SANTO DOMINGO.- La Armada Dominicana podría ser demandada por una empresa privada que dice haber firmado un acuerdo con esta institución oficial para iniciar un proyecto pesquero.
Fish World Dominicana, S.R.L. amenaza con hacer la demanda por fraude, estafa y abuso de poder. Su gerente José Fortuna, gerente de la empresa, dice que»a pesar de constantes comunicaciones y de que hemos incurrido en gastos ascendentes a casi 40 millones de pesos, la Armada no se ha dignado a respondernos».
Informó que en los próximos días interpondrá formal demanda, ya que la entidad armada «ha hecho caso omiso a nuestras advertencias y notificaciones».
La demanda incluye, además, a los ministerios de Hacienda y de la Presidencia, como entes reguladores de este tipo de concesiones, según lo establecen las disposiciones administrativas estatales.
«Todo inicia en 2011, 24 de agosto, durante la Jefatura de Estado Mayor del vicealmirante Nicolás Cabrera Arias, de la entonces Marina de Guerra, con la firma de un contrato de participación para la ejecución de un proyecto pesquero en el que la institución militar aportaría dos embarcaciones: La-8 Beata y Cayo Vigía, y parte de la tripulación para el manejo técnico y administrativo de éstas, mientras que la compañía Fish World se haría cargo de todos los gastos operacionales y de mantenimiento, así como del pago del personal civil contratado por la empresa”, indica la empresa en un documento enviado a ALMOMENTO.NET.
Agrega que «casi siete años después, y pese a dos jefaturas distintas, es decir, que luego de firmado el acuerdo entre el ex jefe de Estado Mayor de Cabrera Arias, ocuparon la posición dos vicealmirantes, Edwin Rafael Dominici Rosario y Edmundo Nestor Martín Félix Pimentel, quienes tampoco respondieron los constantes emplazamientos, por lo que el gerente Fortuna decidió aplicar el peso de la ley a la institución militar».
«La Armada Dominicana dejó de lado el proyecto pesquero sin explicación alguna, aunque se llegó a realizar una primera fase, cuyo producto se colocó en mercados de Miami y Nueva York, reteniendo además, dichas embarcaciones, contraviniendo lo establecido en los Códigos Civil y Penal vigentes, por lo que la empresa de capital domínico-norteamericano exige el cumplimiento de dicho acuerdo, reservándose el derecho de acudir a tribunales internacionales de arbitraje, de los que el país no ha sido beneficiado en la mayoría de casos en que se ha visto envuelto», señala.
Explica que la notificación de advertencia de acción judicial entregada el 6 de junio está amparada en los artículos 1382 y 1383, que tratan de los delitos y cuasidelitos, en el entendido de que “cualquier hecho del hombre que causa a otro un daño, obliga a aquel por cuya culpa sucedió, a repararlo” y el que se refiere a la responsabilidad de quien causare el daño, en cuanto a lo que se desprende del Código Civil y en cuanto a lo penal, el referente es el artículo 266, que castiga con pena de reclusión a cualquiera que haya incumplido, en perjuicio de una parte con conocimiento de causa.

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