Santo Domingo, 15 may (EFE).- El presidente de la República, Luis Abinader, emitió este viernes un decreto que modifica el artículo 21 del Reglamento de Licencias de Conducir, con el objetivo de actualizar los períodos de vigencia de las licencias y permitir que las personas con más de 65 años puedan renovar sus licencias por un periodo mayor a los dos años, como estaba en la actualidad.
El decreto establece que las licencias de conducir correspondientes a las categorías 01, 02 y 05 tendrán una vigencia de cuatro años hasta que el titular cumpla los 75 años.
A partir de esa edad, la renovación deberá realizarse cada dos años, de acuerdo con el decreto presidencial.
En tanto, para las categorías 03 y 04, el período de vigencia será de tres años hasta los 75 años, y posteriormente deberá renovarse cada año.
La normativa también contempla que el tiempo de vigencia podrá ser reducido si durante el proceso de emisión o renovación se determina que el conductor presenta alguna enfermedad o condición susceptible de agravarse y que pueda afectar la conducción segura.
El decreto mantiene las evaluaciones periódicas establecidas en el Reglamento de Licencias de Conducir, las cuales tienen como propósito verificar que los conductores conserven las condiciones físicas, mentales y de aptitud necesarias para manejar vehículos de motor.
Asimismo, se establece que ningún conductor podrá circular en las vías públicas con una licencia vencida.
La disposición instruye al Intrant a adoptar las medidas administrativas necesarias para la correcta implementación de la modificación reglamentaria.EFE
mf


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