Un Código Penal con prohibición absoluta del aborto

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EL AUTOR es médico y abogado. Reside en Santo Domingo

Desde hace varios años se habla con algarabía, y con diferentes enfoques, del Código Penal, que ha estado dando tumbos en el Congreso Nacional desde hace 21 años, y en las dos ocasiones en que las Cámaras lograron aprobarlo, al enviarlo al Poder Ejecutivo este lo vetó y devolvió a ese poder del Estado, porque en sus articulados se prohibía de manera absoluta el aborto.

República Dominicana es parte integrante del grupo de países latinoamericanos que contienen en sus códigos penales una prohibición sin excepciones de la interrupción voluntaria del embarazo. Los otros países son: El Salvador, Honduras, Nicaragua y Haití.

Algunas personas se preguntan, cómo se explica que siendo los últimos dos presidentes de la República confesos católicos, que asisten a misa y comulgan no hayan propiciado la persistencia en el Código Penal, pendiente de aprobarse en el Congreso, de la prohibición absoluta del aborto.

La respuesta nos parece muy sencilla. Resulta que la promulgación de una ley la debe hacer el Poder Ejecutivo y es la firma del Presidente de la República la que aparece dando aprobación y otorgando vigencia a la misma. De manera, ​que, teniendo derecho al veto, si el presidente aprueba una ley, la firma y la pública, se hace copartícipe y garante de lo que enuncia.

Para ningún estudioso de estos temas es un secreto que la Organización Mundial de la Salud, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Europea de Derechos Humanos, Amnistía Internacional, Human Rights Watch, el Comité de la ONU contra la Tortura, entre otros, han declarado unánimemente, en los últimos años, que la penalización del aborto cuando la vida o salud de la madre corren peligro o cuando el embarazo es producto de una violación, constituye un acto de tortura que viola los derechos humanos básicos de las mujeres

Lo anterior resulta coherente con la teoría general de los derechos humanos. Y, universalmente se considera que constituye tortura o acto de barbarie, todo acto realizado como método de investigación criminal, medio intimidatorio, castigo corporal, medida preventiva, sanción penal o cualesquiera otro fin que cause a las personas daños o sufrimientos físicos o mentales.

La República Dominicana ratificó, además, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, el 29 de enero de 1987.

De lo anterior se deduce que la penalización absoluta del aborto viola los derechos humanos básicos de las mujeres. Es decir, que “la penalización del aborto cuando la vida o salud de la madre corren peligro o cuando el embarazo es producto de una violación, constituye un acto de tortura que viola los derechos humanos”.

Pero lo más importante es que los actos de tortura y de barbarie son considerados delitos de lesa humanidad, universalmente considerados imprescriptibles. De modo que quien los cometa puede ser perseguido en todo el mundo, apresado y condenado, sin que importe el tiempo transcurrido entre la comisión de ese ilícito y la captura y condena.

En esas condiciones, el presidente que firme y promulgue un Código Penal con prohibición absoluta del aborto se convierte en reo de la justicia universal por comisión del delito de tortura y actos de barbarie y puede ser perseguido por el resto de su vida, capturado, condenado y encarcelado a una larga pena.

Así pues, veo muy poco probable que un presidente, sin que importe como se llame, se exponga a ese grave riesgo, sobre todo, porque los auspiciadores de la prohibición total del aborto solo hacen bulla en el Congreso, pero no firman la ley ni se exponen a las posibles consecuencias de ese acto. De manera que a menos que se excluya del Código Penal la penalización absoluta del aborto, seguiremos sin Código Penal actualizado.

JPM

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Balanette
Balanette
2 Años hace

Con solo pensar que un hombre sea a la vez padre y abuelo de un niño(a) me dan ganas de vomitar.

Prudencio
Prudencio
2 Años hace

«La libertad,la justicia y la paz en el mundo,tienen por base el reconocimiento de los derechos iguales e inalienables,de todos los miembros de la familia humano».
» Es esencial que los derechos humanos,sean protejidos por un régimen de derechos,a fin de que el hombre ( humanos),no se vea compelido,al supremo recurso de la rebelión,contra la tiranía y la opresión».——Notitiempo 12:02 minutos…actualidad nacional e internaciol para los proxims

Prudencio
Prudencio
Responder a  Prudencio
2 Años hace

Somos un país cristiano mayoritariamente,en Israel nació Cristo,Israel es la tierra y las gentes más favorecidas/ preferidas por Dios.Israel aprueba el aborto cuando la madre puede morir,incesto y violación.