OPINION: Valoración y adquisición de Punta Catalina

Todos los bienes están sujetos a una posible compra o venta, salvo el caso del aire y el mar, entre otros. Para que esta operación se realice y cambie la propiedad de un dueño a otro se necesita que se satisfagan las  condiciones básicas de: licitud, determinación y existencia cuando el objeto de la transacción no es el bien si no los derechos u obligaciones sobre el mismo.

El hecho de que se pueda realizar una transacción, por casi todo, implica que sobre el bien a venderse o comprarse se aplica un precio y si se aplica un precio es porque de un modo u otro los mismos tienen algún valor.

Lo mismo ocurre con las empresas, las cuales son objeto de compra o venta y dicha operación debe llevar un precio asociado.

Antes de conocer el precio o rango de precios posibles al comprarse o venderse una empresa, previamente, se debe valora la misma.

La valoración de una empresa es el proceso mediante el cual se busca la cuantificación de los elementos que constituyen el patrimonio de una empresa, su actividad, potencialidad o cualquier otra característica de la misma susceptible de ser valorada.

Cuando se valora una empresa se debe determinar el valor intrínseco o teórico para lo cual el analista utilizará fundamentalmente los datos históricos y objetivos observados en el pasado sobre los que establecerá hipótesis y escenarios futuros.

Conforme Raúl Gómez Martínez, (2014), se entiende que el objetivo de un ejercicio de valoración de una empresa no es calcular su precio ya que valor y precio son conceptos completamente diferentes.

El valor intrínseco o teórico es una cantidad que ha sido obtenida mediante un análisis más o menos técnico el cual se fundamenta en unos datos objetivos y contrastables.

La valoración de una empresa no deja de ser una actividad subjetiva ya que se fundamenta en hipótesis sobre el comportamiento futuro del negocio, normalmente en un entorno incierto.

Para evitar la subjetividad en la valoración de una empresa los analistas deben realizar un análisis riguroso de los datos de las partidas de la valoración contrastando la hipótesis con las opiniones de expertos o la utilización simultanea de más de un método de valoración, con el objetivo de llegar a las conclusiones y recomendaciones más prudentes.

Por el contrario el precio de una empresa u otro bien es el fruto de un proceso de negociación que en muchos casos puede llegar a ser complejo y que está determinado por muchos factores.

El comprador lógicamente pretenderá minimizar el precio a pagar mientras que el vendedor intentará maximizar el precio, ambos en base a la información que dispone cada una de las partes.

La fortaleza de uno u otro en sus posturas vendrá determinada por la información de la que dispongan o la urgencia que les apremie para cerrar el acuerdo, existiendo factores exógenos que afectan a ambos y que condicionan el contexto en el que se desarrolla la negociación (nuevas regulaciones, factores tecnológicos, factores de mercado, competencia, entre otros).

Mírese como se mire, el objetivo de cualquier negociación es llegar a un acuerdo. Si no se llega a dicho acuerdo la negociación ha fracasado, ya sea porque el planteamiento de la transacción era inviable desde el inicio o bien porque los negociadores no han sido capaces de dialogar y llegar al punto de equilibrio que facilite el acuerdo.

En una negociación para la compra o venta de una empresa será determinante la valoración de la misma que utilicen las distintas partes pero se puede colegir que el valor y precio son conceptos totalmente diferentes ya que el primero es el resultado de un análisis mientras que el segundo es el fruto de una negociación.

En estos días la prensa se ha hecho eco de la intención del Gobierno Dominicano de vender el 49% del capital de las plantas a carbón de Punta Catalina, originalmente se estipuló que dicho porcentaje sería objeto de venta una vez concluyera el proceso de construcción.

Algunos se han opuesto de que dichas plantas se vendan parcial o total al sector privado ya que el costo de la energía a servir por dichas instalaciones llegará al usuario a un costo por encima de los US$10.00 el KWH con lo que se dejaría a un lado el propósito de que dicho precio fuese abaratado y el servicio fuese asequible a favor de la mayoría de los dominicanos.

Se comenta también que la energía que servirán las tres generadoras de energía Punta Catalina no garantizará la desaparición de los famosos y eternos apagones.

Se recomienda o sugiere que la venta del 49% del capital de Punta Catalina no debe ser un proceso festinado, tampoco de grado a grado sino que sea el fruto de un proceso riguroso conociendo previamente su valor intrínseco para luego establecer se verdadero precio.

Que esta venta no vaya a parar a manos de personas ligadas al gobierno pues sería un negocio de vacas flacas pues estos se beneficiarían de precios concesionarios.

Quienes compren el 49% de las susodichas plantas deben asumir los activos como los pasivos conjuntamente con el Gobierno Dominicano quien mantendría el 51% del capital, por lo que dicho proceso debe de hacerse con la rigurosidad y transparencia requeridas para que la misma no sea una carga más para los dominicanos.

Que se incluyan todos los aspectos envueltos en los activos y pasivos y que la misma se haga tomando en cuenta los flujos de efectivos libres, es decir, después que la empresa haya cubierto todas sus obligaciones inclusive la penalidad a la que fue condenado en arbitraje el Gobierno Dominicano por alegados sobrecostos en la construcción la cual asciende a US$708 millones (pasivo contingente) a favor de la empresa ODEBRECH.

Se sugiere que las acciones comunes de dichas plantas sean negociadas en el mercado primario mediante el mercado de valores de la República Dominicana que no obstante ser incipiente, en los dos últimos años ha mantenido un crecimiento sostenido.

Se informa oficialmente que las tres empresas distribuidoras de electricidad: Edenorte, Edesur y Edeeste, cedieron sus acciones o participación en el capital de la Central Termoeléctrica Punta Catalina a favor de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CDEEE) y del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper).

Dicha concesión se realizó para facilitar la constitución de la Sociedad Comercial: Central Termoeléctrica Punta Catalina de la cual la CDEEE será propietaria del 99.2% y el Fonper del 0.8% para la cual han hecho un aporte de capital de US$622.0 millones y asumido una deuda de US$1,750.9 millones con el Estado, con los que se completan los US$2,372.9 millones invertidos hasta ahora en la obra costo que se elevaría a unos RD$3,080.0  millones de pagarse a ODEBRECH los US$708.0 millones de arbitraje.

Se cuestiona también el hecho de que se quiera vender el 49% del capital de esta empresa ahora en plena campaña electoral cuando dicho proceso se debería dejar a las nuevas autoridades que asumirán sus funciones el próximo 16 de agosto del año 2020.

Lo  importante y lógico ahora es que las nuevas propietarias (CDEEE y Fonper) de la Termoeléctrica Punta Catalina determinen con exactitud en el momento que sea su verdadero valor y precio tomando en cuenta todos los aspectos que atañen a dicha empresa generadora de electricidad a los fines de que el pueblo dominicano, propietario genuino de esta, no sea el gran perdedor desde el punto de vista del dinero pagado en impuestos como en el pago del servicio eléctrico que podría llegarle sumamente alto.

Que realmente se respecte todo el proceso de valor, precio y negociación escogiendo una empresa evaluadora de reconocida solvencia económica, técnica y moral a nivel internacional para que tanto su valor y precio no se aparten de la realidad del mercado en base precisamente a al valor y precio razonables.

felix.felixsantana.santanagarc@gmail.com 

jpm/of-am

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