SANTO DOMINGO.- La Suprema Corte de Justicia restituyó la potestad sancionadora al Instituto Dominicano de Protección de los Derechos del Consumidor y del Usuario (Pro Consumidor).
De inmediato la Fundación Prensa y Derecho calificó de trascendencia constitucional la sentencia.
El abogado Namphi Rodríguez, presidente de de la entidad, dijo que con la decisión el más alto tribunal de justicia del país corrige el dislate del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que le había negado la facultad de imponer multas a Proconsumidor para sancionar las violaciones de los derechos de los ciudadanos.
“Una vez impuesta cualquier sanción a una empresa, lo que hay que habilitar es el procedimiento de revisión judicial de la decisión del órgano de aplicación de la ley para garantizar los derechos del sector prestadores de bienes y servicios”, expresó el profesional del derecho.
Una de la cámaras del Tribunal Superior Administrativo había dictaminado que Pronconsumidor debía acudir a la justicia para imponer sanciones, lo que generó un debate jurídico en la opinión pública sobre las competencia de ese órgano.
Rodríguez subrayó que a partir del momento la Ley 358-05, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, sale del “limbo jurídico” en que había entrado con la interpretación que hicieron los jueces de la jurisdicción contencioso-administrativa.
La SCJ restituye potestad sancionadora a Pro Consumidor
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