SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dictó una orden de conducencia en contra del ministro de Educación, Carlos Amarante Baret, por no comparecer al juicio de fondo seguido a una mujer acusada de estafar a ese ministerio con 47 millones de pesos, en la compra de unos terrenos para la construcción de dos centros escolares.
Los jueces, Pilar Rufino Díaz, Daira Medina y Delio Germán, ordenaron además la conducencia de la consultora jurídica del Ministerio de Educación, Teresa Bencosme así como de los señores Franchesca de los Santos, Martín Rodríguez García, Omar Francisco Fernández y la perito Iris Montero.
La orden de conducencia se produce luego de que estos testigos fueran citados mediante acto de alguacil y no comparecieron al tribunal.
En ese sentido la doctora Ingrid Hidalgo, abogada de la imputada Reina Margarita Núñez Infante, pidió al tribunal que dictara la conducencia de esos testigos ya que fueron citados regularmente.
La querella fue presentada por el ministro de Educación, Carlos Amarante Baret, a través de los abogados Manuel Fermín Cabral, Guillermo Sterling y Pedro Balbuena, por la estafa que habría cometido en su contra Reina Margarita Núñez Infante y su esposo, que posteriormente falleció.
En la misma se alega que el presidente Danilo Medina emitió el decreto 354-13, mediante el cual declara de utilidad pública e interés social los terrenos que vendió a imputada al Ministerio de Educación para la construcción de una escuela.
Abogados
Los abogados del Ministerio de Educación aclararon que el ministro Carlos Amarante Baret no estaba obligado a acudir como testigo al Tribunal donde se conoce el caso.
Manuel Fermín Cabral, Pedro Balbuena y Guillermo Sterling alegaron la comparecencia del funcionario no procedía, dado que su testimonio no le fue admitido a la defensa de la imputada, quien lo propuso como testigo a descargo de las imputaciones hechas por el MINERD en su contra.
Explicaron que el auto de envío a juicio emitido en fecha 29 de marzo de este año por la magistrada del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional no establece entre las pruebas testimoniales a ser ponderadas, la declaración o comparecencia de Amarante Baret.
sp/am


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