Asando batatas

“Asando batatas”. Así nos ha tomado, en sentido general, un cambio que desde ya impacta de manera extraordinaria las relaciones entre las personas.

“Lo agarraron asando batata”, suele decirse en República Dominicana para hacer alusión a “encontrar desprevenido o distraído a alguien”.

El dicho viene a colación porque, según algunos especialistas, razones comerciales apresuraron el lanzamiento de plataformas que se apoyan en Inteligencia Artificial para “facilitar” muchísimas tareas a los seres humanos.

Pero vayamos al comienzo para que podamos entender mucho mejor la trascendencia de este asunto.

Los estudiosos indican que solo a partir del avance en sociabilidad, para lo que la comunicación es imprescindible, se ha logrado desarrollar esa facultad de expresarnos y entendernos, hasta dar forma a lo que conocemos como sociedad.

En principio no existían las palabras. ¡Cuán difícil habrá sido entenderse en aquella etapa! Lo más seguro es que simples gruñidos habrán servido para que aquellos seres primitivos comenzaran a expresarse, aspirando a que una simple idea pasara de un cerebro a otro.

Cuentan que se necesitó mucho tiempo para que aquellos sonidos guturales fueran puliéndose y logrando mejor precisión a la hora de hacer saber sobre emociones, sentimientos, ideas y todo lo que se le ocurre exteriorizar a cualquier ser humano.

Algunos estudiosos han encontrado que las pinturas rupestres eran realizadas en puntos calientes y acústicos, donde se producía eco, en el interior de las cuevas que servían como lugar seguro ante las inclemencias del entorno.

Eso hace pensar en relaciones de representación entre los dibujos y los sonidos que producían los humanos en aquellos tiempos, dando inicio a lo que luego, muchísimo tiempo después, abrió oportunidad para que la humanidad lograra inventar la escritura.

Pero ese logro estaba incompleto. Hacía falta que los demás entendieran lo que quería expresar quien escribía. Se necesitó mucho esfuerzo y mucho tiempo para manejar la lectoescritura.

Logrado eso, tanto hablar como escribir se convirtieron en herramientas al servicio de quienes, de diversas maneras, ejercían alta influencia y poder sobre los demás. Así tenemos que la oratoria, surgida en Sicilia, comienza a ser usada en Grecia como instrumento de prestigio y poder político.

A lo largo de la historia, y aun en nuestros días, la destreza al hablar y la habilidad al escribir abren puertas para imponer ideas y propósitos sobre cualquier acción que realicen los demás. Como se puede apreciar, cada paso ha abierto oportunidades para quienes logran fortalecer sus capacidades y buen dominio de las “innovaciones”.

Hasta hace muy poco tiempo, la humanidad había registrado dos grandes transformaciones en ese ámbito. Primero la imprenta y luego internet, cada uno en su momento, representaron dos extraordinarios aceleramientos a las posibilidades de incidir en los demás, de hacer valer las intenciones de quien maneja recursos para lograr sus propósitos.

Conviene ver ambas caras. No todo es negativo. Como se puede notar, con cada adelanto tecnológico se nos ha “facilitado la vida”. Y está muy bien que nos acomodemos. Pero, ¿recordamos lo que ocurre con todo órgano que no se usa? Dicen los entendidos que se atrofia.

¡Qué bueno que nos hayamos inventado las palabras! ¡Qué bueno que hayamos logrado entendernos! ¡Qué bueno que hayamos logrado agilidad en tareas que antes nos ocupaban tanto tiempo! ¡Qué bueno que hayamos encontrado claves para alargar y mejorar vida!

Pero, ¿qué ocurrirá con esa “comodidad” que nos evita el ejercicio de pensar? ¿Acaso no hace falta pensar para entender? ¿Cómo te sientes cuando te dicen algo que no logras entender? ¿Acaso no es pensar y entender lo que nos diferencia de los denominados animales irracionales?

