SANTO DOMINGO.- El delegado político del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante la Junta Central Electoral, Orlando Jorge Mera, rechazó las acusaciones contra la candidata presidencial de esta organización, Raquel Peña, hechas por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) de que habría violado las leyes de Partidos y Electoral al participar en un encuentro en ayuntamiento de Mao.
En una comunicación dirigida a la JCE , señala que el PLD hizo su denuncia “en base a hechos hipotéticos y suposiciones que no tienen certeza de los hechos que teóricamente se le están atribuyendo a la candidata vicepresidencial del PRM así como a las autoridades municipales del municipio de Mao”.
En la vispera José Ramón Fadul y José Dantés Díaz, delegado político y secretario de Asuntos Jurídicos del PLD, respectivamente, remitieron a la JCE fotografías extraídas de la red social de la Candidata Vicepresidencial del PRM en las que ella figura en un acto de campaña en el salón de sesiones de la Sala Capitular de Mao. Asimismo, entregaron respaldo fotográfico de reunión similar en el salón de sesiones de la sala capitular del municipio Sánchez, provincia Samaná, con afiches y pancartas políticas cubriendo las fotografías de los Padres de la Patria.
Jorge Mera, sin embargo, dice que los peledeístas confunden términos y atribuyen a Raquel Peña hechos que no se corresponden con la realidad presentada, ya que esta última no es funcionaria electa ni designada sino una postulante a un cargo electivo y como ciudadana dominicana goza del disfrute de los derechos fundamentales establecidos en nuestra Carta Magna.
«Ella es una persona física, no un partido ni movimiento o agrupación política» por lo que a ella no se le pueden aplicar los artículos de las leyes que el PLD afirma han sido violados, aduce.
En cuanto al alegato del PLD de que muchos de los asistentes al acto en el ayuntamiento de Mao tenían gorras, camisetas y distintivos en apoyo a los candidatos del PRM, dice que ellos “no trasgreden la Ley del Régimen Electoral» y en ccaso de que se les hubiera solicitado el retiro de los mismos, se hubiera vulnerando el derecho a la libertad de expresión y al libre desarrollo de su personalidad, que son derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución, y que no deben quebrantarse.
sp-am


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