Una resolución trascendente

El aumento a 8,000 pesos del límite anual de los medicamentos ambulatorios y la disposición de las recetas basadas en el principio activo, constituyen dos pasos trascendentes a favor de los afiliados

 

Hace un mes, mediante la Resolución 375-02, el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) acogió el nuevo Catálogo de Medicamentos, aprobado por el Ministerio de Salud Pública. Desde el primero de noviembre el mismo tiene vigencia para el llamado Plan de Servicios de Salud (PDSS).

 

La decisión del CNSS tiene una doble trascendencia: 1) aumentó el límite de las medicinas ambulatorias a 8,000 pesos por año y por afiliado, un reclamo que durante mucho tiempo hizo Seguridad Social para todos; y 2) dispuso la prescripción y dispensación basada  en el principio activo de los medicamentos. Demasiado bueno para ser verdad: a los pocos días se produjeron alzas en el precio de las medicinas.

 

En adición, la Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (ADARS), interpuso un recurso de apelación a la circular 044605 de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL). De inmediato, esta entidad señaló que la Resolución 375-02 del CNSS mantiene su vigencia, por lo que las ARS están obligadas a cumplirla.  

 

Tanto el Gerente General, como el Presidente en funciones del CNSS, reaccionaron  sorprendidos por la actitud de ADARS, señalando que “esas medidas son el fruto de un consenso basado en estudios financieros, y fueron aprobadas por el CNSS a unanimidad”.

 

Mientras tanto, tenemos que defender ambas conquistas tan necesarias y esperadas. Constituye un avance importante que el nuevo catálogo se fundamente en el principio activo de las medicinas.

 

El principio activo se refiere a  la sustancia, natural, simple o compuesta, que surte el efecto de “prevenir, curar o aliviar”. La misma viene cubierta o diluida en jarabes, pastillas, cápsulas, emulsiones, grageas, ungüentos, cremas o gel, para ser administradas por vía oral, muscular o intravenosa.

 

Cada principio activo tiene un nombre científico, pero cada fabricante le da una forma específica y le pone un nombre comercial. Como todo negocio, propagan que su producto es el mejor. Contratan a “visitadores a médicos”, para promover y ofrecer incentivos a los facultativos a cambio de que receten sus productos. Esta promoción y gratificación encarece las medicinas de “marca” y para justificar su costo se propagan críticas y burlas contra las medicinas genéricas, a pesar de que contienen el mismo principio activo y con frecuencia son fabricadas por los mismos laboratorios.

 

Los medicamentos genéricos destacan el principio activo en el envase, seguido del nombre del fabricante y de las siglas EFG (Equivalentes Farmacéuticos Genéricos).

 

En los medicamentos de marca (patentizados) es al revés: se destaca el nombre comercial y en letra pequeña el principio activo.

 

Hace muchas décadas que los países mejor organizados dispusieron la prescripción genérica. Pero, como en todo lo social, nosotros siempre llegamos tarde a la fiesta. No obstante, esta resolución evita que el médico influya en el paciente por interés comercial, induciéndolo a comprar una marca y no un principio activo.

 

Ahora millones de afiliados tendrán mayor acceso a los medicamentos. La cantidad de rechazos por imprecisiones y tecnicismos tenderá a reducirse.

 

Pero, grupos de agiotistas comenzaron a elevar su precio, para convertir en ganancia una conquista de los afiliados. Para asegurar la trascendencia de esta decisión, las autoridades deberán enfrentar con energía cualquier tipo de  especulación. 

 

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