Gobierno destaca incremento sanciones en la nueva Ley de Lavado

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Gustavo Montalvo.

Santo Domingo, 22 may (EFE).- La nueva Ley de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, aprobada recientemente en el Senado, incrementa significativamente las penas y sanciones, «y supondrá un gran avance en la lucha contra el crimen y la impunidad», afirmó hoy el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo.

Según explicó el funcionario en un comunicado, la normativa aumenta las infracciones precedentes, y ahora incluye «delitos cometidos por funcionarios en el ejercicio de sus funciones, la falsificación y adulteración de medicamentos, o los delitos fiscales y medioambientales, entre otros» supuestos.

«Con esta nueva ley, cualquier funcionario público que se enriquezca ilegalmente en el ejercicio de sus funciones podrá ser perseguido también en el marco del lavado de activos, lo mismo que aquellas empresas que se enriquezcan mediante fraude fiscal o la depredación del medio ambiente», indicó.

La nueva norma aumenta hasta los diez años el tiempo mínimo de prisión para algunas conductas que tipifican el lavado de activos, y las multas ascienden hasta los 200 salarios mínimos, duplicando los montos actuales.

A juicio de Montalvo, uno de los avances más importantes de la ley es la eliminación de las acciones al portador y que «se da plazo a empresas inactivas para regularizar su estatus, evitando así que se utilicen para actividades de lavado de activos, ocultando el beneficiario final de esas acciones o cuotas sociales».

La ley también fortalece la capacidad sancionadora de los entes supervisores para empresas que no tengan un buen sistema de manejo de riesgos, y fortalece la autonomía e independencia de la Unidad de Análisis Financiero (UAF).

El funcionario aclaró también que «las bancas de apuestas y juegos de lotería no se han excluido del ámbito de aplicación de la ley, pues toda persona física y jurídica, sin importar el sector al que pertenezca, puede ser perseguida y condenada penalmente en caso de incurrir en delitos precedentes o lavado de activos.»

En este sentido matizó que las bancas de apuestas y loterías «no se incluyeron como nuevos sujetos obligados, debido a que el estándar del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) establece solo a los casinos, y en caso de que sus clientes hagan operaciones superiores a 3,000 dólares», aclaró.

No obstante, cuando un propietario o ejecutivo de una banca de apuestas hace algún tipo de operación bancaria o inmobiliaria se le debe realizar una debida diligencia ampliada, debido al riesgo vinculado al alto movimiento de efectivo de sus actividades.

Los sujetos obligados son las empresas que deben implementar estándares de conocimiento de sus clientes para evitar que los mismos los utilicen como mecanismo para lavar activos provenientes de actividades ilícitas.

Además de casinos, la nueva lista de sujetos obligados incluye a agentes inmobiliarios, firmas constructoras, fiduciarias, entre otras, atendiendo a los requerimientos del GAFI.

«Esto no es una lista cerrada, en todo caso. Se pueden incluir otras entidades como sujetos obligados por resolución del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, luego de estudios sectoriales de riesgos y previa consulta pública», explicó Montalvo.

En ese sentido, el funcionario indicó que «la inclusión o no de un tipo de un sector como sujeto obligado depende de la actividad de sus clientes», de modo que «si en el futuro se determina que están realizando transacciones de alto monto y poca transparencia, el Comité Nacional podrá incluirlos como sujetos obligados».

Las modificaciones propuestas a la ley se han realizado siguiendo los estándares y recomendaciones del GAFI y en el marco de la evaluación que se realizará al país este año, tanto por Foro Global como por GAFILAT. EFE

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