SANTO DOMINGO.- El Consejo del Poder Judicial dispuso la suspensión de las audiencias entre el 19 de marzo y el 13 de abril, junto a otras medidas para contribuir a prevenir el contagio masivo del Covid-19.
En cuanto a los procesos penales iniciados, tanto en la jurisdicción ordinaria como lo relativo a Niños, Niñas y Adolescentes, los jueces deberán tomar las acciones pertinentes para garantizar los principios de inmediación, tal como se establece en los artículos 307 y 317 del Código Procesal Penal y en la Ley 136-03, Código para la protección de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la República Dominicana.
En un documento de prensa, la dependencia mantendrá en funcionamiento las oficinas de Servicios de Atención Permanente de la Jurisdicción Penal, de acuerdo a lo establecido en la Resolución núm. 1733-2005, Reglamento para el Funcionamiento de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de la Jurisdicción Penal, así como en los casos de urgencia tendentes a la protección de derechos fundamentales.
Destaca que las audiencias celebradas en este período deberán realizarse en las salas de mayor amplitud de la sede judicial correspondiente, con la finalidad de mantener la mayor distancia posible entre los asistentes y minimizar el riesgo de contagio.
Se mantiene en los tribunales y los órganos administrativos la recepción de documentos con el personal mínimo requerido para la prestación del servicio, en virtud de las disposiciones legales vigentes.
En el acta publicada en la página Web del Poder Judicial se establece que en el ámbito nacional, los jueces y juezas coordinadores con el apoyo de los y las presidentes de Cortes de Apelación o equivalentes, coordinarán la ejecución de estas medidas, garantizando que se mantenga el servicio de administración de justicia de acuerdo con lo legalmente establecido; de manera especial en lo que se refiere a los referimientos, medidas cautelares y otras medidas urgentes.
of-am


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