Superintendencia y Asociación de Bancos aclaran sobre sentencia SCJ

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Pleno de la Suprema Corte de Justicia.

SANTO DOMINGO.- La Superintendencia de Bancos (SB)  y la  Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) hicieron este martes una serie de aclaraciones a propósito de una reciente sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que establece que  ninguna entidad bancaria o financiera puede debitar de la cuenta de un depositante sin la notificación, autorización o conocimiento del titular de la misma.

La SB explicó, en un documento remitido a ALMOMENTO.NET, que desde hace tiempo las entidades de intermediación financiera (EIF) están impedidas de realizar débitos no autorizados, y solo pueden aplicarlos en forma automática con autorización del titular de la cuenta.

“Estas autorizaciones se formalizan de manera contractual, es decir, mediante un acuerdo firmado entre las partes en el que se especifica que el banco podrá hacer débitos de una cuenta específica para un fin en particular (por ejemplo, para el pago de la cuota mensual de un préstamo)”, agrega.

Explica que en caso de que una EIF no observe estos criterios y realice retiros sin autorización, el usuario tiene derecho a interponer una reclamación y exigir la devolución de los fondos retirados.

“Es importante aclarar que la decisión de la SCJ expresada en la sentencia 0961/2021 así como los argumentos que la motivan, se producen en el marco de una demanda en que los débitos son requeridos por el empleador del demandante bajo el alegato de que realizó la transferencia por error”, afirma el organismo supervisor.

Documento de la Asociación de Bancos Multiples 

De su lado, la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) aclaró que en los contratos de los bancos múltiples se “establece expresamente la autorización del titular al banco para debitar o compensar las sumas y valores que el cliente adeude a la EIF (entidad de intermediación financiera) por concepto de capital, intereses o accesorios”.

La ABA entregó a ALMOMENTO.NET  el siguiente documento sobre el tema:

“Con relación a la sentencia 0961/2021 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en fecha 28 de abril de 2021 sobre el recurso de casación interpuesto contra una entidad bancaria y que fue difundida en una nota de prensa del Poder Judicial, es preciso aclarar que:

-El fallo del tribunal se produce como consecuencia de una demanda en “Devolución de Valores y Daños y Perjuicios” interpuesta por un usuario en contra de una entidad de intermediación financiera (EIF) en el año 2012 y que fue rechazada tanto en primera instancia como por la Corte de Apelación.   En ese orden, se comprobó que el cliente recibió en su cuenta nómina, un crédito por error de parte de su empleador, quien contactó al banco para que procediera con el débito y acreditara dicho monto en la cuenta correcta, a lo cual la EIF procedió de inmediato.

-En razón de lo antes expuesto, las sentencias de primera instancia, de la Corte de Apelación y de la propia Suprema Corte de Justicia, descargan de responsabilidad al banco, porque no se puede alegar daños y perjuicios cuando los fondos debitados de su cuenta no corresponden al cliente.

-Lo señalado en la nota de prensa que comparte la SCJ solo reitera lo ya establecido en las normativas bancarias desde hace años y obedece a una práctica común en las entidades financieras, en fiel cumplimiento a la ley, razón por la cual la sentencia sólo confirma el correcto proceder del banco.

-Es preciso resaltar que no debe confundirse el contexto de la sentencia. En ese sentido, recordamos que, acorde a la normativa vigente, los contratos de los bancos múltiples, tanto de cuentas como de préstamos, se encuentran debidamente autorizados y registrados en el Departamento de Protección al Usuario de la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana.   En estos se establece expresamente la autorización del titular al banco para debitar o compensar las sumas y valores que el cliente adeude a la EIF por concepto de capital, intereses o accesorios.

-Por todo lo anterior, reiteramos que el citado fallo no implica una nueva disposición ni revela incumplimiento de las normativas por parte de las entidades financieras, sino por el contrario, confirma la manera oportuna y adecuada en el manejo del banco en cuanto a la autorización de los clientes para debitar fondos de sus cuentas”.

