Las palabras pueden ser letales como cualquier bala, cuchillo o veneno. Agredir o intentar asesinar a otro es un grave delito que acarrea responsabilidad penal; igualmente atacar con palabras el honor de una persona imputándole falsamente un hecho ilegal o vergonzoso (difamación) o con invectivas sin precisar algún hecho (injuria), según define el artículo 367 del Código Penal.
El prestigio, la buena fama, el honor, son bienes jurídicos intangibles e invaluables protegidos legalmente. Una sociedad donde no hay respeto a la honra ni se imponga éste judicialmente, involucionará al pretérito de duelos y venganzas. Por tanto, proteger judicialmente estos derechos cuya violación tipifica el Código Penal, es una cuestión de orden público.
Que comunicadores reclamen impunidad o la “despenalización” por “delitos de palabra”, es igual que un político que ruega lo exculpen por vender exoneraciones o permisos.
El daño no es porque sea de palabra o dinerario, sino la agresión o ataque contra un bien cuyo daño (usualmente irreparable) no puede resarcirse solo pecuniariamente. Difamar asesina o hiere reputaciones. Merece cárcel.
JPM

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Tu eres un esbirro y calie del sanjuanero perverso y dictadorzuelo pero lo tuyo viene por ahí chivato **** de la mafia palaciega
SR,GUERRERO EL COBRAR SIN TRABAJAR EN REP DOM NO ES DELITO,
Cuestionar la conducta de hombre como Reynaldo, a quien tu no le das por los tobillos, es mostrar lo que son tu y quien te paga
Que bocina, no menciona nombres pero todos sabemos por donde va
Una sola definicion: R A S T R E R O.
Dice un dicho Dominicano, EL LADRON JUZGA POR SU CONDICION. si me equivoco del dicho pido disculpa de ante manos al Sr que escribe,
La mona aunque se vista de seda mona se queda. Ya el pueblo te conoce RATA DE DOS PATAS