Culminando un litigio que se inició hace cinco años cuando el magnate del comercio banilejo Wilton Guerrero Dumé, senador (PLD-Peravia) acusó sin pruebas al expresidente Hipólito Mejía de reunirse con el capo de Sinaloa Joaquín Guzmán Loera (Chapo), el acusador expresó disculpas ante el tribunal al acusado, recordando un episodio análogo que aconteció en la Cuba corrupta del presidente Carlos Prío Socarrás.
Resulta que el legislador y productor de programas de radio y televisión Eduardo Chibás Rivas acusó de malversación de fondos, que era como se tipificaba la corrupción en esa época, al Ministro de Educación, Aureliano Sánchez Arango, sin el elemento indispensable de la prueba, que en jurisprudencia es el elemento sine qua non para condenar.
Ante la insistencia de Sánchez Arango a Eddy Chibás de presentar la prueba ante el tribunal y no disponerla, sino que la esparció por la radio en base a comentarios, y los comentarios nunca pueden constituirse en prueba, Eddy Chibás, en plena cabina de la CMQ Radio, se suicidó disparándose un tiro en la sien, el 16-08-1951, en un estampido que repercutió en los 1,200 kilómetros del territorio cubano.
Es algo parecido, aunque exento, válgame Dios, por suerte, del estampido mortal del suicidio, del affaire Guerrero-Mejía, que ha concluido con disculpas del acusador al acusado, y perdón del acusado al acusador, ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, jurisdicción de juicio correspondiente al senador por Peravia. Caso que no debió extenderse cinco años, sino que, mucho más elegante y altruista, debió, enseguida, el senador y magnate acusador, ofrecerle la rosa de la disculpa al acusado.
Ambos ganaron con disculparse y perdonarse.
Caso cerrado, ejemplo e inflexión para no repetirse “nunca jamás”.
JPM

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Hay que modificar la ley que persigue este delito, ya que la sensura previa es un elemento esencial en la libertad de prensa mundial y NO debe aplicarse a los servidores publicos o ciudadanos que manejen fondos publicos. Cualquier indice de corrupcion en un servidor publico debe comenzar con la denuncia publica por cualquier medio y la responsable de investigar es el ministerio publico que ya sabemos que su inercia es permanente.
Da la impresión de que no estas claro en cuanto al concepto de «sensura previa», que se refiere coartar al derecho de expresarse antes de emitir la expresión, no después, como es este caso. Censura previa existió en los casos donde a Bosch, Peña Gomez, y otros se les prohibía hablar por radio y TV. De perseguirse después de hablar, podría ser persecusion política, ideológica, por intereses, revancha…. Previa se refiere a algo que sucede antes…de el hecho. Ademas, en tu primera linea usas la palabra «delito», los delitos, cualquiera que sea su naturaleza, deben ser perseguidos.