Sobre la sentencia

La Suprema Corte dio a conocer este lunes la decisión 0961/2021, que falla un recurso de casación incoado contra la decisión 494/2015 dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional del 25 de junio de 2015, confirmando una sentencia de primer grado emitida al respecto.

En esta pieza la SCJ se refiere a una demanda basada en una solicitud de devolución de valores y reparación de daños y perjuicios interpuesta por un usuario en contra de EIF.

El usuario había recibido los fondos de su empleador por error y, por solicitud del mismo empleador, el banco procedió a retirar las sumas y devolverlas a la cuenta de origen. El usuario alega que la EIF retiró los fondos depositados por error sin autorización. Mientras que la EIF aduce que el retiro le fue ordenado por el depositante -dueño del dinero-.

La demanda del usuario fue rechazada en primer grado y ratificada posteriormente en apelación.

La sentencia de apelación ratificó la decisión de primer grado, estableciendo el criterio de que “no es costumbre ni práctica bancaria que al depositarse valores en una cuenta que no es la correcta, se solicite autorización del titular de la cuenta beneficiaria de manera errónea para subsanar el hecho”.

La SCJ no encontró violación al ordenamiento jurídico en la actuación de la EIF y destacó que en este caso en particular el dinero depositado no era propiedad del usuario, por lo que procedía la devolución

an/am

SCJ establece bancos deberán tener autorización para debitar de cuentas 

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Lamar Melo
Lamar Melo
3 Años hace

los bancos te obligan a firmar el contrato que ellos quieran en complicidad con la superitendencia de banco y proconsumidor uno no tiene derecho a decirle no me ponga eso o lo toma o lo deja.

Ventura
Ventura
Responder a  Lamar Melo
3 Años hace

guarda tu dinero debajo del colchon

el rastrero-
el rastrero-
3 Años hace

no creo que, la sentencia hecha por la corte seprema de justicia, esté dirigida a los que, éstos, están explicando. de los que explican, en cualquier parte que se encuentren fuera del país, les hacen dichos cargos. si hace préstamos, por obligación, sabe que los intereses vienen. de ahí viene el pago de las obligaciones de las que contraen toda entidad financiera. de los cargos hechos sin ninguna autorización del ahorrante, ni cerca les andan.-

Fernando Marti
Fernando Marti
3 Años hace

todo ese sistema deben revisarlo.

Fernando Marti
Fernando Marti
3 Años hace

el colmo es que tu hace un negocio con uno de esos bancos y te exigen una acta notarial que cuesta cerca de 1000 pesos….y resulta que ellos mismos son los notarios. solo te pasan de un escritorio a otro. partia de ladrones con corbata.

Antonio Rosa
Antonio Rosa
3 Años hace

debían coger a esos banqueros exitosos y mandarlos a najayo para que sigan robando y privando en grandes empresarios.

La mamis
La mamis
3 Años hace

muy bien, basta ya de robo.

Albert Castillo
Albert Castillo
3 Años hace

entiendo que cuando existe un contrato entre el tarjetahabiente y el banco emisor de la tarjeta se puede permite el debito, ahora bien todos los bancos acostumbran hacer cargos encubiertos a las tarjetas de debito que aunque resultan de poca cantidad de dinero cuando lo hacen de manera deliberada a miles de tarjetahabientes logran recursos incalculables que engrosan a las entidades bancarias. creo que resulta atinada y ojalà se cumpla esa sentenc

julio26
julio26
3 Años hace

por eso nos envidian al tener de todos tipos de facilidades a los inversionistas y visitantes cada vez que nos visitan y buscan depositar sus recursos confiando en la banca comercial por la estabilidad economicas y financieras y la taza del mercados de divisas del dolar y el valor del peso dominicano y crecimiento económicos cada años

julio26
julio26
3 Años hace

somos unos de los paises con la mayor red de cajeros y los bancos con mayor calidad y seguridad del area del caribe y mejor comunicado digital por internet y la red celular que con un solo clic y perder tiempo obtenemos dineros de cada cajero disponibles a nivel nacional sin hacer largas filas

Antonio Rosa
Antonio Rosa
Responder a  julio26
3 Años hace

gran vaina,e?.