Pues la comodidad que representan las herramientas de moda, relacionadas con Inteligencia Artificial, consiste en el uso de datos para expresar (textos, imágenes, sonidos…) más de lo que se le pueda ocurrir al común de los seres humanos. Solo que, por el aceleramiento de la competencia en el negocio y como la gente “se traga” lo que le den, lo han lanzado al mercado sin estar completamente listo.

Sin el más mínimo criterio para escoger o dejar, mucha gente usa, contra muchísima que se deja usar, los más recientes “avances” relacionados con Inteligencia Artificial. Y con eso, “nos han agarrado asando batatas”.

nestorestevez@gmail.com

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84 expedientes estancados en la Cámara de Cuentas 

Conociendo cómo se bate el cobre en el mundo de la política dominicana, no debe sorprender a nadie que una institución llamada a evaluar el correcto manejo de los fondos públicos, sea blanco de ataques, luchas internas y descalificaciones que buscan desprestigiar e invalidar los informes de la misma. 

Esta conflictiva situación podría estar dirigida a evitar que sean sometidos a la justicia los políticos que durante 20 años se dedicaron a saquear el Erario con la permisividad cómplice de quienes desde el Poder Ejecutivo debieron velar por la correcta aplicación del dinero del Estado. 

Después de la desastrosa y vergonzosa actuación del anterior presidente, Hugo Álvarez Pérez, a quien hubo que sacar a empujones de la institución, se procedió a escoger a los nuevos integrantes de la directiva quienes presentaron currículums convincentes de su capacidad y desempeño profesional. 

 Pero, como en todo, gravitó la influencia política de los partidos del sistema que auparon ternas con personas que, en momentos o coyunturas especiales, responden más a ellos que a los verdaderos intereses del país como ha sucedido, incluso con jueces del Ministerio Público que aún permanecen en sus posiciones. 

Mientras se debaten públicamente los conflictos internos de la institución, existen unos 84 expedientes estancados que reflejan anomalías, como las detectadas en la construcción del Metro, que debieron ser remitidos a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).  

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El juicio de la Corte Penal Internacional

POR ROMMEL SANTOS DIAZ

El acusado tiene el derecho de estar presente durante el juicio, excepto cuando perturbare continuamente el proceso. Si no hay otras medidas razonables adecuadas el acusado puede ser retirado y dársele la oportunidad de observar el juicio y dar instrucciones a su defensor desde fuera de la sala.

La salida de la sala durará el tiempo que sea estrictamente necesario. Se enfatiza la obligación de la sala de Primera Instancia de ver que el juicio sea “justo y expeditivo y conducido con pleno respeto a los derechos del acusado y con la debida protección a las víctimas y testigos”.

Entre otras facultades, la Sala de Primera Instancia puede solicitar la comparecencia y testimonio de testigos y la presentación de documentos, proteger la confidencialidad de la información y brindar protección al acusado, los testigos y las víctimas, y dirimir cualesquiera otras cuestiones pertinentes.

Cabe destacar que con algunas limitadas excepciones que permiten sesiones cerradas para proteger víctimas, testigos o información confidencial o sensible, los juicios se celebrarán públicamente.

El artículo 65 del Estatuto de Roma refleja un compromiso entre los enfoques que toman diferentes sistemas legales del mundo respecto a la declaración de culpabilidad. La Corte tiene el deber de asegurar que el acusado entienda las consecuencias de una admisión de culpabilidad, que se hace voluntariamente tras suficiente consulta con el abogado defensor y corroborada por los hechos de la causa.

En otro orden la Corte puede convencerse de esto, o si no lo constata, puede ordenar que prosiga el juicio con arreglo al procedimiento ordinario. Si el interés de la justicia y de las víctimas en particular lo requieren, la Corte puede pedir al Fiscal que presente pruebas adicionales (inclusive declaraciones de testigos) u ordenar que prosiga el juicio con arreglo al procedimiento ordinario.

En respuesta al fenómeno de “petición de negociación” la Corte no está comprometida con ningún acuerdo entre el Fiscal y la defensa respecto a la modificación de los cargos, la declaración de culpabilidad o la condena a ser impuesta.

