PUERTO PLATA: Jueza se desliga retiro acusación caso La Mulata
PUERTO PLATA.- La jueza de la
Instrucción de aquí, Jakayra Veras
García, aclaró que el Ministerio Público fue quien retiró las acusaciones contra
los tres ex oficiales de la Policía, liberados por ese tribunal tras varios
meses detenidos.
Odenis Francisco Félix Reyes Ramón
Antonio Salcedo Santos y Raymundo de la Rosa Ogando guardaban prisión en
relación a las acciones irregulares cometidas durante el allanamiento a varias
viviendas en el residencial La Mulata III del municipio turístico Sosúa.
Mediante un comunicado entregado a medios
de comunicación, la magistrada criticó que el Ministerio Publico ha pretendido
probar ante la opinión pública casos que no sustenta debidamente ante los
tribunales.
”Ante la opinión pública nacional fue el
tribunal que presidimos que otorgó la libertad a los tres imputados, pero
en realidad esa responsabilidad es exclusiva de la fiscalía que retiró sin
ningún tipo de justificación las acusaciones sustentadas originalmente”, expuso.
Dijo esperar que el Ministerio Público realizará
las explicaciones de lugar ante el país sobre las actuaciones realizadas que
llevaron al traste el retiro de la acusación en contra de los imputados.
“En la fase preliminar sobre este
conocido caso se instrumentaron dos procesos distintos ya que en el primero
seguido a Ramón Antonio Salcedo Santos y Odenis Francisco Félix Reyes se oferta
un medio de prueba audiovisual, el cual, conforme a la acusación, es de fecha
17 de octubre 2013, un año después de los hechos atribuidos a los imputados,
razón por la cual fue objetado por la defensa”.
“El Tribunal verificó que el mismo no
tiene fecha alguna y que por demás en él no se observa lo alegado por el
Ministerio Público respecto a su contenido, razones por las cuales no fue acreditado
como prueba”, explicó.
Ponderó que “en el segundo proceso
seguido a Raymundo de la Rosa Ogando, los medio audiovisuales a los cuales hace
alusión el Ministerio Público, si bien se señalan en la acusación, no fueron
presentados ni antes, ni durante la audiencia preliminar, otorgando el tribunal
un plazo al Ministerio Público para su presentación y así proceder a su
verificación”.
Dijo que transcurrido el plazo otorgado el
fiscal actuante indicó no tener esos medios y en tal virtud no fueron
admitidos, pues no procede la admisión de medios presentados, “tal y como se
indica en la decisión de Apertura a juicio rendida al efecto”.
La magistrada dijo que el Ministerio
Público representa a la sociedad pero es
una parte del proceso y que como tal debe por igual ceñirse al cumplimiento de
los mandatos de la ley, estando el Tribunal en el deber de preservar el Debido
Proceso y el derecho de todas las partes, jamás constituyendo un sello del MP. an-am