas que aplican en los casos concretos y la                                 Convención Americana sobre Derechos Humanos».

 

En el mismo sentido, se pronunció posteriormente la Corte Interamericana en el caso Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 24 de noviembre de 2006, donde en su párrafo 128 reiteró la obligación del control de convencionalidad que debía realizarse «ex officio entre las normas internas y la Convención Americana…«,es decir que no debe ser una atribución que debe exigir el actor del caso en concreto para que lo realice el juzgador, sino que los jueces del poder judicial deben llevarlo a cabo por sí mismos.

 

En materia de control de convencionalidad existen dos elementos que aunque se conectan en cuanto al contenido y procedimiento del control, son diferentes en cuanto a los órganos que los ejecutan. Así, el control de convencionalidad tiene dos modalidades: 1.- El control concentrado de convencionalidad, realizado únicamente la Corte Interamericana; y, 2.- El control difuso de convencionalidad, ejecutado por los Estados, en el ámbito de sus competencias a través de todas sus autoridades.

 

La Corte Interamericana realiza el control concentrado de convencionalidad cuando verifica de forma subsidiaria que las disposiciones internas, las conductas y los actos de los Estados parte de la Convención Americana sean acordes y no violenten su contenido. Al realizar esta revisión, la Corte Interamericana puede declarar que el acto es contrario a la convención y solicitar al Estado que lo modifique o lo repare. La responsabilidad completa recae sobre el país en cuestión, no es solamente del órgano directamente responsable.

 

Sobre el control difuso de convencionalidad, la sentencia TC/190/13 del Tribunal Constitucional dominicano desarrolló como cierta esta figura al considerar que el máximo intérprete de la Ley Sustantiva «le asiste el deber  de  ejercer en adecuado control de convencionalidad,  de conformidad con los Arts. 3 y 7 de la Ley núm.  137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y  de  los Procedimientos Constitucionales, por lo que deben ser observadas  también a las disposiciones del artículo 16.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos«. Control de convencionalidad es sinónimo de control constitucional que ejercen los jueces constitucionales locales cuando examinan una norma desde la perspectiva de su conformidad o incompatibilidad con la Ley Fundamental.

 

Como la justicia constitucional dominicana es difusa y concentrada, y las «decisiones [del Tribunal Constitucional] son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para todos los poderes públicos y todos los órganos del Estado» (Ver art. 184, in fine, CD), el precedente de la sentencia TC/190/13, en virtud del principio rector de vinculatoriedad, también se extiende como un deber de obligatorio cumplimiento para los jueces ordinarios que integran el Poder Judicial: aplicar el control de convencionalidad (difuso) en los casos concretos sometidos a su jurisdicción.

 

Los Estados, en el ámbito de sus competencias y dentro de los procedimientos que las leyes les establecen, deben realizar el control difuso de la convencionalidad. En estos casos, los jueces nacionales deben hacer la misma revisión que haría la Corte Interamericana, sobre la legislación que aplican o las conductas que realizan los distintos órganos del Estado para asegurarse que estos no vulneren a la Convención Americana, fungiendo como una especie de jueces interamericanos de protección de derechos pero a nivel local.

 

Hay dos maneras en las que se puede realizar el control de convencionalidad, tanto el concentrado como el difuso, mediante el: 1.- control “concreto” de convencionalidad; y, 2.- control “abstracto de convencionalidad. El control “concreto” es el realizado sobre normas que han sido aplicadas a casos particulares y en los que se considera existe una violación de derechos por la aplicación de la norma; y, el control “abstracto”, es el que se ejecuta sobre normas que aún no han sido aplicadas a un caso concreto, pero que se considera violan derechos por su simple existencia. Si esperáramos a que se lesionaran los derechos, el deber de prevención se estaría transgrediendo.

 

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JPM

 

Biografía de Luis Elpidio Pérez

 

 

 Luis Elpidio Pérez Escanio nació en la provincia de Azua el día 15 de febrero de 1931. Hijo de doña Celestina Pérez y Florentino Escanio, ambos oriundos de Azua.  Desde su precaria niñez Luis Elpidio Pérez se orientó hacia la música, logrando desde su juventud hacer estudios de instrumentos musicales, arreglo, composición y letras para música.

