Por ESTARLIN TAVERAS – Periódico El Día
SANTO DOMINGO.- La decisión del juez José Alejandro Vargas de declarar inadmisible el procedimiento utilizado para que el acuerdo entre Odebrecht y la Procuraduría fuera homologado se convierte en un nuevo ingrediente del agitado ambiente político que vive el país desde diciembre del año pasado.
Se trata de una medida que aunque podría ser rectificada es un impulso para la lucha en contra del pacto encabezada por el Movimiento Verde.
Sus promotores consideran que con la homologación del acuerdo se garantizaría la impunidad para los implicados en el escándalo Odebrecht. Sin embargo, ahora ven un nuevo aliento con la medida.
Revés al Gobierno y al MP
El acuerdo era la “principal arma” del oficialismo y del Ministerio Público en su afán por ofrecer acciones concretas frente a un importante sector de la sociedad que mostró su indignación en la multitudinaria marcha del 22 de enero por los US$92 millones en sobornos que admitió haber pagado Odebrecht a funcionarios.
La decisión del magistrado Vargas fue asumida a menos de 72 horas de que el presidente de la República Danilo Medina, valorara el acuerdo en su discurso de rendición de cuentas del 27 de febrero.
“Está en proceso de homologación el acuerdo mediante el cual la empresa se comprometió a pagar una multa de 184 millones de dólares al Estado dominicano”, refirió el Mandatario mientras resaltaba las medidas “proactivas” que se estaban desarrollando.
La medida
Con la declaratoria de inadmisible el Ministerio Público y la empresa Odebrecht deberán reformular los procedimientos que llevaron a cabo para hacer la solicitud.
Para esto el juez ordenó que sea devuelto el acuerdo a ambas partes.
El magistrado Vargas entiende que las autoridades no pueden usar como argumento el artículo 37 del Código Procesal Penal, que trata sobre la conciliación, para que sea acogida su solicitud.
“Es evidente que al recurrir a esa institución para que se homologue el Acuerdo en cuestión, el órgano de persecución penal desborda el principio de legalidad, por cuanto condiciona el ejercicio de la acción penal a un criterio de oportunidad que no le es dado en virtud de algún mandato legal, e ignora que tal y como han reconocido ambas partes, se trata de hechos graves, y en consecuencia, requieren otro remedio procesal de mayor rigurosidad jurídica”, dijo el juez.
jt/am


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