SANTO DOMINGO.- La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) y Participación Ciudadana (PC) opinaron que la Junta Central Electoral (JCE) está obligada a inscribir la candidatura de Leonel Fernández, luego que el Tribunal Superior Electoral (TSE) dictaminara que él no tiene impedimento constitucional para postularse a la presidencia de la República,
Servio Tulio Castaños Guzmán y Carlos Pimentel, directores ejecutivos de dichas entidades, explicaron en declaraciones separadas que el TSE es la máxima autoridad en materia contenciosa electoral y sus decisiones son ejecutorias de pleno derecho.
«Conviene recordar que, tal y como lo dispone la Constitución y la ley 29-11 en su artículo 3, el TSE es la máxima autoridad en materia contenciosa electoral y sus decisiones son ejecutorias de pleno derecho, solo quedando abierta la vía del recurso de revisión por ante el Tribunal Constitucional, el cual no tiene efecto suspensivo de conformidad a lo que establece el artículo 54.8 de la ley 137-11», explicó Castaños Guzmán.
Agregó que «el Tribunal Constitucional, mediante criterio jurisprudencial, se ha referido estatuyendo que frente a una vulneración o violación a derechos ciudadanos o derechos fundamentales de naturaleza político-electoral, estaría sujeto a la competencia del TSE, de acuerdo al marco constitucional y legal que se contempla en el artículo 214 de la Constitución y de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral».
De su lado, Pimentel dijo: “Ahora mismo lo que debe hacer la JCE es acatar la decisión del TSE, que es el órgano jurisdiccional en materia electoral. Y después, lo que tiene que ver con el TC, que falle cuanto entienda, pero ahora mismo la Junta debe acatar la decisión del TSE”.
“Recordemos que la reacción de la Junta fue previo a conocer el recurso y la sentencia del TSE, por eso sobreseyó hasta tanto el TC conociera, pero ahora no, ahora tiene una decisión del TSE, que es un mandato que le está dando”, indicó.
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