Pronunciamientos temerarios, improcedentes e ilegales 

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El autor es sociólogo. Reside en el municipio Santo Domingo Este

En el transcurso de la pasada semana, fuimos testigos de dos impertinencias políticas de prominentes dirigentes del PRM:  1. Gestionar la reducción del 50+1 de los votos para ganar la presidencia en la primera vuelta y 2. reclamar el privilegio de la impunidad para los ex presidentes y altos funcionarios públicos.

Con el expreso propósito de solucionar la profunda crisis política post electoral del 1994 y otorgar mayor legitimidad a la elección presidencial, se pudo consensuar que, en el  Art. 209 (inciso No. 1) de la Constitución de la República se estableciera, taxativamente,  lo siguiente:

Cuando en las elecciones celebradas para elegir al Presidente de la República y al Vicepresidente ninguna de las candidaturas obtenga al menos más de la mitad de los votos válidos emitidos (50+1), se efectuará una segunda elección el último domingo del mes de junio del mismo año. En esta última elección sólo participarán las dos candidaturas que hayan alcanzado el mayor número de votos, y se considerará ganadora la candidatura que obtenga el mayor número de los votos válidos emitidos.”

Realmente, en la actual coyuntura política ¿qué hay detrás de gestionar la modificación de la Constitución para rebajar el 50+1 a un 45 %?  ¿A quién se le pretende confeccionar un traje electoral a la medida? O será que ¿esa imprudencia política es porque se vislumbran insuficienciade números para el proyecto reeleccionista? ¡Hablemos claro!

En oportunarespuestaa esos desaguisados objetivos también se pronunció la totalidad de los partidos de oposición, varias organizaciones de la sociedad civil  y, parcialmente el presidente Abinader, por lo cual  consideramos que, por ahora  “se mató ese gallo en la funda”.

De todos modos, es menester continuar atentos y alerta para evitar que surjan otras triquiñuelas con las que ambiciosos y oportunistas pretendan retomar esa imprudencia política, lo cual pondrá en peligro la estabilidad política y paz social de nuestro país

También, ante la otra caprichosa e imprudencia política que promueve la impunidad y los privilegios; nos limitamos a   levantar con firmeza  estos acertados mandatos constitucionales (Art. 39) que disponen, expresamente, lo siguiente

  “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación…”

La República condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos…”

“El Estado debe promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas para prevenir y combatir la discriminación…”  

“La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Se prohíbe cualquier acto que tenga como objetivo o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos fundamentales de mujeres y hombres…”

A propósito del inicio de  la celebración del «Mes de la Patria» y del 209 aniversario del natalicio del General Juan Pablo Duarte, Padre fundador de la dominicanidad, es muy válida su justa prédica cuando establece que La Ley es la regla a la cual deben acomodar sus actos, así los gobernados como los gobernantes”. 

Queddemostrado, en forma fehaciente, a la luz de la Constitución y las buenas prácticas jurídicas y políticas, que las intenciones manifiestas y latentes de los pronunciamientos de los dos prominentes perremeistas,  arriba indicados, resultan temerarios, improcedentes, carecen de legalidad, son totalmente inconstitucionales y atentan contra el sosiego y la institucionalidad democrática de la R. Dominicana.

jpm-am

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