POR ROMMEL SANTOS DIAZ
Las Organizaciones de la Sociedad Civil podrán acceder a beneficios tributarios acordes a su naturaleza no lucrativa, sin discriminación. El sistema tributario debe contemplar un marco fiscal favorable que promueva el ejercicio de la libertad de asociación a través de incentivos fiscales a las donaciones y otros ingresos a favor de las entidades sin fines de lucro. Deben establecerse procedimientos ciertos y transparentes, con plazos previos y mecanismos de impugnación.
A nivel global los Estados tienden a cumplir con su deber de promover el ejercicio de la libertad de asociación a través de tratamiento fiscal preferencial para las Organizaciones de la Sociedad Civil y sus donantes. Otorgar exenciones y deducciones tributarias para las OSC de beneficio público y sus donantes son buenas prácticas en el uso eficiente del erario público.
En algunos países de la región de América Latina y el Caribe, sin embargo, los requisitos dispersos y desproporcionados y la implementación selectiva impiden el acceso a estos beneficios. Se puede implementar un régimen tributario especial adecuado a través de requisitos simplificados y beneficios tangibles, fundamentando el gran valor de las contribuciones al bien público del sector.
En el marco del estándar ilustrativo interamericano, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos considera que los Estados deben procurar eximir de impuestos a las Organizaciones No Gubernamentales dedicadas a la defensa y promoción de los derechos humanos.
El estándar ilustrativo global establece que la obligación positiva de los Estados de crear y mantener un entorno propicio para las asociaciones se extiende al fomento de la capacidad para solicitar, recibir y utilizar recursos. Algunos Estados cumplen esta obligación ampliando los privilegios fiscales a las asociaciones inscritas como entidades sin fines de lucro.
Finalmente, el estándar ilustrativo regional indica que los Estados que provean apoyo público a las asociaciones, incluyendo beneficios tributarios, deberán asegurarse que los fondos y beneficios sean distribuidos de manera imparcial, no partidaria, y transparentes. En base a criterios objetivos y claros y que el otorgamiento de fondos y beneficios no será usado como medio para socavar la independencia de la esfera de la sociedad civil.
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