Maria Belen Chacon
Maria Belen Chacon
Responder a  julio26
3 Años hace

y eso justifica el robo?

julio26
julio26
3 Años hace

es que no hay necesidad de esas explicaciones por partes de los bancos comerciales y de negocios, cada dueños de cuentas saben bien eso tambien saben las consecuencias y causas de no cumplir los que firman a coger un financiamiento y prestamos y por el uso de tarjetas de débitos y de creditos por igual esa es la modalidad de hacer negocios sin salir de sus casas y sin necesidad de cargar dineros en efectivos encimas expuestos a sufrir un atraco

Adonis
Adonis
3 Años hace

claro que si que los bancos comerciales todos específicamente el banco de reserva abusa de los clientes le retiran su dinero de cuarquier cuenta y el cliente nunca tiene la razón, le retiran dinero y hasta le cancelan la cuenta sin darle al cliente ninguna explicación lo mismo lo hace el banco popular y la superintendencia de banco actúa en complicidad con ellos, aquí en rd el cliente nunca tiene la razón. muy bien por la scj esa sentencia

Maria Belén Chacón
Maria Belén Chacón
3 Años hace

la peor decisión de un trabajador dominicano que resida en otro país es abrir una cuenta en un banco dominicano. los bancos tienen licencia para robar, debitar, agregarte cargos no autorizados y sacarte hasta el último centavo y tu ni cuenta te das. haga como muchos, el mejor banco es el banco colchoneta. ahí tus cuartos solo los gastas tu cuando te de la gana.

Última edición 3 Años hace by Maria Belén Chacón
Felix V
Felix V
Responder a  Maria Belén Chacón
3 Años hace

tenia un préstamo con un banco y todos los meses hacia transferencia de otro banco a esa cuenta para pagar el préstamo. cuando terminé con el préstamo hice un par de depósitos mas. en fin tenia rd$47,000.00 y no seguí depositando. pasaron unos meses y decidí hacer un deposito y no lo aceptaron porque la cuenta estaba inactiva. pasé las de caín porque no me querían ni aceptar un deposito ni muchos menos devolverme mi dinero .

Maria Belen Chacon
Maria Belen Chacon
Responder a  Felix V
3 Años hace

y ellos trabajando con tu dinero.

LAND
LAND
3 Años hace

ningún cliente autoriza, conscientemente, que le dejen su cuenta en cero, y que luego se la cancelen.

Maria Belén Chacón
Maria Belén Chacón
Responder a  LAND
3 Años hace

falso. los bancos dominicanos trabajan con tu dinero y nunca te compensan ni con parte de las ganancias.

LAND
LAND
3 Años hace

pregúntale al bp, que deja las cuentas de ahorros en cero si no las mueven durante un período de tiempo relativamente corto,

Taki Yao
Taki Yao
3 Años hace

todos los días les llamamos banqueros a un grupo de atracadores.el ´´sistema financiero´´ de nuestro pais se sustenta sobre la base de erosionar las financias de los bolsillos de todos los ciudadanos y abalado por la mal llamada super intendencia de bancos.“pienso que las instituciones bancarias son más peligrosas para nuestras libertades que ejércitos enteros listos para el combate.benjamín franklin

Mas de lo Mismo
Mas de lo Mismo
Responder a  Taki Yao
3 Años hace

toi contigo!… ciento por ciento !

Jose
Jose
3 Años hace

es cierto. lo ponen en letras pequeñas y como el dominicano no lee ni las letras grande por eso abusan, el bpd y bhd tu dejas 2000 pesos en tu cuenta y al cabo de 3 meses la cuenta está en -3000.

Maria Belen Chacon
Maria Belen Chacon
Responder a  Jose
3 Años hace

yo tenia 12.500 pesos en el reservas, durante ocho meses no deposite nada. hace par se semanas entre a mi cuenta y no tenia un solo centavo. cuando investigue me dijeron que el banco habia debitado sin mi permiso los gastos de mantenimiento de la msma.