Estudió con los maestros Manuel Rueda y Manuel Simó técnicas musicales, de composición y lectura musical, convirtiéndose en maestro de música en el Instituto de Menores (Reformatorio) de San Cristóbal, e integrante de la Banda Municipal de música de dicho pueblo.

Luis Elpidio Pérez Escanio casó con doña Ana Gloria Nina Lara a quien conoció en San Cristóbal y con quien procreó cuatro hijos Odalís Guillermo Pérez Nina, Cecilia Angélica del Carmen Pérez Nina, Gloria Luisa Pérez Nina y Luis Abraham Pérez Nina.

Toda la vida adulta de Luis Elpidio Pérez ha transcurrido en San Cristóbal hasta el presente, donde se dedicó a la docencia musical en el Reformatorio y a su profesión de músico, siendo integrante de la conocida orquesta Angelita.

Luis Elpidio Pérez se integró a las filas del Ejército Nacional en 1949, a la edad de diecisiete años, en su condición de soldado y músico de la Banda Musical del Ejército Nacional, donde permaneció hasta 1957 pidiendo su baja en dicho año y luego pasó a formar parte del cuerpo docente del Instituto de Menores de San Cristóbal.

Allí compartió con José Francisco Peña Gómez, Rafaelito Boissard, Nelson de la Cruz, Antonio Luna, y algunos padres capuchinos una amistad y una orientación educativa y, de manera estratégica ,su rechazo al régimen de Trujillo.  Con el asesinato y caída del régimen de Trujillo se integra a la lucha política en San Cristóbal, siendo uno de los fundadores del PRD (Partido Revolucionario Dominicano), en la ciudad,  junto con José Francisco Peña Gómez, Luis Arzeno  (Luichy), Luis Paulino, José Luis Rone Puello, Heriberto Sierra, Roberto Fourment, El Chino Rivas, trabajando por la democratización del país.

 

Con el triunfo del PRD y del presidente Juan Bosch en 1962, Luis Elpidio Pérez fue designado gobernador provincial de San Cristóbal en el primer gobierno democrático de la República Dominicana hasta el golpe de Estado del 25 de noviembre de 1963 que derrocó al presidente elegido por votación popular mayoritaria.

Perseguido y encarcelado por el ominoso Triunvirato fue deportado en 1963, condenado a un forzoso exilio hasta regresar en 1964, por intervenciones ante el presidente Donald Reid Cabral.

Cuando en 1965 se produce el derrocamiento del Triunvirato y surge el movimiento de rebelión política llamado guerra de abril, Revolución de abril o levantamiento de abril, Luis Elpidio Pérez se convierte en combatiente del Comando Elías Bisonó, tal y como se notifica en el libro Comandos de Abril del periodista y comunicador Bonaparte Gautreaux Piñeyro.  Luis Elpidio Pérez es nombrado de nuevo en el gobierno (¿efímero?) del Coronel Francisco Alberto Caamaño Deñó en 1965, en plena revolución de abril.

Ocupado  el país por las fuerzas interventora, por segunda vez, Luis Elpidio Pérez junto a Braulio Torres, Salvador Batista, Pablo Germosén, Rafael Gil, Rafael Boissard, Leandro Antonio Lazala, Albérico Rodríguez, forman un activismo revolucionario y constitucionalista, defendiendo la soberanía nacional y luchando por la reposición del gobierno del profesor Juan Bosch y la Constitución de 1963.

Luego de los acuerdos que se produjeron para el cese de la guerra de abril y sus comandos, Luis Elpidio Pérez regresa a San Cristóbal, convirtiéndose  su casa en un espacio de reflexión política resistente, donde amigos como los fallecidos Domingo Figueroa, José Luis Rone Puello, Bebé Velázquez, Salvador Batista, Juan Nina, Rafaelito Boissard, Isidro Rivas, Cecilia Rivas, Feliciano del Rosario, Angelita Suazo y otros  casi complotaban con el régimen pro-imperialista del Presiden Héctor García Godoy.

En las elecciones de 1966 Luis Elpidio Pérez fue el candidato a senador por el PRD en la Provincia San Cristóbal, mediante un trabajo que fue saboteado de manera fraudulenta por la oligarquía, la burguesía, la iglesia dominicana y las fuerzas militares del país, entregándole el triunfo al Partido Reformista (PR) y a su candidato Joaquín Balaguer.

