La propuesta sindical; un oscurantismo

A partir de la presentación del anteproyecto de reforma al código de trabajo preparado por la comisión designada por el poder ejecutivo, la ciudadanía ha caído en un estado de incertidumbre que ya genera cierta predisposición social. Se ha hecho público un conjunto de propuestas que supone la predominante influencia del sector empresarial en el que pretende ser el proyecto de reforma al Código de Trabajo. El sector sindical se comporta con cierta timidez y casi un mes después de hacer pública la propuesta de reforma laboral, presentan una contra propuesta que apenas ha sido conocida por algunos funcionarios que asistieron a la reunión a puerta cerrada, celebrada el pasado 10 de abril en el Palacio Nacional. Podría tratarse de un oscurantismo que en nada contribuye a que la clase trabajadora se sienta realmente representada por las distintas organizaciones sindicales que tienen protagonismo en el debate a propósito de la reforma al Código de Trabajo. Lo anterior no significa que el sector sindical no esté representando los intereses de la clase trabajadora. Sin embargo, contribuirá a una mejor percepción que estos sectores tengan un mayor contacto con la población, publicando el contenido de su contra propuesta, que hasta la fecha no está disponible en la red, ni en los diferentes medios informativos. La propuesta del empresariado sigue ocupando todos los espacios informativos. El sector sindical está llamado a realizar encuentros con los diferentes sectores de la vida nacional que aglutinan a la clase obrera, orientando a la población sobre el impacto de la reforma laboral para la estabilidad en el empleo, así como los aspectos y observaciones que han planteado en contraposición al anteproyecto presentado por los empresarios. En la actualidad, poco se sabe sobre las sugerencias planteadas por el sector sindical. Ellos sostienen que el auxilio de cesantía no se negociará, por lo que en ese aspecto los trabajadores podrían estar tranquilos. No obstante, hay que advertir que son muchas las aristas que trae consigo la propuesta de reforma laboral; se trata sin dudas de arrebatar derechos laborales conquistados e introducir disposiciones que infringen preceptos constitucionales. La comisión propone modificar el art. 100 del Código de Trabajo, los trabajadores que ejercen su dimisión o renuncia justificada por violación o incumplimiento a deberes que la ley impone a los empleadores, deberán comunicar su decisión al empleador a pena de declarar su dimisión injustificada y con responsabilidad para el trabajador. En la legislación actual, la no comunicación al empleador no reputa injustificada la dimisión, bastando con su comunicación al Ministerio de Trabajo. En la legislación vigente, tanto el despido como la dimisión están enmarcados entre los modos de terminación del contrato de trabajo. El código de trabajo vigente desde 1992, no sanciona la no comunicación a la parte contraria en ninguno de los casos. Resulta cuestionable que ahora se busque establecer sanción para la no comunicación solo de dimisión al empleador, pero que no se toque el aspecto del despido no comunicado al trabajador, mecanismo utilizado por muchos empleadores para sorprender a los trabajadores con despidos sorpresivos. La propuesta de prohibir el uso de aparatos tecnológicos de comunicación vía redes sociales constituye otro aspecto censurable. La legislación actual sanciona la falta de dedicación en las labores (art. 88.19 C. T.), demostrable por cualquier medio de prueba. De aprobarse esta nueva figura, los empleadores tendrán una poderosa herramienta para ejercer despidos indiscriminados y los trabajadores serían perseguidos furtivamente por el uso de un instrumento de comunicación que es esencial para mantener contacto con la familia, amigos y otros empalmes importantes; sobre todo nos permite dar seguimiento a nuestros hijos, sin dejar de resaltar que representa un dispositivo de sobrevivencia en caso de ocurrir una catástrofe. El sindicalismo debe ser indiferente a la coyuntura política que ha de presentarse en una sociedad. En efecto, su objetivo específico consiste en defender los intereses de los trabajadores y luchar por el mejoramiento de las condiciones de trabajo. Por lo tanto su rol no es representar políticamente a la clase obrera, sino su representación laboral. ¿Está la clase obrera bien representada con los actores sindicales que gravitan en el escenario preparado por el sector empresarial para reformar el Código de Trabajo?

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