Ordena CDEEE no licitar plantas carbón
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Tribunal Superior
Administrativo (TSA) ordenó este miércoles a la Corporación Dominicana de
Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) que suspenda el proceso de licitación
pública internacional para la construcción de las dos plantas a carbón en Punta
Catalina, Baní, provincia Peravia.
La
disposición del TSA, contenida en el expediente número 030-13-01475, será
efectiva hasta que sea conocido el recurso contencioso administrativo motivado
por una medida cautelar interpuesta por la empresa china Gezhouba Group Company
Limited, CGGC, representada por Zhang Wei; y el Consorcio IMPE, C. por A.,
representada por los dominicanos Raúl Cabrera y Manuel Sebastián.
La
sentencia número 0055-2014 también impacta a la Dirección General de
Contrataciones Públicas que dirige Yokasta Guzmán, a pesar de que ésta solicitó
ser excluida del proceso, por ser la responsable de velar por los procesos de
licitaciones y contrataciones públicas.
Y al Consorcio Odebrecht
Tecnimont, conformados por el empresario Manuel Estrella y la empresa de origen
brasileño.
El Tribunal
aduce que es una obligación de los jueces dar respuesta a los incidentes
planteados por las partes, en vista de que la Procuraduría General
Administrativa no hizo alusión alguna al pedido de solicitud que hiciera la
CDEEE para que se anulara la medida cautelar interpuesta por falta de abogados
de los recurrentes (la empresa china y el Consorcio IMPE); y de que estos
pidieron que ese expediente fuera rechazado “por improcedente, mal fundado y
carente de base legal”.
Asimismo,
bajo el argumento de procesos legales, el TSA afirma en la referida sentencia
que tomando en cuenta el criterio jurisprudencial de la Suprema Corte de
Justicia, procede rechazar la solicitud de nulidad de la recurrida, en este
caso la CDEEE; y de la co-recurrida, Odebrecht Tecnimont.
La
CDEEE está inmersa en el proceso de construcción de dos plantas de generación a
carbón mineral de 384.9 megavatios cada una, para un total de generación de
769.8 megavatios en una central termoeléctrica estatal que conlleva una
inversión de US$1,945 millones, luego que se redujera el monto inicial previsto
en US$2,040 millones.
De
acuerdo con el expediente del TSA, los argumentos se basan en el reclamo de la
empresa china de que en el proceso de licitación presentó una mejor oferta para
la construcción de las plantas a carbón, de US$900 millones, mientras el
Consorcio Odebrecht Tecnimont ofertó US$2,040 millones, “más del doble de los valores
ofertados por el recurrente”.
Además,
cita entre otros argumentos, de Gezhouba Group Company Limited, que las
empresas Odebrecht Tecnimont no cuentan con los recursos de base, sino que la
oferta de buscarlos en la banca nacional.
En
tanto que el Consorcio Odebrecht Tecnimont argumenta que el consorcio chino no
pudo alcanzar el mínimo de 40 puntos exigidos para completar satisfactoriamente
la fase, “proceso que hizo que su propuesta fuera excluida del proceso de
apertura de ofertas económico-semifinalistas”. an-am