La otra historia dominicana y los cambios que le sobrevinieron al país constituyen un marco, un camino donde este ciudadano dominicano asumió diversos oficios y trabajos en pos de la subsistencia,  pero nunca se ha desligándose de su comunidad ni de sus movimientos político-sociales.

 

A la edad de 85 años Luis Elpidio Pérez pertenece por principio al grupo Amigos para siempre y permanece en su hogar junto a los suyos mirando el presente con ojos de futuro.

El escritor Cándido Gerón en su Diccionario de Políticos Dominicanos presenta en la letra P, la biografía de Luis Elpidio Pérez, al igual que el escritor Juan B. Nina en su libro Personajes de San Cristóbal.

JPM

SANTIAGO: Dictan 20 años de prisión a hombre por homicidio

SANTIAGO.- Fue dictada una sentencia de 20 años de prisión a solicitud del Ministerio Público en contra de un hombre que fue declarado culpable de haberle provocado la muerte a otro tras propinarle un disparo de arma de fuego.

 

El Segundo Tribunal Colegiado de Santiago dictó la sentencia en contra de José Aníbal Suero Perdomo (Ché) por la muerte de Ernesto Andrés Lantigua Sosa.

 

El expediente expresa que Suero Perdomo cometió el crimen junto a varios hombres que se encuentran prófugos. El hecho ocurrió en fecha 24 de octubre del año 2010, cuando la víctima fue interceptada por los hombres en momentos en que caminaba por la calle 30 Caballeros, del sector Cienfuegos.

 

Indica que Lantigua Sosa tuvo problemas con los agresores por lo  que salió huyendo del lugar y fue perseguido por éstos, quienes tras alcanzarlo lo golpearon en diferentes partes del cuerpo hasta tirarlo al suelo, siendo en esa circunstancia que Suero Perdomo le lanzó el disparo mortal.

 

El tribunal dispuso que la sentencia sea cumplida en un centro penitenciario de esta demarcación. 

of-am

MIAMI: Acroarte realiza primer taller para miembros

MIAMI, Florida.- La Asociación de Cronistas de Arte (Acroarte) realizó el sábado pasado el primer seminario taller educativo para sus miembros de la ciudad de Miami, Estados Unidos, en colaboración con las filiales de la entidad y del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) en la Florida.

Napoleón Beras Prats
Napoleón Beras Prats

El expositor de la jornada de capacitación dirigida a los miembros de esa filial y personas interesadas fue el locutor y periodista Napoleón Beras Prats, quien disertó durante dos horas y media ante un público entusiasta y ávido que hizo interesantes preguntas del tema «improvisación, oratoria y maestría de ceremonias».

La actividad que forma estuvo encabezada por el presidente de Acroarte, Jorge Ramos C. y el presidente de la filial de la Florida, Juan G. Romero, fue realizada en el salón multiusos del Sistema Universitario Ana G. Méndez, de Miramar, con una buena presencia de espectadores.

Precisamente, Beras Prats fue quien fundó en 1998 la filial de Acroarte en la Florida, acompañado del actual presidente Jorge Ramos C., quien a la sazón era el secretario de finanzas de la institución que desde 1985 entrega los Premios Soberano.

wj/am

 

Los hispanos son segundos en muerte por heroína en NY

NUEVA YORK.- Los hispanos son el segundo grupo más afectados por sobredosis de heroínas en la Gran Manzana, después de los blancos, según datos del Departamento de Salud de Nueva York (DOHMH).

 

Durante el año 2015, unos 196 latinos murieron involuntariamente por sobredosis, un aumento del 51% comparado con el 2014, mientras que los blancos sumaron 252 muertes y los negros 89, durante el mismo año.

 

Las muertes por sobredosis con heroína en toda la ciudad aumentaron por quinto año consecutivo, estableciéndose un aumento del 158% entre 2010 y 2015.

 

En El Bronx es donde mayor cantidad de muertes se han registrado, 146, seguido de Brooklyn con 136, Queens con 83, Manhattan con 78, y finalmente Staten Island  con 38.

 

“Estos nuevos datos confirman que la adicción es un problema cada vez mayor y es la razón por la que el Departamento de Salud ha adoptado un enfoque integral para prevenir las muertes por sobredosis en la Metrópoli», dijo la comisionada de Salud, Mary T. Bassett, al periódico El Diario.

