Santo Domingo, 30 dic.- El Ministerio de Administración Pública (MAP) dispuso que a partir del 31 de enero venidero todos los empleados de los ministerios y de otros organismos dependientes del Poder Ejecutivo deberán presentar su tarjeta de vacunación que indique que han sido inoculados tres veces contra la covid-19.
La disposición, dada a conocer este jueves, precisó que su origen está basado en la resolución que emitió el lunes pasado el Ministerio de Salud, que establece que a partir de esa fecha no se podrá ingresar a lugares públicos y privados de interés público sin tener aplicadas tres dosis.
«Con efectividad al lunes 31 de enero de 2022, todos los servidores públicos para poder ingresar a sus respectivos lugares de trabajo, deberán presentar una copia de su tarjeta de vacunación con por lo menos tres dosis de la vacuna contra la covid-19, además de depositar una copia de la misma en el departamento de recursos humanos de la institución», dijo el MAP en su resolución.
Aquellos empleados públicos que al 31 de enero de 2022 no hayan recibido las tres dosis de la vacuna, deberán presentar al departamento de recursos humanos de su institución, cada lunes a primera hora, de manera recurrente y antes de ocupar su posición de trabajo, una copia del resultado negativo de una prueba PCR realizada el sábado o domingo anterior.
«Esta medida dejará de ser aplicable 14 días después de que el servidor reciba su tercera dosis de la vacuna contra la covid-19», agregó el documento.
Asimismo, explicó que los servidores públicos que por razones médicas no puedan vacunarse, a los fines de acudir a sus lugares de trabajo y hacer uso de los medios de transporte institucionales, deberán presentar ante el departamento de recursos humanos de su institución, un permiso especial expedido por el Ministerio de Salud Pública.
«A los servidores públicos que se nieguen a respetar las disposiciones y protocolos establecidos por las resoluciones y circulares vigentes, serán sujetos de aplicación de las sanciones que correspondan, según la gradación de las faltas establecidas en el régimen disciplinario, previsto en el artículo 81 y siguientes de la ley 41-08, de función pública», remachó la información.
of-am


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