Lorenzo, ex secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP), ex presidente del Instituto de Previsión y Protección del Periodista (IPPP) y autor del libro “El adicto”, dijo que en los medios electrónicos también se están propagando los comentaristas enganchados que utilizan lenguajes prosaicos y ofensivos, y hay hasta quienes se atreven a ofender a los héroes nacionales.
Expresó que las instituciones encargadas de frenar esa situación y aplicar justicia, como la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y el Ministerio Público no hacen nada, o hacen muy poco para revertir esa situación.
Explicó que el artículo 36 de ley 50-88, sobre drogas narcóticas establece que “se prohíbe cualquier tipo de publicación, publicidad, propaganda o programas a través de los medios de comunicación, que contengan estímulo y mensajes subliminales, auditivos, impresos o audiovisuales que tienda a favorecer el consumo y el tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas”.
Señaló que hoy en día el mundo del narcotráfico está ganando un nuevo terrero, que es de la narrativa, el del cine y el de la pantalla chica, donde encubierto por el llamado entretenimiento, se promueven las drogas, la obtención de dinero, el lujo, las mujeres y las matanzas, en forma cada vez más exagera y sin ningún tipo de restricción.
Dijo que a parte de las narconovelas y las narcopelículas hay una difusión descontrolada de nudismo y escenas eróticas a cualquier hora del día, lo que incita a que menores tengan relaciones sexuales, porque consideran esa práctica como normal, provocando embarazos prematuros, abortos e infecciones.
Sostuvo que muchos artistas son cada vez más exagerados en la composición de canciones vulgares y la difusión de videos cada vez más eróticos.
Manifestó también, que no tiene nada contra los homosexuales y travestis, porque son seres humanos, pero que se debe prohibir su promoción por ser contraria a las normas legales.
Explicó que el artículo 50 del reglamento 824, sobre espectáculo público, dice: “Queda terminantemente prohibido en las proyecciones cinematográficas, destinadas a menores de (18) años de uno y otro sexo, conforme se indicará en el artículo siguiente películas que contengan escenas, situaciones, leyendas o diálogos de carácter eróticos y en general que por sus detalles o argumentos sean capaces de pervertir su sentido moral o proporcionen a dichos menores ejemplos perniciosos o experiencias prematuras para su edad”.
Dijo que el artículo 11 del Reglamento establece: “La Comisión someterá a la acción de la justicia, a los que infrinjan este Reglamento o cualquier otra disposición legal confiada a sus vigilancia”.
Expresó que el artículo 61 expresa: “la radio y la televisión constituyen una actividad de interés público, por lo tanto estarán sometidas a las normas y leyes establecidas por la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, que vigilará el debido cumplimiento de las mismas”.


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