La Junta Central Electoral (JCE) es la encargada de distribuir la asignación presupuestaria a los actores de la política y la “democracia” dominicana, según lo estipulado en la Ley Electoral, sin embargo, presenta debilidad a la hora de supervisar y dar seguimiento al uso que dan los partidos a los fondos asignados.
En este sentido, la JCE ha aceptado los informes que emiten esas organizaciones, como “Rendición de cuentas” de sus gastos electorales sin verificar la autenticidad de los mismos.
La debilidad institucional, la tolerancia y el poco esfuerzo por transparentar los gastos electorales, ha sido un motivo para que dirigentes de los ¨partiduchos o partidos Sanguijuelas o Garrapatas¨ se hayan construido fortunas personales de sus ¨Lideres¨, con fondos no invertidos, pero obtenidos del Presupuesto Nacional.
Entendiéndose como “partidos Sanguijuelas o Garrapatas” a aquellos partidos dentro de un sistema político que tienen muy poca influencia respecto a otras fuerzas políticas mayores. Por lo general, eligen muy pocos puestos de elección popular, si es que eligen alguno, y tienen casi nulas posibilidades de obtener el poder ejecutivo del país o ser de las primeras fuerzas de oposición.
Algunos de esos grupos han nacido del lavado activo, el juego y dinero de oscura procedencia, seudo sindicalismo, extorsión y el chantaje.
En el país esos partidos son los llamados ¨grupos emergentes¨ o representantes de los pequeños grupos sociales, pero no son más que un gran negocio para un grupo de ¨avivatos¨ que han decidido vivir de los fondos del Estado y adquieren lujosas mansiones en la icónicas avenida Bolívar a nombre de su principal dirigente, como local del grupo.
La Ley Electoral No. 275-97 establece que debe incluirse en el Presupuesto General de la Nación y en la Ley de Gastos Públicos un fondo equivalente al 1/2% de los ingresos nacionales en los años donde se realicen elecciones generales y 1/4% cuando no se realicen elecciones.
Para las elecciones del pasado 2020, el presupuesto asignado fue de RD$3,013,903,594.00, sin embargo, los partidos terminaron manejando recursos del Estado ascendentes a los RD$4,013 millones.
Mientras que, de acuerdo con los porcentajes establecidos por la Ley, la JCE, en años no electorales se distribuyen RD$1,260,400 mil millones entre los diferentes partidos, movimientos y agrupaciones políticas.
Esta cifra constituye la más alta contribución económica entregada desde 1998, año en que se dispuso otorgarles fondos del Presupuesto Nacional
Según se establece en la mencionada Ley: “El ochenta por ciento (80%) se distribuirá en partes iguales entre 10 partidos que obtuvieron más del cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en los últimos comicios”.
Los partidos que superaron esta cifra son el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), con 44.95% y 32.30%, respectivamente, los cuales estarán recibiendo alrededor de RD$43 millones mensuales, para obtener un total de RD$1,008.320.000.00.
El documento, también reza que: “El veinte por ciento (20%) se distribuirá de la siguiente manera: el doce por ciento (12%) en partes iguales para los que obtuvieron menos de un cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en las elecciones previas y los de nuevo reconocimiento si los hubiere; el restante ocho por ciento (8%) se distribuirá en proporción a los votos válidos obtenidos por cada uno de los partidos que obtuvieron menos del cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones.”
La suma de RD$151,248,000.00, equivalente al 12% de los fondos será distribuida en partes iguales a la Fuerza del Pueblo (FP) con 4.25%, el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) con un 3.97%, el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) con 3.24%, Alianza País (AlPaís) con un 1.29% y Dominicanos Por el Cambio (DxC) con 1.15%.
El restante 8% equivale a RD$100,832.000.00 y será distribuido entre los 18 partidos que obtuvieron entre un 0.01% y 1%.
Los que no alcanzaron el 1% son: Bloque Institucional Social Demócrata (BIS) 0.99%, Partido Cívico Renovador (PCR) 0.87%, Partido Humanista Dominicano (PHD) 0.84%, Frente Amplio 0.76%, Movimiento Democrático Alternativo (MODA) 0.74%, Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD) 0.73%, Partido de Unidad Nacional (PUN) 0.72%, Alianza por la Democracia (0.59%), Partido Acción Liberal (PAL), Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC) 0.41%, País Posible (AlPais) 0.40%.
También la Unión Demócrata Cristiana (UDC) 0.40%, Partido Popular Cristiano (PPC) 0.40%, Fuerza Nacional Progresista (FNP) 0.28%, Partido Demócrata Popular (PDP) 0.27%, Partido Revolucionario Independiente (PRI) 0.23%, Partido Nacional de Voluntad Ciudadana (PNVC) 0.19%, Partido Demócrata Institucional.
El Partido Verde con 0.13% participó en un nivel de elección y el Partido Liberal Reformista (PLR) obtuvo 0.63% y estuvo en los tres niveles de elección.
RAZONES PARA PERDER EL RECONOCIMIENTO
Por tal razón, es necesario evaluar el artículo 75 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos el cual indica las razones para perder el reconocimiento como partido político.
Las causas mencionadas en el referido texto son:
“1) No haber obtenido por lo menos un uno por ciento (1%) de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones nacionales ordinarias, presidencial, congresual, municipal o de distrito municipal correspondiente al mismo período electoral;
2) No haber obtenido representación congresual o municipal en las últimas elecciones generales;
3) No haber participado en dos elecciones generales ordinarias sucesivas organizadas por la Junta Central Electoral o habiendo participado en estas, por no haber alcanzado los porcentajes establecidos en el numeral 1) del presente artículo;
4) Por acto voluntario adoptado por los organismos internos partidarios correspondientes, acorde con lo establecido en los estatutos de la organización partidaria, agrupación o movimiento político;
5) Por fusión con uno o más partidos, conforme la legislación electoral vigente; y
6) Cuando concurra aliado y el candidato que es aportado en la alianza por la organización política no alcance a ganar la posición para la que se presentó como candidato, ni alcanza el porcentaje requerido en el numeral 1) de este artículo”.
JPM


Trump elige a Susie Wiles como jefa del gabinete en Casa Blanca
Abinader entrega muelles en Río San Juan y Cabrera para la pesca
Primer Ministro Haití seguirá en Puerto Rico, su futuro es incierto
Santiago: Banreservas realiza 2do. foro “Reserva tu Capital”
La Gran Parada Dominicana del Bronx celebrará 37 aniversario
El TSE declina ante TC recurso contra reglamento de encuestas
El miedo al «cuartito» (OPINION)
La Villa de los XXV Juegos Centroamericanos: estrategias para un legado sostenible
Delegación de R. Dominicana conforma 710 atletas para JCC
Los 10 dólares: una promesa incumplida y un nuevo cobro a la diáspora (OPINION)
ETED culminará reconducción línea de 69 kV en Puerto Plata
Nuevas controversias con el Código Penal
ADIE llama a fortalecer la resiliencia del sistema eléctrico


