Por un eficiente sistema de planeamiento urbano

El crecimiento desordenado que se observa en la mayoría de los barrios periféricos de las principales ciudades en la construcción de edificios, comercios, industrias, casas y calles es causa de los grandes problemas ambientales como los deslizamientos de tierra, inundaciones, congestión de tránsito, falta de áreas verdes y crecimiento horizontal de localidades con alta densidad poblacional.

Esto se agrava debido principalmente a que no se tiene una adecuada coordinación de los organismos y entidades que tienen bajo la responsabilidad la de supervisar las construcciones y el debido uso de suelos y la aplicación de una política de planeamiento urbano que incluye el centro de las urbes, como también los barrios periféricos para alcanzar tener una ciudad ambientalmente organizada.

El aglomeramiento humano, las construcciones inseguras constituyen un gran problema para que las instituciones ofrezcan los servicios demandados por los ciudadanos como son el suministro de agua, electricidad, servicio telefónico, drenaje pluvial, tratamiento de aguas negras, limpieza de las áreas y control de ruidos.

Se observa, que en países como Bolivia construcciones inseguras en la parte alta de la Paz, en Brasil, las aglomeraciones en Las Fávelas, por poner un ejemplo, así como también en la República Dominicana, en Santo Domingo en la ribera del Ozama, por lo que se necesita que se apliquen sanciones y se evite que se siga produciendo este fenómeno.

Como se sabe, Santo Domingo es la Ciudad Primada de América y cuenta con un patrimonio cultural y arquitectónico con las más antiguas edificaciones del Nuevo Mundo por lo que se requiere un mayor esfuerzo para garantizar la calidad en la gestión de desarrollo urbano en el país.

Si realizáramos un recorrido por las ciudades del país más arrabalizadas, encontramos a Santo Domingo Este, Oeste y Norte, también se incluye a San Cristóbal, Santiago y San Pedro de Macorís. Se observan construcciones con acceso por callejones, sin calles, ni áreas verdes, no tienen aceras ni contenes.

El criterio de planeamiento urbano parece que está ausente ante los ojos de las autoridades municipales (encargadas de regular), la Policía Nacional (encargada de aplicar la ley), los Ministerios de Medio Ambiente y de Salud Pública, así como el Ministerio Público y los órganos de control de tránsito.

El país dispone de un marco jurídico que le permite aplicar un buen sistema de planeamiento urbano, compuesto por la ley 6232 sobre planificación urbana. La 120-99 que dispone castigo por el lanzamiento de basura y escombros a las calles, ley 675 sobre Organización y Ornato Público, 241 sobre Tránsito Terrestre, 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, 287-04 sobre Ruidos, 176-06 de Ayuntamientos y la ley 96-04 de la Policía Nacional, que incluye supervisar el cumplimiento de esas leyes.

Es tiempo de que los ayuntamientos se aboquen a cumplir con la Ley 176-06 que los faculta a mantener el control de planeamiento urbano, mantener las áreas verdes protegidas, recoger la basura y desechos sólidos, regular las construcciones, evitar que dañen las aceras, contenes, calles, avenidas, establecer políticas de tránsito y saneamiento ambiental, señalización y control de vías.

El Congreso debe abocarse a legislar en el sentido de restringir ciertas zonas estratégicas en diferentes provincias para que no se construyan edificaciones menores de cuatro pisos y de esta manera incentivar el crecimiento de las ciudades de manera vertical y evitar que terrenos de vocación agrícola sean dedicados a realizar construcciones horizontales.

Jpm

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