El Presidente de la JCE hace el anuncio en rueda de prensa.
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EFE
- Fecha: 12/05/2016
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Santo Domingo, 12 may (EFE).- El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario, anunció que ese organismo decidió que el conteo de los votos en los niveles congresual y municipal de las elecciones del domingo próximo se realice de manera manual, tal y cono se había aprobado previamente con la papeleta presidencial.
De esta manera, la JCE cumple con la petición que habían formulado los partidos de oposición, de que la totalidad de los votos de los comicios se cuenten de la manera como tradicionalmente se ha hecho y como lo dice la ley electoral.
«El pleno de la Junta Central Electoral acaba de aprobar que el mismo tratamiento que se le dará a los votos del nivel presidencial, se aplique con los niveles congresual y municipal; esto significa que una vez concluido el escrutinio electrónico se procederá a contar manualmente el ciento por ciento de los votos en los niveles congresual y municipal», dijo el presiente de la JCE en rueda de prensa.
Rosario agregó, no obstante, que esta decisión impedirá la promesa que hiciera la junta de que ofrecería los resultados de las votaciones en tiempo récord.
«Sabemos que esta medida traerá complicaciones de horario y logísticos, ya que ahora la JCE tiene que hacer un nuevo proceso de educación, pero haremos nuestro mejor esfuerzo dentro de las dificultades para garantizar que esta nueva disposición se cumpla», expuso el magistrado.
Rosario dijo esperar que ahora, una vez satisfechos los requerimientos de los partidos de oposición, «nos aboquemos a apoyar el sistema».
«Estamos seguros de que tendremos una elección ejemplar y que tendremos las elecciones más transparentes y limpias de la historia del país; las elecciones sometidas a la mayor auditoría jamás hecha, donde habrá más de 3.000 observadores nacionales y más de 300 observadores e invitados internacionales».
Calificó como «sensacional» el que la gente pueda apreciar la pulcritud y eficiencia del proceso de votación, al tiempo que exhortó a los partidos políticos que exigían esa decisión, a que se integran por completo a la culminación de las elecciones.
El presidente de la JCE pidió a la ciudadanía «tener paciencia» al momento de esperar los resultados de las elecciones, ya que ahora esos datos tardarán más tiempo en ser difundidos por la nueva medida tomada.
«A partir de mañana mismo se impartirán instrucciones para que estas informaciones lleguen a todo el mundo, para garantizar su completa aplicación», sentenció.
Procedimiento
«El Pleno de la Junta Central Electoral en su sesión extraordinaria de esta fecha, se abocó a conocer de la solicitud hecha por los candidatos presidenciales de los partidos PRM, FNP, PUN, PQDC, ALIANZA POR LA DEMOCRACIA y ALPAIS, que solicitaron que se efectúe también un conteo manual en los niveles municipal y congresual y que si de las operaciones del escrutinio manual resultara una diferencia con el electrónico, prevalecería el manual. Aprobando el Pleno dar el mismo tratamiento a los niveles municipal y congresual que el dado al nivel presidencial.
En vista de lo anterior se aprobó modificar la Resolución no. 71/2016, en la parte que se refiere al escrutinio en los niveles municipales y congresuales.
Es oportuno reiterar que antes de iniciar el conteo automatizado y manual, debe asegurarse que todo marcador, bolígrafo o lápiz, debe recogerse e introducirse en la valija. No debe haber ninguno de éstos artículos ni cerca, ni encima de la mesa de trabajo al momento de realizar las operaciones. Los miembros y delegados en ese instante no deben tener material o útiles que pudieran afectar la integridad de un voto, en todo caso deben mantener lejos de la mesa de operación dichos instrumentos.
Queda expresamente establecido que el manejo de las boletas sólo lo harán el presidente y secretario del colegio, y el auxiliar técnico sólo en el caso para colocarla en la bandeja del escáner.
