El complejo año electoral 2020

El 2020 es un año electoral que entraña un gran reto para los partidos políticos y los órganos electorales, principalmente la Junta Central Electoral (JCE), debido a que noventa y un días después de las Elecciones Ordinarias Generales Municipales serán celebradas las Ordinarias Generales Presidenciales, Congresuales y de Representantes ante el Parlamento Centroamericano (Parlacen).

La razón es la aplicación, por primera vez, del artículo 209 de la Constitución Política, el cual, en lo relativo a la celebración de las elecciones, establece lo siguiente: a) que los colegios electorales se abrirán cada cuatro años; b) que se deben elegir al Presidente y Vicepresidente, a los representantes legislativos, a las autoridades municipales y a los demás funcionarios o representantes electivos de modo separado e independiente; y, c) que las presidenciales, congresuales y de representantes ante el Parlamento Centroamericano (PARLACEN), deben celebrarse el tercer domingo del mes de mayo y las municipales, tres meses antes, el tercer domingo del mes de febrero.

Por tal motivo, con la llegada del 2020 se inicia al recorrido del tramo final de la intensa carrera por la conquista de los ayuntamientos municipales y del Distrito Nacional.

Apenas cuarenta y seis días después del inicio del 2020, el 16 de febrero, se reunirán las asambleas electorales para elegir 3,849 cargos municipales, divididos entre 158 alcaldes, 158 vicealcaldes, 1,164 regidores, 1,164 suplentes, municipales, así como 235 directores, 235 subdirectores y 735 vocales de distritos municipales.

No se debe olvidar que los 1,164 regidores y los 735 vocales de los distritos municipales, serán elegidos, también por primera vez,  mediante el sistema de voto preferencial, lo que podría dificultar y retrasar significativamente el escrutinio.

Una muestra más de la dificultad de la organización de las elecciones es que las autoridades municipales, que serán elegidas el 16 de febrero, serán juramentadas y posesionadas en sus cargos el día 24 de abril, lo que obligará a la JCE y las juntas electorales municipales a realizar en un término de cuarenta y ocho días las actividades siguientes: 1) elaborar el computo de los resultados de los comicios y la relación del municipio; 2) examinar las boletas anuladas y las observadas, 3) levantar el acta de cómputo, hacer la relación general de la votación en cada municipio y la de los candidatos elegidos; 4) publicar y distribuir las relaciones; 5) conocer los reparos a los procedimientos; 6) hacer la relación general de resultados; 7) determinar los candidatos elegidos; y, 8) hacer los certificados de elección y proclamar a los candidatos elegidos. Esta ardua tarea coincidirá con los preparativos de las Elecciones Generales Presidenciales y Congresuales, que deberán celebrarse, 23 días después, el 17 de mayo del 2020.

Como se ha podido apreciar, para poder superar el corto espacio de la separación de las elecciones, la JCE y las juntas electorales tendrán que trabajar con tesón y eficacia.

Finalmente, es aconsejable que los partidos, debido a su fijación exclusiva en la JCE, no pierdan de vista el rol estelar que, como se ha podido ver, tendrán las juntas electorales, encabezadas por sus miembros y, muy especialmente, por su secretario, en el montaje de las elecciones municipales. La conducta ética de estos funcionarios electorales municipales, como la de todo administrador electoral, es fundamental para la integridad de las elecciones.

JPM

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