El Estatuto diseñó cuidadosamente los derechos del acusado. Todos tienen el derecho de presunción de inocencia hasta que el Fiscal convenza a la Corte de la culpabilidad del acusado más allá de una duda razonable. Los derechos básicos relativos al juicio incluye el derecho a ser informado sin demora del cargo, a tener el tiempo y las facilidades adecuadas para preparar la defensa, a ser procesado sin dilaciones indebidas, a tener abogado (gratuitamente si fuere necesario), a interrogar testigos, y así sucesivamente.

Es importante señalar que el acusado tiene el derecho importante de no ser obligado a declarar ni a declararse culpable y a guardar silencio sin que ello pueda tenerse en cuenta a los efectos de determinar su culpabilidad o inocencia. Tiene el derecho a declarar de palabra o por escrito en su defensa sin prestar juramento y a que no se invierta la carga de la prueba ni le sea impuesta la carga de presentar contrapruebas.

El Fiscal tiene el deber de divulgar cualquier prueba que muestre o tienda a mostrar la inocencia o a atenuar la culpabilidad del acusado o afectar la credibilidad de las pruebas de cargo.

Estratégicamente la Corte tiene una obligación general a “adoptar las medidas adecuadas para proteger la seguridad, el bienestar físico y psicológico, la dignidad y la vida privada de las víctimas y los testigos” tomando en cuenta factores tales como la edad, el género y el tipo de delito. Tales medidas no podrán redundar en perjuicio de los derechos del acusado o de un juicio justo e imparcial.

En otro orden, partes del juicio a puerta cerrada o la presentación de pruebas por medios especiales se permiten como excepción al principio de audiencias públicas, y la Corte adopta en tales medidas particularmente en el caso de una victima de violencia sexual o de un menor de edad que sea victima o testigo salvo decisión en contrario.

Las opiniones y observaciones de las víctimas cuyos intereses personales se vieran afectados serán presentadas y tenidas en cuenta en las fases del juicio que se consideren pertinentes sujetos a los derechos del acusado. Antes del comienzo del juicio, el Fiscal puede definir un resumen en vez de toda la información o pruebas si la seguridad de un testigo o la de su familia puede correr grave peligro.

El Estatuto establece un marco básico relativo a las pruebas. El testimonio de un testigo en el juicio deberá darse generalmente en persona, sujeto a las disposiciones del Estatuto o las Reglas que apuntan a la protección de los testigos o permitir el uso de tecnología de audio o video o declaraciones escritas.

La Corte puede pedir la presentación de cualquier prueba que considere necesaria para la determinación de la verdad y puede, de acuerdo con criterios señalados en las Reglas, decidir sobre la pertinencia o admisibilidad de cualquier prueba teniendo en cuenta, entre otras cosas, el valor probatorio y cualquier perjuicio que pueda suponer para el juicio.

Hay indicar de modo importante, que las pruebas obtenidas como resultados de una violación del Estatuto o de las normas de derechos humanos internacionalmente reconocidas serán inadmisibles si la violación suscita serias dudas sobre la fiabilidad de las pruebas o si admisión atentare “contra la integridad del juicio o redunde en grave desmerito de el”. El Estatuto establece seis delitos contra el sistema de administración de justicia artículo 70.

Estos incluyen, cuando se cometieron intencionalmente, dar falso testimonio, presentar pruebas que sabe son falsas o falsificadas, interferir con un testigo o con la prueba, interferir con un funcionario de la Corte, tomar represalias contra dicho funcionario de la Corte, o solicitar o aceptar un soborno en calidad de funcionario de la Corte.

Por otro lado, los procedimientos relativos a estos delitos, sancionables con multa o pena de reclusión no mayor de cinco años, serán establecidos en las Reglas. Aun cuando la Corte puede proceder con respecto a estos delitos, puede solicitar también a un Estado Parte que lo haga. Consecuentemente, el Estatuto obliga a los Estados a extender sus leyes penales de acuerdo con ello.

