Trabajo RD firma acuerdos con Argentina, Portugal, Uruguay y Paraguay

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GINEBRA, Suiza. – El Ministerio de Trabajo de la República Dominicana y los ministerios de Trabajo de Argentina, Portugal, Uruguay y Paraguay firmaron conjuntamente distintas cartas de intención para cooperación y asistencia técnica en materia laboral.

Por la República Dominicana firmó el ministro Luis Miguel De Camps García y por la República de Argentina la ministra, Raquel Kismer de Olmos; por Uruguay el ministro Pablo Mieres Gómez; por la República de Portugal, la ministra, Ana Manuel Jeronimo Lopes Correia Mendes Godinho; y por Paraguay, la ministra Carla Bacigalupo Planas.

El acuerdo con Argentina tiene el interés de fortalecer la relación bilateral para colaboración técnica en temas como formación profesional, tránsito de la informalidad a la formalidad, diálogo social institucionalizado, lucha contra el trabajo infantil y forzoso, seguridad social y gestion administrativa ministerial para la mejora de la calidad de vida de los trabajadores.

Con Uruguay se encuentran identificados intereses comunes en el ámbito cultural, económico y social, para fortalecer las habilidades del talento humano y la promoción de la igualdad de oportunidades.

En el caso de Portugal, ambos gobiernos declaran la importancia de establecer mecanismos que contribuyan al desarrollo de la migración laboral asegurando la cooperación técnica en el tema de los flujos migratorios entre ambas naciones.

En tanto que, con Paraguay se trata de identificar oportunidades y condiciones para la mejora de los beneficios respecto a las prestaciones cubiertas en el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.

Las partes acuerdan fomentar el intercambio de conocimientos y experiencias para fortalecer la protección social de los trabajadores de ambas naciones.

Todos los firmantes entienden los lazos coincidentes con la República Dominicana en materia política, económica, cultural y social, que garantizan el cumplimiento de los compromisos asumidos para la mejora y garantía de los derechos laborales de los trabajadores.

wj/am

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