Escrutinio del Nivel Presidencial
1. Se procederá a sacar de la urna las boletas de este nivel y se agruparán en paquetes de 25 a 30 boletas.
2. Estos paquetes de grupos de 25 ó 30 boletas se irán colocando de manera progresiva y continua en la bandeja de la Unidad de Escaneo para que sean procesadas por dicho equipo hasta concluir con la totalidad de las boletas de ese nivel.
3. Una vez concluida esta labor, los miembros del colegio y el auxiliar técnico, se asegurarán de que no haya quedado ninguna boleta sin pasar por el escáner. De igual manera tomarán la precaución de que no queden boletas que el sistema haya enviado a revisión y que aún estén pendientes de toma de decisión, en el caso que hubiese alguna, el presidente y los demás miembros del colegio procederán a la correspondiente decisión de conformidad con el criterio definido por la Junta Central Electoral en la Resolución No. 64/2016, relativa a los votos válidos y nulos.
4. Concluido el proceso anterior, se procederá a la impresión de la relación de votación del nivel presidencial. En esta parte se continuará de conformidad a lo establecido en la Resolución No. 64/2016.
5. Antes de iniciar la labor del escrutinio para el conteo manual de boletas del nivel presidencial se tomarán las medidas enunciadas anteriormente con relación a los materiales como marcadores, lápices, bolígrafos, etc.
6. En este momento se procederá a realizar el conteo manual, para lo cual el secretario tomará la boleta y leerá en voz alta la denominación de la agrupación o partido a que corresponda la boleta y la pasará al presidente, quien la examinará y exhibirá a los demás miembros y delegados presentes.
7. Para el conteo manual de las boletas del nivel presidencial, debe observarse el criterio para la determinación de los votos válidos y nulos establecido en la Resolución No. 64-2016.
8. Si al término del conteo manual, existiese una diferencia en el resultado del conteo automatizado y el manual, se procederá a buscar el sobre de contingencia, y de él extraer la relación de votación del nivel presidencial para ser llenada con los resultados arrojados por el conteo manual. En todo caso, si hubiere diferencia prevalecerá el resultado del conteo manual, la cual será incluida en el boletín correspondiente del resultado provisional.
9. Completada la relación de votación manual, deberá firmarse y sellarse para ser transmitida al centro de procesamiento de datos a través de las EyT. De igual manera se llenará una copia para los delegados de los partidos como es de costumbre.
Escrutinio del Nivel Municipal
1. Finalizado el proceso de escrutinio del nivel presidencial, se procederá al escrutinio del nivel municipal de la misma manera y forma en que fue realizado el del nivel presidencial procediendo a sacar de la urna las boletas de este nivel y se agruparán en paquetes de 25 a 30 boletas.
2. Estos paquetes de grupos de 25 ó 30 boletas se irán colocando de manera progresiva y continua en la bandeja de la Unidad de Escaneo para que sean procesadas por dicho equipo hasta concluir con la totalidad de las boletas de ese nivel.
3. Una vez concluida esta labor, los miembros del colegio y el auxiliar técnico, se asegurarán de que no haya quedado ninguna boleta sin pasar por el escáner. De igual manera tomarán la precaución de que no queden boletas que el sistema haya enviado a revisión y que aún estén pendientes de toma de decisión, en el caso que hubiese alguna, el presidente y los demás miembros del colegio procederán a la correspondiente decisión de conformidad con el criterio definido por la Junta Central Electoral en la Resolución No. 64/2016, relativa a los votos válidos y nulos.
4. Concluido el proceso anterior, se procederá a la impresión de la relación de votación del nivel municipal. En esta parte se continuará de conformidad a lo establecido en la Resolución No. 64/2016.
5. Antes de iniciar la labor del escrutinio para el conteo manual de boletas del nivel municipal se tomarán las medidas enunciadas anteriormente con relación a los materiales como marcadores, lápices, bolígrafos, etc.