Las faltas de conducta ante la Corte tales como perturbar las audiencias o negarse deliberadamente a cumplir sus órdenes se sanciona con una multa o con medidas administrativas tales como la expulsión de la Sala.

Un Estado tiene el derecho de intervenir cuando sienta que la divulgación de información requerida conforme al Estatuto puede afectar a los intereses de su seguridad. El Estado, el Fiscal, la defensa y las Salas pertinentes deben adoptar todos los pasos necesarios para resolver la cuestión por medio de la cooperación con medidas tales como la modificación de la solicitud, la obtención de la información de una fuente distinta o en una forma diferente (como por ejemplo resúmenes), o acordando condiciones tales como limitaciones en la divulgación, utilizando procedimientos a puerta cerrada o ex parte u otras medidas.

Si han dado todos los pasos razonables en las líneas anteriores y el Estado continúa sintiendo que la información o los documentos no pueden divulgarse sin perjuicio de su seguridad nacional, se notificará a la Corte. Sí la Corte encuentra que la prueba es necesaria para establecer la culpabilidad o la inocencia del acusado puede, como último recurso, determinar que el Estado no esta cumpliendo con sus obligaciones de conformidad con el Estatuto y puede remitir la materia a la Asamblea de Estados Parte, o si procede, al Consejo de Seguridad.

Los magistrados intentarán llegar a decisiones de condena o absolución unánimemente, a falta de lo cual decidirá la mayoría. Las opiniones de la mayoría y la minoría aparecerán en la resolución que será leída (probablemente en forma resumida) en sesión pública. La Corte establecerá principios aplicables a la reparación, incluidas la restitución, la indemnización y la rehabilitación que ha de otorgarse a las víctimas o a sus causahabientes.

Finalmente, a petición de la víctima o (excepcionalmente) por su propia iniciativa, la Corte puede determinar el alcance y la extensión del daño, pérdida o lesión de las víctimas. La Corte puede dar órdenes de reparación directamente contra una persona condenada o puede ordenar un pago de un Fondo Fiduciario.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Cese al alto costo pagado por los contribuyentes de las ARS

Esa es una enfermedad de alto costo-le contesta el empleado de la Administradora de Riesgos de Salud a la mujer que desesperada espera que el seguro le garantice la protección  a la que está obligado.

-Alto costo pago yo con esta situación-exclama la víctima con tono de quien conoce sus derechos, algo  ultra necesario en un sistema en el que la falta de orientación convierte a los contribuyentes en eso, en víctimas.

El desamparo que arropa a los cotizantes es irritante, lancinante.  Un montón de debilidades los atropella.  Amén de los abusos legalizados como que la cápita anual no sea acumulativa, la pírrica suma para medicamentos, las trabas para adquirirlos y para acceder a cualquier procedimiento médico.

Las irregularidades como que un titular afilie a un dependiente y pese a que ha cotizado no aparezca como beneficiario, suman un renglón más  a ese catálogo de sufrimientos del que las autoridades parecen ajenas.

Así, las precariedades agudizan el cuadro, sobre todo de los pacientes con enfermedades catastróficas, las de alto costo económico, emocional y moral.

El programa de medicamentos de alto costo del Estado  anda de cabeza y los pocos que acceden denuncian que reciben solo los más económicos, que los otros, los que cuentan un riñón y todas las vísceras, no los entregan.

 Para paliar un poco, el Seguro Nacional de Salud dispuso un plan destinado a abastecer de fármacos a sus afiliados  diabéticos y cardíacos pero igual llegan las quejas de que solo les proporcionan los de menos costo y encima genéricos.

Importante es frenar esta situación y que ya no lluevan más reclamos, porque de lo contrario lloverán muertos.

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¿Es lo mismo estar dormido que durmiendo?

“No es lo mismo estar dormido que estar durmiendo, porque no es lo mismo estar jodido que estar jodiendo”.

El precedente juicio aclaratorio, emitido en una sesión del Senado español, se le atribuye al afamado escritor, Premio Nobel de Literatura y miembro de la Real Academia Española, Camilo José Cela (1916 -2002).

