Sustitución jueces TSE  

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El autor es abogado. Reside en Santo Domingo.

El Tribunal Superior Electoral (TSE) fue una creación del constituyente del 2010, el cual le transfirió las atribuciones de juzgar y decidir, con carácter definitivo, los asuntos contenciosos electorales, los diferendos internos de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos y los conflictos entre ellos, que hasta entonces eran de la competencia de la Junta Central Electoral.

La integración del referido órgano extrapoder está contemplada en el artículo 215 de la Constitución Política, el cual dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura podrá conformarlo con no menos de tres ni más de cinco jueces y sus suplentes, incluido el presidente, por un período de cuatro años. En ese orden, el legislador fijó en cinco el número de jueces y suplentes, en el artículo 5 de la Ley Núm. 29-11, Orgánica del Tribunal Superior Electoral.

Como hemos señalado anteriormente, los jueces titulares y suplentes del órgano contencioso electoral son designados por un período de cuatro años, el cual siempre coincide con el mandato constitucional correspondiente a los funcionarios elegidos en las últimas elecciones ordinarias generales celebradas antes de su escogencia. Es decir, el mandato de los jueces del TSE termina poco tiempo después de iniciarse el del Presidente de la República y de los legisladores elegidos durante su gestión.

La máxima instancia del Tribunal Superior Electoral es su Pleno, el cual está conformado por el presidente y la totalidad de los jueces titulares. Sin embargo, para que el Pleno pueda constituirse en sesión y deliberar válidamente deben encontrarse presentes por lo menos tres de sus miembros titulares o suplentes.

De conformidad con el artículo 30 de la referida Ley Núm. 29-11, los jueces suplentes tienen la función de reemplazar a los titulares en su ausencia, así como decumplir las obligaciones asignadas por el Pleno del Tribunal y las normas reglamentarias.

A propósito de la renuncia del presidente del TSE ha surgido la inquietud de saber cual es el procedimiento que debe aplicarse para su sustitución. La respuesta es que  los suplentes no tienen la función de llenar las vacantes dejadas por los jueces titulares, sino de reemplazarlos durante su ausencia, por lo que, de conformidad con el artículo 37 de la Ley No. 138-11, la sustitución de los jueces en casos de muerte, inhabilitación, renuncia o haber alcanzado la edad de retiro, le corresponde realizarla al Consejo Nacional de la Magistratura.

No obstante, el CNM no tiene fijada una fecha o establecido un plazo para cumplir con su función de sustituir los jueces del Tribunal Constitucional, de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Superior Electoral, incluidas las vacantes, por lo que, de conformidad con el artículo 38 de la mencionada ley, vencido el período para el que fueron designados, los jueces permanecerán en sus cargos hasta la toma de posesión de quienes les sustituyan.

Tomando en consideración que el período de cuatro años de los actuales jueces del TSE tiene como fecha de vencimiento el 17 de julio del 2021, fue correcto que el CNM no incluyera en su actual convocatoria la sustitución por tan corto tiempo de la vacante de presidente y que la dejara para escogerla en la fecha que corresponda, conjuntamente con los demás integrantes del mencionado órgano contencioso electoral.

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julio26
julio26
3 Años hace

aquí la política has corroídos a las familias dominicana y la sociedad también a todos los niveles y sectores organizados y ya no hay un control ni contrapeso en el hogar de cada familia como lo es el papa con autoridad moral, responsables como el representante de cada familia ante la sociedad y estamentos de poderes facticos de orden publico y ante un juez que son a los que deben responder por el comportamiento de sus hijos y hijas ya lo saben

julio26
julio26
3 Años hace

entonces porque razón si no se lo exigen tienen que meterse a militar en un partido o cualquier sector organizados de la sociedad si a los si representan es a sus padres y familias como entes sociales cada estudiantes que escogen esas carreras de derechos en las universidades del pais, son de las cosas inaceptables y no nos hacen una mejor sociedad justa equitativa y prudencial en lo ético integral y honorable como buenos ciudadanos y pais

julio26
julio26
3 Años hace

las carreras de derecho y capacitación profesional de las facultad de cada universidades, no exigen que sus estudiantes tengan militancias políticas ni formen partes de un grupo políticos, religiosos, empresarial, de organizaciones organizadas de la sociedad civil que representan tendencias político sociales que se forman y las crean como las ONG, los sindicatos de trabajadores de la salud, transporte no se lo exigen al estudiante universitario

julio26
julio26
3 Años hace

me podrán decir que aquí no hay profesionales del derecho sin ideas definidas políticas coincidente a un partido en particular, oh también que el ejercicio de la abogacía y licenciatura en derecho estas muy desacreditadas porque los profesionales del derechos no han podidos ser independientes porque necesitan un padrino con poder y influencias para llegar a una corte como jueces de estrados y un tribunal de las altas cortes judiciales

julio26
julio26
3 Años hace

tampoco supuestos honorables que ya definieron sus simpatías de un sector y pertenecen a un partidos, empresas, creencias religiosa y movimientos sociales organizados de la sociedad civil que al momento de juzgar a cualquier violador de la constitución y las leyes no sea justo ni claramente se incline a favor de su partido y lideres políticos y influencien esas realidad a favor de el acusado de delinquir y violar la ley y la constitución

julio26
julio26
3 Años hace

porque no escogen los jueces de todas las altas cortes como manda la constitución y las normas jurisdiccional, de la escuela nacional de la carrera jurídica de derechos constitucional de abogados y licenciados profesionales, por plebilicito oh referendo, oh en las propias elecciones generales y que no sean de ningún partidos sino de la escuela de derecho de las universidades que no tengan ningún vínculos con ningún sector representativo social

julio26
julio26
3 Años hace

creemos que nuestros lideres políticos dañan cada días la libertad de expresión del pensamiento y libertad de ser elegidos y elegir haciendo lo que les favorezca a sus intereses políticos partidarios y es una quimera hablar de la independencia judicial y constitucional en nuestro pais esa es la realidad

julio26
julio26
3 Años hace

y porque un juez renuncia con tan corto tiempo y se postula a otra posicion sin justificación valedera y de conocimiento publico su ideas y militancia política y además quien es su líder político y a que partido pertenece, y porque a usted Eddy olivares no se lo permitieron y a ese juez del tribunal superior administrativo si ahí estas el detalle cosas de la política por la que no hay justicia confiables ya lo saben