Por OSIRIS RAMIREZ PONCE DE LEON
El Sistema Armonizado SA, nomenclatura internacional basada en un convenio internacional que sirve de base para los aranceles aduaneros, para la compilación de las estadísticas del comercio internacional, para la identificación de las mercancías objeto del transporte internacional en 211 economías del mundo, de las cuales 158 países son parte contratantes de dicho convenio.
La nueva edición del Sistema Armonizado 2022 (7ma. enmienda) es la encargada de realizar cambios importantes en la estructura de la nomenclatura del sistema armonizado con un total de 351 conjuntos de cambios que cubren una amplia gama de productos objeto de comercio internacional.
Dentro de los cambios citados, se priorizan los siguientes:
- Los desechos eléctricos y electrónicos llamados E-waste.
- Los productos a base de tabaco y nicotina.
- Los vehículos aéreos no tripulados (UAV) por sus siglas en inglés, comúnmente conocido como Drones.
- Los productos de fibra de vidrio y sus manufacturas.
- Las maquinarias de conformado de metales.
- Los ensambles intermedios multipropósitos.
- Los módulos de pantalla plana.
- Las herramientas para el diagnóstico rápido de enfermedades infecciosas (Kits de diagnósticos y placebos para ensayos clínicos).
- Los materiales radioactivos y los gabinetes de seguridad biológica.
- Los artículos necesarios para la construcción de dispositivos explosivos improvisados (Detonadores).
- Productos químicos peligrosos controlados
- Contaminantes orgánicos persistentes (COP)
- Productos y precursores de fentanilo
Así como también múltiples cambios para la aclaración y alineación entre las versiones francesas e inglesas del Sistema Armonizado, por ejemplo, los productos de madera en bruto.
Si bien se entiende que el 1ro de enero 2022 parece muy lejano, es prioritario iniciar los trabajos a nivel de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y de las Aduanas Nacionales para la correcta implementación oportuna de la 7ma enmienda. Cabe resaltar que actualmente la OMA desarrolló la tabla de correlación necesarias entre la 6ta y 7ma enmienda, y se encuentra trabajando en las notas explicativas y en las opiniones de clasificación en el nuevo índice alfabético y en la nueva base en línea, por lo tanto, las administraciones aduaneras nacionales y las comunidades económicas regionales tienen el enorme compromiso y la inaplazable tarea de garantizar la implementación de estos cambios.
Por eso alentamos a los sectores económicos dominicanos a iniciar con urgencia el proceso de preparación para la implementación de la 7ma enmienda del SA. Como base de su arancel nacional.
sp-am


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