 

“Estamos especialmente preocupados por las muertes por sobredosis en El Bronx y vamos a intensificar nuestros esfuerzos para ampliar el acceso a medicamentos que pueden salvar vidas en la ciudad, tales como la naloxona”, agregó.

 

En abril pasado, el alcalde Bill de Blasio anunció nuevas iniciativas que incluyen la inversión de $25 millones para financiar 10 programas críticos que aumentan los esfuerzos de educación y entrenamiento así como ampliar la vigilancia.

 

Según se informó, las autoridades están intentando que la medicina naloxona, que sirve de antídoto para revertir los efectos de una sobredosis con heroína,  esté disponible sin prescripción médica en más de 700 farmacias en la ciudad.

 

De acuerdo a las estadísticas del DOHMH, los neoyorquinos de 45 a 54 presentaron la mayor tasa de muerte por sobredosis con heroína en 2015, sin embargo se registró un rápido aumento entre los de 15 a 34 años, con una subida en la tasa de 248%.

wj/am

 

En total, en toda la ciudad se registraron 937 muertes por sobredosis de drogas en 2015, incluyendo el abuso del medicamento Fentanyl, que se utiliza como parte de la anestesia para ayudar a prevenir el dolor tras una cirugía, el cual es extremadamente adictivo.

OPINION: Expulsar a Morrobel, una aventura infeliz

Los “aliados” de los partidos políticos deben mantenerse siempre al margen de las luchas internas de dichos partidos. En buen cristiano, esto significa que si yo apoyo al PLD como aliado, no tengo derecho ni debo inmiscuirme en sus problemas internos; yo no soy “leonelista” en contra de Danilo o “danilista” en contra de Leonel. Yo solo soy “aliado” del PLD, y punto. Eso es lo que manda la ética.

 

Pero me voy a tomar una licencia y presentaré mi punto de vista sobre un asunto propio del PLD. Lo voy a hacer porque considero que esto, en vez de dañar, puede contribuir al fortalecimiento de la formidable maquinaria política que es el partido de la estrella amarilla.

 

Nunca he tenido arreglos políticos o personales con Gregorio Morrobel. A lo más que hemos llegado es a intercambiar opiniones, una que otra vez, y siempre de manera pública. Se puede decir que prácticamente, no nos conocemos. Ahora, yo sí conozco de las actividades políticas de Morrobel. Y entiendo que mientras fue Encargado de Asuntos Electorales del PLD, el partido tuvo un roll más que honroso en Nueva York.

 

Por eso me sorprende de la noticia que da cuenta del rechazo que la dirección del PLD -no se en que instancia- dio a la propuesta de expulsarlo de manera formal. Me sorprendo porque no entiendo cómo puede haberse generado tal desconcierto dentro de la dirección local y llegar a proponer un desaguisado de esa magnitud. Porque el hecho en sí acusa un gran desconocimiento de la situación actual de la comunidad dominicana residente en USA.

 

Según pude saber -siempre de manera extraoficial- a Morrobel se le acusa de “trabajar para el triunfo de candidatos que no son del PLD”. Supongo que se referirán a los diputados del Exterior, porque si hay alguien a quien siempre vimos en los medios defendiendo la candidatura de Medina, fue a Gregorio Morrobel.

 

Yo mismo, que aposté a Danilo a través del grupo semi-externo Gran Alianza Nacional (GANA), nunca creí que mi trabajo debió dirigirse a las candidaturas congresuales, simplemente porque ese no era el acuerdo concebido originalmente. Mi compromiso era que Danilo ganara con el mayor % posible en Nueva York. Pero fallamos, sin embargo se lograron 2 diputados con la alianza, en lugar de uno, como la vez anterior.

 

Esta realidad no me autoriza a buscar un chivo expiatorio para explicar por qué Danilo no sacó más votos, a pesar de ser el presidente-candidato con menor tasa de rechazo y mayor simpatía popular. Más bien me mueve a un acto de contrición política; porque todos fuimos advertidos de la situación electoral, por un comunicado que firmara en su momento el Frente de Taxista del PLD en Nueva York, donde se explicaba al dedillo la situación electoral del partido.

