SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional (TC) devolvió al Tribunal Superior Electoral (TSE) el recurso presentado contra la regulación de la Junta Central Electoral (JCE) que limita la publicación de encuestas electorales, al considerar irregular la forma en que el expediente fue remitido a su jurisdicción.
En su sentencia TC/0852/26, emitida este viernes, el TC estableció que el TSE debió limitarse a declarar su incompetencia y permitir que las partes acudieran a la jurisdicción correspondiente, en lugar de enviar directamente el expediente al tribunal constitucional.
COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES SOBRE RECURSO
La decisión se produjo luego de que el TSE, mediante la sentencia TSE/0025/2026, del 26 de junio, se declarara incompetente para conocer el recurso contencioso de nulidad interpuesto por Justicia sin Fronteras contra el artículo decimotercero y sus párrafos de la Resolución 14-2026 de la JCE.
La organización cuestiona el reglamento que regula el registro de firmas encuestadoras y la publicación de estudios electorales, al considerar que la JCE excedió su potestad reglamentaria al prohibir la difusión de encuestas fuera de los períodos formales de precampaña y campaña.
El TSE entendió que la pretensión implicaba un control concentrado de constitucionalidad, competencia exclusiva del TC, por lo que remitió el expediente.
Sin embargo, el Constitucional sostuvo que esa remisión no equivale a un apoderamiento válido y que un recurso contencioso de nulidad y una acción directa de inconstitucionalidad son procesos distintos, con procedimientos diferentes.
REMISION ERRONEA DEL TSE, RECURSO PENDIENTE
El TC afirmó que ningún tribunal puede convertirlo automáticamente en una instancia de envío mediante una decisión de incompetencia y calificó de errónea la remisión realizada por el TSE.
Por ello, ordenó devolver el expediente al Tribunal Superior Electoral para los fines correspondientes.
La sentencia no determina si la regulación de la JCE sobre las encuestas es constitucional o legal, ya que el TC no examinó el fondo del recurso ni la medida cautelar solicitada por Justicia sin Fronteras.
La controversia, que también involucra alegatos sobre libertad de expresión, acceso a información política y pluralismo democrático, deberá continuar ahora ante el TSE.
an/am


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Es decir. TSE no solo es incompetente para decidir sobre el asunto, sino que también es incompetente para conocer sus propias facultades, pues al enviarlo al TC inapropiadamente, da a entender su falta de conocimiento protocolar en semejante situación. Eso demuestra la baja calidad de educación que recibieron de sus profesores, los mismos que se graduaron del sistema educativo dominicano. Se necesita una reforma integral a todo el sistema educ.