SANTO DOMINGO.- Este lunes 2 de abril vence el plazo que tienen los contribuyentes «Personas Físicas» para presentar su declaración jurada anual del impuesto sobre la renta correspondiente al año 2017 y pagar por este concepto, recordó la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Informó que ha realizado modificaciones en el formulario de declaración, a fin de simplificar el proceso de presentación de la misma. Los contribuyentes que deseen hacerlo de manera virtual tienen a su disposición la opción Declaración Interactiva, en la página www.dgii.gov.do.
El Impuesto sobre la Renta (ISR) es un impuesto anual aplicable sobre toda renta, ingreso, utilidad o beneficio obtenido por personas físicas y profesionales liberales que perciben múltiples ingresos, ya sea por salarios, ventas y/o alquiler de bienes muebles o inmuebles, prestaciones de servicios, préstamos en general, inversiones o ganancias financieras en el exterior, entre otros.
Los pagos de este impuesto podrán ser efectuados en los bancos comerciales autorizados, a través de sus canales como ventanilla y pagos en línea, así como en el área de caja de las Administraciones Locales de todo el país.
En virtud de los artículos 26, 27, y 252 del Código Tributario, la no presentación de este impuesto en fecha hábil es pasible de recargos por mora, por el monto de un 10% sobre el valor del impuesto a pagar, por el primer mes o fracción de mes, un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente; así como un 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes sobre el monto a pagar.
sp-am


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