En 1977 el organismo legislativo debatía el proyecto de Constitución que le había sido remitido por el Congreso, y allí, en plena discusión, el senador por designio regio, Camilo José Cela se durmió. El presidente logra hacerse oír y le señala que está dormido. Cela responde que no, que estaba durmiendo, pero no dormido.

El presidente le replica: «¿Y no es lo mismo?». Y el laureado novelista madrileño le rebate: «Pues, no. Como no es igual estar jodido que estar jodiendo». La, ocurrencia generó en el solemne recinto inevitables carcajadas.

Vale la observación de Cela, desde el punto de vista lingüístico, por cuanto son muchos los hispanohablantes que emplean los susodichos verboides o formas no personales del verbo, “dormido” y “durmiendo”, para referirse a una misma realidad. Merced a este planteamiento, no resulta extraño escuchar a una madre decir primero: «Mi hijo está dormido», mientras que minutos después se le escuchará informar: «Mi hijo está durmiendo».

Como podrá apreciarse, en cada caso la tierna madre ha querido afirmar exactamente lo mismo; pero empleando construcciones gramaticales diferentes. Y fueron formas expresivas semejantes a estas las que motivaron la aclaración del reputado novelista antes citado:

«No es lo mismo estar dormido que durmiendo».

Para entender el fenómeno, es necesario tener presente la función modificadora del participio y el gerundio. Este último, además de tener carácter adverbial, por cuanto su principal función consiste en modificar al verbo como adverbio de modo, tiene también carácter imperfectivo y durativo, esto es, la acción nos la presenta inacabada o situada en tiempo presente. Siendo así, “estar durmiendo” significaría que el acto de dormir no ha concluido, vale decir, está en proceso.

El participio, en cambio, funciona como adjetivo, apunta hacia el pasado y entraña la idea de pasividad, posee carácter perfectivo y la acción del verbo nos la presente acabada o despojada de todo valor durativo. En virtud de esta idea, “estar dormido”, sería lo mismo que decir ya se durmió, la acción de dormir terminó.

Como se podrá apreciar, el participio y el gerundio son formas no personales del verbo que cumplen funciones gramaticales muy distintas. Merced a esos particulares oficios, se llega a la conclusión de que en los planos morfológicos y lexicosemántcios fueron muy sabias y válidas las palabras del autor de la novela La familia de Pascual Duarte:

«No es lo mismo estar dormido que durmiendo»

 dcaba5@hotmail.com

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Academia de Ciencias inviste Juan Puello Herrera como miembro 

SANTO DOMINGO. La Academia de Ciencias de la República Dominicana (ACRD) invistió al abogado y escritor Juan Puello Herrera como  Miembro de Número.

Puello Herrera pronunció su discurso de ingreso titulado «El pensamiento Kantiako y las nuevas tendencias del Derecho”.

Trató sobre el Pensamiento kantiano y las nuevas tendencias de derecho.

La categoría de miembro Número designa a aquellas personas que realizan una vida activa y presencial dentro de la academia, a diferencia de aquellos que pertenecen a la misma pero que se encuentran en el extranjero.

El acto estuvo presidido por el ingeniero Eleuterio Martínez, presidente de la ACRD, quien le dio la bienvenida al nuevo integrante de la Comisión de Ciencias Jurídica, Política y Administrativa, al tiempo que definió a Puello herrera como «hombre excepcional, humilde de cuna, de valores propios y lleno de ética y de amor a la patria».

La lectura de la semblanza estuvo a cargo del doctor Manuel Horacio Herrera Carbuccia, coordinador de la Comisión de Ciencias Jurídica, Política y Administrativa.

En el acto estuvieron presentes los expresidentes de la Suprema Corte de Justicia Jorge Subero Isa y Mariano German Mejía; Luis Arias, expresidente de la Junta Central Electoral y los miembros de Número de la ACRD Modesto Cruz, vicepresidente, Manuel Berges Coradin, Luis Scheker Ortiz, José Joaquín Puello, Milena Cabrera y Yocasta Sixtina Valenzuela, entre otros.

jpm-am

Abinader designa consejo para administrar a Punta Catalina

SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader designó con el decreto 192-23 los miembros del consejo de administración de la recién creada Empresa de Generación Eléctrica Punta Catalina (Egepc).