 

Pero hay algo de mayor significación e implicación aun, y es el hecho de que la dirección del PLD, a pesar de que era el partido soporte de la gran alianza, prefirió colocar en el primer puesto de la lista de diputados del Exterior, al reconocido congresista Rubén Luna -sin dudas el más trabajador de los tres en la circunscripción #1- en lugar del dirigente peledeísta y también diputado Alfredo Rodríguez, que hizo buen trabajo legislativo.

 

Si interpretamos correctamente el meta-mensaje, hay que colegir que la dirección del PLD prefería al aliado Luna del PRD, por sobre el dirigente Rodríguez del PLD. Es más, si tan solo lográbamos un diputado -como pudo suceder- este sería del PRD y no del PLD. Ante ese hecho, no se puede acusar a Morrobel de conspirar contra las candidaturas del partido al Congreso Nacional, si es el propio partido que las margina, poniéndolas en segundo y tercer lugar, en la lista cerrada de los diputados del Exterior.

 

Es una verdad que nadie puede esconder. Por motivos que desconozco, la alta dirección del partido se sentía más cómodo con Rubén Luna que con Alfredo Rodríguez y apostaron a él. ¿Cómo pueden ahora penalizar a Morrobel?, por una falta que no es suya, digo, si es que es una falta y no un plan previamente concebido. Supongo que el PLD tiene sus razones para ese comportamiento, y no espero que me lo expliquen, esos son asuntos internos.

 

Pero por demás, a Morrobel nunca se le vio en actividades de candidato alguno fuera de los de su partido, el PLD. Donde sí se distinguió él, fue manteniendo una propaganda permanente en los medios -inclusive por encima de la de su propio partido- en favor de la candidatura de Danilo Medina.

 

Pienso que es una mezquindad que raya en la vileza, pretender buscar la “derrota” en el accionar de un dirigente que solo ha aportado trabajos al PLD. Si quieren analizar los resultados del 15 de mayo en Nueva York, repito, denle una miradita a la carta que el Frente de Taxistas del PLD dirigió a la dirección local del partido, donde Ernesto Méndez y David Polanco, presidente y secretario general de dicho organismo, analizan pormenorizadamente la situación del partido en NYC y sus posibilidades.

 

Por suerte, se impuso la sensatez y esa gran injusticia no se materializó. Porque si hay algún político que la comunidad dominicana -no “diáspora” como falsamente sostienen algunos- identifica y reconoce como dirigente natural del Partido de la Liberación Dominicana, se llama Gregorio Morrobel.

 

Probablemente el ex Encargado de Asuntos Electorales del PLD me desautorice a publicar estos párrafos, para evitar mayores confusiones; pero debe saber él, que el espíritu de la democracia es discutir las contradicciones para que la verdad brote, como pregonaba don Juan. En adición a esto, todo el mundo sabe que siempre digo lo que pienso y respeto los acuerdos con los aliados, aunque ellos nunca lo han reciprocado.

 

¡Vivimos, seguiremos disparando!

wj/am

BRITCHAM analiza futuro de relación entre RD y Reino Unido

SANTO DOMINGO.- La Cámara Británica de Comercio de la República Dominicana (BRITCHAM) analizó las potenciales implicaciones que la salida del Reino Unido de la Unión Europea tendrá en la política, comercio e inversión bilateral entre ambas naciones en el foro empresarial “Un nuevo capítulo en la historia: Relación entre República Dominicana y Reino Unido tras el Brexit” .

De acuerdo a la Directora Ejecutiva de la BRITCHAM, Francesca Ortiz, estas iniciativas son una plataforma para promover, facilitar e incrementar el intercambio bilateral entre ambas naciones al fomentar espacios de diálogos que permiten conocer a fondo las implicaciones diplomáticas, legales y económicas de la decisión tomada por el Reino Unido.

La actividad, que contó con la participación de Chris Campbell, Embajador del Reino Unido en el país; César Dargam, Viceministro de Relaciones Exteriores; y, Jean Alain Rodríguez, Director del CEI-RD; así como economistas y analistas expertos, permitió discutir los retos y oportunidades a futuro que tendrá para el país la decisión del pueblo británico.

“A pesar de que los mercados financieros se han recuperado luego del Brexit, esto no significa que la incertidumbre se ha desvanecido. Todavía quedan muchas preguntas sin responder, y con este seminario buscamos aclarar muchas de las preocupaciones externadas”, expresó José A. Rodríguez, Presidente de la BRITCHAM.