6. En este momento se procederá a realizar el conteo manual, para lo cual el secretario tomará la boleta y leerá en voz alta la denominación de la agrupación o partido a que corresponda la boleta y la pasará al presidente, quien la examinará y exhibirá a los demás miembros y delegados presentes.
7. Para el conteo manual de las boletas del nivel municipal, debe observarse el criterio para la determinación de los votos válidos y nulos establecido en la Resolución No. 64-2016.
8. Si al término del conteo manual, existiese una diferencia en el resultado del conteo automatizado y el manual, se procederá a buscar el sobre de contingencia, y de él extraer la relación de votación del nivel municipal para ser llenada con los resultados arrojados por el conteo manual. En todo caso, si hubiere diferencia prevalecerá el resultado del conteo manual, la cual será incluida en el boletín correspondiente del resultado provisional.
9. Completada la relación de votación manual, deberá firmarse y sellarse para ser transmitida al centro de procesamiento de datos a través de las EyT. De igual manera se llenará una copia para los delegados de los partidos como es de costumbre.
Escrutinio del Nivel Congresual
1. Finalizado el proceso de escrutinio del nivel municipal, se procederá al escrutinio del nivel congresual de la misma manera y forma en que fue realizado el del nivel presidencial procediendo a sacar de la urna las boletas de este nivel y se agruparán en paquetes de 25 a 30 boletas.
2. Estos paquetes de grupos de 25 ó 30 boletas se irán colocando de manera progresiva y continua en la bandeja de la Unidad de Escaneo para que sean procesadas por dicho equipo hasta concluir con la totalidad de las boletas de ese nivel.
3. Una vez concluida esta labor, los miembros del colegio y el auxiliar técnico, se asegurarán de que no haya quedado ninguna boleta sin pasar por el escáner. De igual manera tomarán la precaución de que no queden boletas que el sistema haya enviado a revisión y que aún estén pendientes de toma de decisión, en el caso que hubiese alguna, el presidente y los demás miembros del colegio procederán a la correspondiente decisión de conformidad con el criterio definido por la Junta Central Electoral en la Resolución No. 64/2016, relativa a los votos válidos y nulos.
4. Concluido el proceso anterior, se procederá a la impresión de la relación de votación del nivel congresual. En esta parte se continuará de conformidad a lo establecido en la Resolución No. 64/2016.
5. Antes de iniciar la labor del escrutinio para el conteo manual de boletas del nivel congresual se tomarán las medidas enunciadas anteriormente con relación a los materiales como marcadores, lápices, bolígrafos, etc.
6. En este momento se procederá a realizar el conteo manual, para lo cual el secretario tomará la boleta y leerá en voz alta la denominación de la agrupación o partido a que corresponda la boleta y la pasará al presidente, quien la examinará y exhibirá a los demás miembros y delegados presentes.
7. Para el conteo manual de las boletas del nivel congresual, debe observarse el criterio para la determinación de los votos válidos y nulos establecido en la Resolución No. 64-2016.
8. Si al término del conteo manual, existiese una diferencia en el resultado del conteo automatizado y el manual, se procederá a buscar el sobre de contingencia, y de él extraer la relación de votación del nivel congresual para ser llenada con los resultados arrojados por el conteo manual. En todo caso, si hubiere diferencia prevalecerá el resultado del conteo manual, la cual será incluida en el boletín correspondiente del resultado provisional.
9. Completada la relación de votación manual, deberá firmarse y sellarse para ser transmitida al centro de procesamiento de datos a través de las EyT. De igual manera se llenará una copia para los delegados de los partidos como es de costumbre.
El Pleno de la Junta Central Electoral impartió las instrucciones a las áreas correspondientes para que esta decisión sea transmitida e informada a los colegios electorales.
La presente decisión sólo modifica este aspecto del procedimiento para el escrutinio en los colegios electorales, en todos los demás aspectos que no les son contradictorios son ratificadas tanto en la resolución 64/2016 como en los instructivos, procedimientos y protocolos definidos con anterioridad.
Junta Central Electoral
12 mayo 2016″