SCJ dispone negocios no pueden cobrar 10% en comida para llevar

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SANTO DOMINGO.- La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) consideró que la propina obligatoria que dispone el artículo 228 del Código de Trabajo no debe ser incluida en las cuentas de comidas y bebidas que serían consumidas en un lugar diferente al negocio o comercio que las vendió («take out o delivery «).

De acuerdo a una sentencia de la SCJ, el 10% obligatorio por concepto de propina solo será aplicado a las notas o cuentas de los clientes que consuman comidas o bebidas en los comercios o negocios que vendan las mismas, sin que pueda ser extendido el cobro de dicho concepto al monto de las facturas por productos comprados en hoteles, restaurantes, cafés, barras u otros negocios donde se vendan comidas o bebidas para ser consumidas en lugares distintos, explica un comunicado.

“Ello independientemente de que dichas comidas o bebidas sean transportadas por un empleado del negocio en cuestión o que el cliente haya pagado a un tercero, sea persona física o moral, bajo cualquier modalidad o vía, que tenga como actividad económica transportar comidas o bebidas producidas por otros comercios”, precisa la sentencia.

Indica que la sala consideró correcta la posición asumida por el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Proconsumidor) sobre que el 10% de propina legal solo debe ser exigido cuando el acto de consumo se realice dentro del mismo establecimiento y no en los casos de “delivery o take out”.

La decisión fue emitida por los magistrados Manuel Herrera Carbuccia, Rafael Vásquez Goico y Nancy I. Salcedo Fernández.

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mario santoni
mario santoni
2 Años hace

Te lo pondrán como costo de entrega, comoquiera!

PEDRO CUEVAS
PEDRO CUEVAS
2 Años hace

MUY MUY BIEN PARA LLEVAR NO!!!!

Segoba
Segoba
2 Años hace

Si el delivery llega a tiempo razonable y con cortesia yo le doy buena propina,😌

La mamis
La mamis
2 Años hace

Jaja, que condena! Con tantos casis archivados que requieren fallos urgentes, buenos vagos, es decir, el delivery que se traslada a cualquier punto y lo lleva a casa, ese no paga propina, si en verdad a ese es que hay que darsela.

El Justiciero 6
El Justiciero 6
2 Años hace

…»ESO DE PROPINA ES OPCIONAL, SI USTED QUIERE LAS PAGA O NO, Y NO ESTA POR LEY, POR TANTO, ES CORRECTA ESA MEDIDA DE LA SCJ, PERO CUANDO YO RECIBO UN PEDIDO DOY MI PROPINA Y ES POR MI CUENTA, NO ES POR LEY» !!!…

raymon taveras
raymon taveras
Responder a  El Justiciero 6
2 Años hace

Muy correcta tu’ opinio’n. Si’ el servicio me gusto’ yo le doy una propina adecuada al servicio.

Leot
Leot
2 Años hace

Oye eso tiene la suprema que fallar que la comida que se ordena para llevar no se le cobre el 10% de propina
eso se debió hacer por reglamento
que pósito nos gastamos

Miche
Miche
2 Años hace

Debe existir un reglamento para todos los servicios motorizados. Hay muchos delincuentes pasandose por deliverys. No se explica porque andan motorizados encapuchados, y con este calor !! Las autoridades y empresas deliverys deben prohibir eso de las capuchas y depurar su personal

Jose perez
Jose perez
2 Años hace

Y eso pobre desgraciado muriéndose de habré abusado por esa compañía ganando miserias nisiquiera casi propina le dan en las casas arriesgando la vida en la jungla de la calle quien piensa en ellos. Pobres infelices arriba de un motor sin ningún futuro generando ganancias millonarias a compañías extranjeras.