Al hacer uso de la palabra, Campbell expuso que no visualiza impactos inmediatos para la economía dominicana tras el Brexit.

“El salir de la Unión Europea nos ofrece ahora la oportunidad de forjar un nuevo papel para nosotros mismos en el mundo: para negociar nuestros propios acuerdos comerciales y ser una fuerza positiva y de gran alcance para el libre comercio. A través del mundo, vamos a aumentar nuestro comercio: la promoción del Reino Unido como un lugar para hacer negocios y el comercio”, expuso.

De su lado, Dargam comentó que el Gobierno Dominicano respeta la decisión soberana que ha tomado el Reino Unido, y desde ya ha tenido conversaciones preliminares para discutir los términos de los futuros acuerdos comerciales a desarrollarse. “La República Dominicana buscaría replicar los términos actuales del acuerdo de la EPA”, comentó.

Rodríguez, por su parte, destacó la labor de preparación que esa institución, junto a otros organismos estatales, ha estado desarrollando como apoyo a las relaciones comerciales bilaterales.

“Estamos preparados aún para el peor escenario. Por eso estamos evaluando potenciales nuevos mercados y apoyando al sector privado en la búsqueda de mercados sustitutos. Esta es la primera de varias medidas preventivas adoptadas por el Gobierno, a través del CEI-RD, para evitar que el llamado “Brexit” (salida de Reino Unido de la UE) afecte la economía dominicana”, declaró.

wj/am

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Inician las pruebas de las pantallas LCD en el metro de NY

 

NUEVA YORK.- El pasado lunes iniciaron las pruebas de las nuevas pantallas LCD en algunas estaciones de las líneas N, Q, y R como parte de un proyecto piloto de 90 días, así lo informó la Autoridad Metropolitana de Transporte (MTA).

La iniciativa busca que los dispositivos faciliten a los usuarios la planificación del tiempo de sus viajes. Por el momento la MTA instalará las pantallas en 269 estaciones en dichas líneas y en 131 autobuses.

Dichas pruebas se llevan a cabo en las plataformas de las calles 23, 28, 34, 42, 49, 57, 59 con Quinta avenida, y 59 con avenida Lexington. Se invertirán en el proyecto $27 millones de dólares a lo largo de 5 años como parte de la modernización del sistema de transporte de la ciudad, propuesta por el gobernador Andrew M. Cuomo, misma que se estima que dure cerca de cinco años.

wj/am

NJ: Alcalde electo Hato Mayor visita autoridades Camden

CAMDEN, Nueva Jersey.- El alcalde electo de Hato Mayor, Odalís Vega, visitó este lunes las autoridades de la ciudad de Camden, con quienes conversó sobre aspectos de interés para ambos poblados.

Vega fue recibido por el concejal Angel Fuentes, quien en representación de la alcaldesa Dana Redd, habló sobre intercambios culturales, comerciales, asesoría administrativa y la canalización de posibles ayudas materiales para Hato Mayor.

El alcalde Vega y su comitiva junto al concejal Fuentes y la familia Taveras.
El alcalde Vega y su comitiva junto al concejal Fuentes y la familia Taveras.

El funcionario municipal vino a Camden por invitación de los doctores Cesar y Georgina Tavera, quienes aprovecharon la oportunidad, para poner en contacto con las autoridades estadounidenses.

Al darle la bienvenida, Fuentes dijo que la alcaldía de Camden ha estado abriendo sus puertas a otras autoridades municipales, especialmente de Republica Dominicana con la intención de intercambiar experiencias administrativas y culturales.

Vega agradeció el trato amable que le dispensó Fuentes y dijo que en los próximos meses extenderá una invitación a las autoridades de Camden para que visiten su pueblo, una comunidad de 71,400 habitantes, localizada en la región Este de República Dominicana.

“Bueno, realmente hemos pedido a la población, los llamados 100 días de gestión, nosotros en campaña prometimos obras que podemos realizar sin acudir a préstamos. Elegimos obras pequeñas, pero grandes en significado para la población de Hato Mayor”, dijo.

Citó entre ellas, la construcción del matadero, un nuevo vertedero de desperdicios sólidos, un mercado municipal y la calle de entrada a la población.

wj/am