En los últimos días ha crecido un virtual reclamo de moradores de distintos lugares de que se haga cumplir una ley (la número 120-99) que prohíbe lanzar basuras, materiales y otros desechos en calles, aceras, parques, carreteras, contenes, caminos, balnearios, mares, ríos, etc.
El artículo 4 de la misma dice: «Las personas que sean sorprendidas tirando basura, desechos o desperdicios de cualquier tipo, del tamaño que fuere, en los lugares públicos, serán condenados a las penas de dos (2) hasta diez (10) días de prisión o multas de quinientos (RD$500.00) a mil (RD$ 1,000.00) pesos, o ambas penas a la vez. PARRAFO I.- En caso de reincidencia se aplicará el doble de la multa establecida y el máximo de la prisión prevista en el presente artículo».
El artículo 7 agrega: «Todo ciudadano tendrá la obligación de mantener limpio e higienizado el frente de su residencia o establecimiento y recoger la basura, desecho o desperdicios que se encuentren en su acera».
Aunque la acumulación de basuras afecta a muchas ciudades dominicanas, en Santo Domingo el problema es mayor pues, a pesar de que la limpieza está bajo la responsabilidad de cuatro ayuntamientos (Este, Oeste, Norte y el Distrito Nacional), éstos no han dado «pie con bola» para resolverlo, a pesar de sus esfuerzos en este sentido.
En el caso del Distrito Nacional vemos a un alcalde (David Collado) empeñado en resolver problemas de drenaje así como de calles, aceras, contenes y otras áreas en mal estado, pero el cual siente sobre sí el peso abrumador de ciudadanos que insisten en vivir en anarquía y lanzan desperdicios a la vía pública, a toda hora, sin que nadie se lo impida.
Sobre este particular, la pregunta que muchos nos hacemos es: ¿por qué los ayuntamientos no se arman de valor y comienzan a dar pasos para aplicar esta legislación. (Tenemos noticias de que ya el Ayuntamiento de San Cristóbal, dirigido por el alcalde Nelson Guillén, ha comenzado a hacerlo y, aunque le ha granjeado algunas antipatías, ha obtenido buenos resultados).
Entendemos que en este sentido, la primera medida debería ser dar a conocer por todos los medios posibles la Ley 120-99 y posteriormente hacer la advertencia de que la misma será hecha cumplir sin ningún miramiento «caiga quien caiga».
En el interín los ayuntamientos deben instalar zafacones, pues no se puede pretender impedir que la gente lance desperdicios en la vía pública, cuando los encargados de recogerlos no le dan la opción de donde ordenadamente deben depositarlos.
sp-am


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