Hace 50 años culminó la guerra de abril 1965

SANTO DOMINGO.- Medio siglo se cumple este jueves  de la firma del Acto Institucional, instrumento jurídico que rigió la vida dominicana tras el término de la revolución constitucionalista, iniciada el 24 de abril de 1965  con el objetivo de reponer en su cargo al Presidente democrático Juan Bosch, posesionado en febrero de 1963 y derrocado por militares en septiembre de ese mismo año.

El Acto Institucional, firmado el 3 de septiembre de 1965,  fungió como Constitución de la República hasta  el 28 de noviembre de 1966, cuando el gobierno presidido por Joaquín Balaguer proclamó una nueva Carta.

El documento fue firmado por el coronel Francisco Alberto Caamaño, Presidente constitucional y el doctor Héctor García-Godoy, nominado Presidente provisional de la República, hasta la realización de elecciones presidenciales.

Previo a ese instrumento, tuvo efecto  la rúbrica del Acta de Reconciliación, suscrita el 31 de de agosto de 1965, mediante la cual las partes envueltas en la guerra depusieron sus armas y aceptaron la instalación de un gobierno provisional, al margen del que presidía Caamaño, que era continuación del de Bosch, y el denominado Gobierno de Reconstrucción Nacional, representado  por militares contrarios al retorno a la constitucionalidad.

En el preámbulo del Acto Institucional se consigna que éste tenía por objeto  asegurar al Gobierno Provisional “los medios necesarios para el pleno  ejercicio de la autoridad política y administrativa en la totalidad del territorio dominicano, a fin  de que pueda restaurarse un régimen de democracia  representativa por medio  de la celebración de elecciones libres”.

Igualmente,  por medio del Acto se aseguraba  el respaldo al gobierno que presidiría García-Godoy para garantizar el respeto a los derechos humanos y las libertades  fundamentales “así como los programas que requieren urgentemente la recuperación y desarrollo económico y social de la nación dominicana”.

El  escrito estaba compuesto de cuatro partes y 55 artículos. La primera parte se refería a la organización del gobierno provisional y otorgaba al gobernante interino, además de las funciones del Poder Ejecutivo, las del Legislativo, e incluso le autorizaba designar un vicepresidente entre los miembros de su gabinete.

La segunda parte se refería a derechos humanos y libertades fundamentales, la tercera al proceso electoral, mientras la cuarta parte  se componía de  disposiciones generales, la última de las cuales, el artículo 55, disponía lo siguiente: “Durante el lapso que medie entre las instalación del Gobierno electo y la promulgación de la nueva Constitución, regirán las disposiciones contenidas en los Títulos  III, IV , V y VI de la Segunda Parte de la Constitución de 1963, relativas al Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo, respectivamente”.

ANTES

Entre mayo y septiembre de 1965,  en República Dominicana hubo dos gobiernos: el régimen constitucional, con sede en la calle El Conde, presidido por Caamaño, y el que presidió Antonio Imbert Barrera, con sede en San Isidro, opuesto al orden institucional.

Con la mediación de la Comisión Ad Hoc, de la Décima Reunión de Consulta de los Ministros de Relaciones Exteriores,  de la Organización de Estados Americanos,   el presidente Caamaño y otros miembros del  gobierno constitucional suscribieron el 31 de agosto,  con García-Godoy, el Acta de Reconciliación Dominicana, a lo cual se negó el grupo de San Isidro.

Este texto  contenía diez puntos, el primero de los cuales expresaba que el Gobierno  presidido por Caamaño  aceptaba  a García-Godoy como presidente “del gobierno soberano y único de la República Dominicana”.  Le garantizaban su apoyo “para el establecimiento y consolidación de la paz política, así como para la rehabilitación de la economía nacional”.

Por el  Gobierno Provisional firmó  el doctor García-Godoy, mientras que por el Gobierno Constitucional lo hicieron, junto a Caamaño,  los siguientes funcionarios: Aníbal Campagna, presidente del Senado; Jottin Cury, ministro de Relaciones Exteriores; Héctor Aristy, ministro de la Presidencia; Salvador Jorge Blanco, procurador general de la República, y  Silvestre Antonio Guzmán, miembro de la Comisión Negociadora.

En nombre de la OEA estamparon sus firmas los embajadores representantes: Ilmar Penna Marinho, de Brasil; Ramón Clairmont Dueñas, de El Salvador, y Ellsworth Bunker, de Estados Unidos de América.

El llamado Gobierno de Reconstrucción Nacional, aunque no firmó el Acta de Reconciliación,  emitió una declaración  mediante la cual  expresó su decisión de “ceder el paso al Gobierno Provisional” con el  fin  de que el país pudiera comenzar, en  “paz relativa, el gran período de reconstrucción que merece”.

Como estos señores tenían control de una parte importante de las Fuerzas Armadas se comprometieron, mediante su declaración, a dar “nuestro decidido apoyo y aceptación, tanto al Acta de Reconciliación Dominicana citada como al  Acto Institucional, y nuestro respaldo al doctor Héctor García-Godoy como Presidente de ese nuevo Gobierno”.

Ese manifiesto fue suscrito por los generales Francisco Javier Rivera Caminero, ex jefe de la Marina de Guerra; Jacinto Martínez Arana, jefe de Estado Mayor del Ejército; Ramón Emilio Jiménez, jefe de Estado Mayor de la Marina de Guerra; Juan de los Santos Céspedes, jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea,  y Hernán Despradel Brache, jefe de la Policía Nacional.

En nombre del gobierno provisional firmó el presidente García-Godoy, y por igual acogieron   esa declaración los representantes  de gobiernos extranjeros Penna Marinho, de Brasil; Clairmont Dueñas, de El Salvador, y Bunker, de Estados Unidos de América.

jpm

 

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