La pena de muerte 

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El autor es periodista. Reside en Baní

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“El que hiriere a alguno, haciéndole así morir, él morirá”, Éxodo 21:12. 

Judas Iscariote luego del beso traidor al maestro en señal de arrepentimiento no solo devolvió las monedas recibidas sino que se ahorcó.

Aquí después asesinar de varios disparos al ministro Orlando Jorge Mera, el autor acude a una iglesia donde le pide a un cura que le garantice la suya.

Muchas personas tras sus crímenes se quitan la vida en una especie de mea culpa, mientras otras, como este caso, reclaman le preserven la suya.

Si el derecho a la vida está establecido en la declaración universal de los derechos humanos y en la mayoría, sino todas, las cartas magnas, la violación del mismo debe suponer la pérdida de esa prerrogativa para quien comete el crimen, no así para las instituciones que cobran la pena.

Una de las grandes fallas de la democracia es no establecer la pena de muerte en casos de crímenes horrendos en los que no hayan dudas, más aún cuando el causante lo admita.

El debate sobre el tema ha sido amplio y siempre se ha temido el uso selectivo o el error. Sin embargo hay casos que no dejan margen de dudas y la aplicación puede producirse sin darle muchas vueltas al caso.

Aún cuando la frase de Jesús de que “quien a hierro mata, a hierro muere” ha sido tergiversada, sacada de contexto, la expresión cobra vida para los que cometen hechos horrendos que estremecen los cimientos de las sociedades.

En varias naciones se establece la horca, el fusilamiento y otras formas de aplicar una especie regulada de la famosa ley del Talión.

Hay crímenes horrendos en debe ahorrarse el llamado debido proceso a quienes no lo respetaron con su accionar criminal.

Hay que establecer por la vía legal situaciones en que evitemos largos y costosos juicios a quienes no lo merecen. Nuestras cárceles estarían más despejadas y la sociedad más saneada.

jpm-am 

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