La nacionalidad dominicana, en la picota

Durante varios siglos, era
costumbre exhibir las cabezas de los condenados
y de los reos en unas columnas de piedra, llamadas picotas. Era una
forma de escarmiento y de lección moral, practicada en tiempos ya remotos, que
el progreso de la justicia, ha echado en
el olvido y ha suprimido, afortunadamente, de las plazas coloniales. De ahí nació la expresión poner en la picota.
Es decir, provocar la demolición moral, echar por tierra el prestigio y el
honor de una persona o de un país.

En muchos dominicanos, la
imagen que tienen de la picota es la de la banqueta de picar la carne o de destazar a los
animales. No andan lejos de la realidad.

En las últimas semanas,
las autoridades dominicanas, contraviniendo
el dictamen de la Sentencia 168/13, que establecía que a todos los
descendientes de padres extranjeros que
se hallaren inscritos irregularmente en
el Registro Civil no le correspondía la nacionalidad dominicana. Tal como es
norma imperante desde México hasta Chile. En contraposición a esa norma que vincula a todos los poderes públicos, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 169/14 que
manda a la Junta Central Electoral a entregarles a todas las personas que se
hallan en la circunstancia de la señora
Deguis Pierre, actas de nacimiento,
cédulas de identidad y electoral y pasaporte.

Hasta ahora la Junta
Central Electoral ha quebrantado un millar de veces las disposiciones
establecidas en la Sentencia 168/13. Y al
parecer, el procedimiento continuará pisoteando esas disposiciones
miles de veces más. Según las disposiciones de la Sentencia, esas personas
debieron agotar un proceso de regularización. Y, en caso de desearlo, solicitar
la naturalización, con arreglo a las leyes vigentes.

Dos grandes errores se han
cometido con esta medida que descuartiza la nacionalidad dominicana.

1. Se le entrega la nacionalidad dominicana a extranjeros sin arraigo
nacional, que, en muchos casos desprecian nuestra historia, se burlan de
nuestros valores, incumplen nuestra Constitución y nuestras leyes, y andan en
conciliábulo con poderes extranjeros para hacer naufragar nuestra soberanía
nacional;

2. Los haitianos con
papeles dominicanos carecen de lealtad al país. Su propósito es traspasarle los
derechos adquiridos a sus familiares con los cuales se hallan hermanados por vínculos consanguíneos.

1. Naturalizar
extranjeros sin arraigo nacional

En la mayoría de las naciones, para incorporar mediante la naturalización a
un extranjero, se le exige un protocolo de arraigo en la sociedad a la que desea pertenecer.

1. Residir legalmente en el país;

2. Leer, hablar y escribir la lengua de la sociedad a
la que se quiere pertenecer;

3. Demostrar el conocimiento de la historia, de la cultura
de la sociedad que lo acoge. Venerarla,
y adoptar como suyos sus símbolos
patrios (bandera, himno nacional, monumentos, efemérides nacionales etc.) . 4) respetar su
Constitución y sus leyes y sus valores; 5. No tener antecedentes judiciales;

6) renunciar a la lealtad a otros Estados y a otras
sociedades

7) no representar un riesgo a la seguridad nacional ni
a la continuidad del Estado.

Todos estos
procedimientos concluyen con una
ceremonia de juramentación. En muchos casos,
el compromiso queda refrendado en el libro de los deberes y derechos del
ciudadano. En todos los casos, los extranjeros naturalizados se comprometen a
defender a la nación, incluso con las armas, si ésta entrare en guerra o
conflicto. En todos los casos, se les prohíbe atentar contra los intereses
fundamentales de la nación. Así acaece en Estados Unidos, Canadá,
Francia, España, e incluso en Haití.

En artículo 22 del decreto de 6 de noviembre de
1984 que establece el procedimiento de naturalización en Haití se obliga a los
candidatos a pronunciar el juramento siguiente “Yo renuncio a toda otra patria que no sea
Haití”.

Lo que demuestra que los haitianos defienden con más
ardor su territorio y su nacionalidad que los dominicanos el suyo.

La
nacionalidad dominicana ha sido colocada
en la picota. Ha entrado en un proceso de demolición. Ya no se basa en el respeto a la Constitución
y en las leyes; ni se fundamenta en el
mérito, ni en el cumplimiento de los deberes ciudadanos, sino que se distribuye
gratuitamente a aquellos que se han propuesto, conscientemente, destruirla.

2. El rechazo de la lealtad al país.

La nacionalidad implica
derechos y deberes. Todos los
dominicanos tienen derecho a participar en la dirección de la cosa pública, ya
sea directamente, o mediante la elección de representantes ejercida en el sufragio universal. Los ciudadanos pueden, igualmente, acceder a las funciones del Estado, disfrutar
de los bienes y los servicios públicos, trabajar en condiciones de
igualdad ; tomar parte en la vida cultural y en la promociones de las
tradiciones y valores nacionales

Los
ciudadanos tienen, además, deberes que les
exigen todas las sociedades. Están
llamado a defender el interés general: el medio ambiente, la cultura que nos
une; a enfrentar todas las amenazas que
comprometan la seguridad del Estado, solidaridad entre los nacionales, la
Independencia y la integridad territorial de la patria. Están llamados por la Constitución y las leyes a mantener
relaciones de lealtad con el Estado y con la nación, a no apoyarse en otros Estados y en poderes
transnacionales para desacatar sus leyes y agredir a sus instituciones.

A todos esos deberes faltó la señora Julienne
Deguis Pierre, cuando se convirtió en instrumento de los propósitos de la
Misión de ACNUR y del señor Gonzalo
Vargas Llosa que se ha propuesto traspasarle al país las obligaciones jurídicas
con ciudadanos de otro Estado. Esos
haitianos con papeles dominicanos son la avanzadilla de la campaña tomando
nuestro territorio (TNT).

¿Qué ocurre cuando los
individuos que obtienen la nacionalidad , en esas condiciones, no consideran un
deber defenderla, respetar su bandera, su Constitución y sus leyes?

Se produce una ruptura de
la cohesión nacional.

El pueblo dominicano tiene
derecho al ejercicio de su autodeterminación,
a determinar libremente su desarrollo económico y social. Cuando un pueblo es
oprimido o dominado por otro, tal cual ocurrió de 1822 a 1844, con la ocupación
haitiana, tiene derecho a la
Independencia, a libertarse de la
dominación extranjera, ya sea de orden político, cultural o económico.

Hoy como ayer, la trinchera del honor, de la que habló el glorioso coronel Caamaño,
está en defensa de la soberanía nacional, en la defensa de la Sentencia 168/13
del Tribunal Constitucional, en la defensa de nuestra nacionalidad y en evitar
que la nación entera pierda el control de su territorio, de sus empleos y de su
porvenir. Por
más cuentos que nos cuenten, por más dialéctica que empleen, el pueblo
dominicano no va aceptar que Haití imponga
su voluntad en la Republica Dominicana. No vamos a aceptar que se desmantele la
Independencia nacional fundada por los gloriosos Trinitarios en 1844. Sólo el
patriotismo salva a los pueblos de la
destrucción, promovida por los traidores y
por la colonización extranjera. A los dieciséis Martí definió en Abdala,
la fuerza invencible del patriotismo:

El amor, madre, a la patria
No es el amor ridículo a la tierra,

Ni a la yerba que pisan nuestras plantas;

Es el odio invencible a quien la oprime,

Es el rencor eterno a quien la ataca

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