Con este decreto se completa la transición que convierte la Central Termoeléctrica Punta Catalina en una Sociedad Anónima (S.A), que tiene como únicos accionistas al Ministerio de Hacienda, con el 99.9 % del capital social y el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper) con el 0.1 % restante.

Como presidente del consejo de administración fue designado José Manuel – Jochi- Vicente Dubocq. Mientras que Celso José Marranzini Pérez es el vicepresidente ejecutivo, y  Franklin Tomás Báez Brugal, director del Consejo de Administración.

Previo a la conformación del consejo administrativo, el Gobierno precisó que el equipo estaría integrado por cinco miembros designados por decreto, incluyendo un presidente, que será el ministro de Hacienda (exoficio), tres directores y el vicepresidente ejecutivo como secretario con voz, pero sin voto.

wj/am

Alianza por Democracia sugiere modificar ley Cámara de Cuentas 

SANTO DOMINGO.- El diputado y secretario general de la Alianza por la Democracia (APD), Carlos  Sánchez,  afirmó que la crisis por la que atraviesa la Cámara de Cuentas de la República Dominicana requiere una pronta revisión de la ley 10-04 y de los reglamentos que la crean y regulan. 

Consideró que la ley que crea ese suprapoder es infuncional y poco práctica, porque obliga al pleno directivo a tomar sus decisiones por mayoría, teniendo cualquiera de sus miembros, en los hechos, poder de veto.  

«En realidad el presidente de la Cámara de Cuentas está pintado en la pared», señaló en su intervención.  

Observó que que según está establecido en el artículo 18, sobre la función administrativa y en  el artículo 19, dirigido a las atribuciones del pleno, las designaciones y las  decisiones de la institución sólo se pueden realizar con la aprobación de la mayoría absoluta. 

 Para el alto dirigente de la APD,  el argumento que aboga por la designación de nuevos integrantes que no sean miembros de partidos políticos, para evitar la situación que se viene presentando en la CD desde hace varios años, sería poco  eficaz y no resolvería el problema.  

«En este país todos somos miembros de un partido político y de un equipo de béisbol «, sostuvo Sánchez.

jpm-am 

FP acusa pleno JCE entregarse brazos del gobierno

SANTO DOMINGO.- El Partido Fuerza del Pueblo (FP) acusó al pleno de la Junta Central Electoral de entregarse a los brazos del gobierno con el borrador de la resolución sobre el porcentaje de las reservas de las candidaturas dispuesto por la Ley 33-18.

Criticó al pleno por pretender establecer  que el 20 % de las reservas sea aplicado en cada nivel de elección en las elecciones municipales, congresuales y presidenciales del próximo año.

En una instancia sometida ante la Secretaría General de ese organismo por Manuel Crespo, delegado ante la JCE de la FP, la organización liderada por el expresidente Leonel Fernández  expresó su rechazo al borrador presentado. 

“Llama a la reflexión que ese Pleno actúe al margen de toda legalidad institucional  y ajeno a la opinión colectiva de las mayorías, dejando de un lado la posición de más de 26 organizaciones políticas y colocándose a voluntad del oficialismo”, puntualizó. 

Crespo dijo, además, que con la referida resolución el pleno de la JCE pone en riesgo la seguridad jurídica, la certeza y confianza electoral, en medio del montaje de los procesos internos de elección de candidatos en octubre de este año y las elecciones del 2024. 

“Rechazamos en toda su totalidad el Borrador de Resolución  notificado por la JCE y reiteramos que su aprobación y posterior aplicación sería un atentado en contra de la democracia. También haría responsable al órgano comicial del debilitamiento legal, institucional y político nacional, pues parecería que a voluntad se podría cambiar lo que dispone la Constitución y las leyes”, añadió.

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La sal de mesa no sólo es cloruro de sodio

POR HUMBERTO CONTRERAS VIDAL

La composición química de la sal común o sal de mesa (la que utilizamos en la cocina) no sólo es cloruro de sodio (NaCl). La composición química de una sal comercial es variada, depende de la procedencia de la misma y de los procesos industriales a que ha sido sometida.

Lo importante es saber que el sodio (Na), al igual que muchos otros elementos, es necesario para el buen funcionamiento de la máquina humana. Esto es para que ocurran las reacciones químicas en el cuerpo que pueden mantenernos con buena salud.

¿Cuánta sal hace falta comer diariamente?

Organismos internacionales oficiales y gobiernos de distintos países no están enteramente de acuerdo. Sin embargo, en promedio recomiendan que la ingesta diaria de sal no debe superar los 5 ó 6 gramos de sal. Recuérdese que una libra tiene 16 onzas, y una onza son poco más de 28 gramos.

El autor es doctor en ciencias químicas. Reside en Santiago de los Caballeros.

Para mejor comprensión, en la imagen se muestran 6 gramos de sal junto a una cucharita de café y una moneda de un peso dominicano. Se supone que esta es la máxima cantidad de sal recomendada diaria. En realidad, el consumo de sal promedio mundial duplica la cantidad recomendada.

El exceso de sal se ha relacionado con el incremento de la presión arterial. Y esta situación, en nuestra opinión como químico, ha llevado a muchos médicos a que equivocadamente recomienden eliminar totalmente el consumo de sal de sus pacientes hipertensos (los que tienen la presión sanguínea alta).

Lo recomendable es reducir el consumo a los niveles recomendados, nunca eliminar totalmente. No obstante, es la opinión de un químico que poco a poco va entendiendo cómo funciona el organismo contra la opinión médica que, al parecer, desconoce el papel del sodio en el metabolismo celular. Situación similar, y muy discutible, ocurre con los diabéticos y el consumo de fructosa o azúcares de frutas.

Como químico se puede visualizar aún más la importancia del consumo moderado de sal. Ya que ella no solamente proporciona sodio. Sino que, por ejemplo, si revisamos literatura disponible en la internet sobre la composición química del agua de mar podremos encontrar lo siguiente.

El agua de mar contiene sustancias químicas como: cloro (Cl), sodio (Na), magnesio (Mg), calcio (Ca), potasio (K), bromo (Br), estroncio (Es), boro (B) y flúor (F) principalmente. Oligoelementos en concentraciones infinitesimales como: hierro, manganeso, cobre, iodo, silicio, fósforo…

Esto significa que la sal procedente del agua de mar (sal marina) contiene una gran cantidad de minerales que sin lugar a dudas hacen de este producto un “nutracéutico”.  Un nutracéutico es un término de reciente creación que pretende unir el sustantivo “Nutrición” con el adjetivo “Farmacéutico”. Sería algo así como un nutriente que al mismo tiempo sirve como fármaco.

Una idea que, en nuestra opinión, no tiene nada de novedosa ya que sólo nos hace recordar en la historia de la medicina a uno de los gigantes de la misma; Hipócrates, a quien se ha señalado como “Padre de la Medicina.” Que tu alimento sea tu medicina y que tu medicina sea tu alimento. Hipócrates

En pocas palabras, la sal común no solamente es cloruro de sodio. Es una rica fuente de muchas sustancias químicas inorgánicas que son necesarias para mantener la salud.

Con los datos facilitados, desde la química parece ser recomendable el consumo moderado de sal marina. Es muy probable que la composición química de la sal marina sea la más completa. Y quizás, mientras menos industrializada esté más saludable sea. Nunca llegamos a entender por qué en nuestro país se levantaron voces para prohibir la venta y el consumo de sal entera (sal en grano).

Cuando la sal entera procedente del mar parece ser más natural, más sana y con todas esas sales inorgánicas que cristalizan en un simple proceso de evaporación llevado a cabo con la energía de la vida. La luz del sol.

huco71@gmail.com

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