SFM: Inversionistas extranjeros se querellan contra jueces tribunal de tierras

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SAN FRANCISCO DE MACORIS.- Los inversionistas extranjeros, Julián Rodríguez y  Huang Kitty Qua demandaron del Procurador General de la República, Jean Alain Rodríguez, llevar hasta las últimas consecuencias el sometimiento presentado por ellos contra los jueces del Tribunal Superior de Tierras de aquí.

Rodríguez y Qua se querellaron contra Héctor Bienvenido de Jesús  Cabral, Ramón Emilio Inoa Peña, Miguelina Vargas  Santos y Gregorio Cordero Morales, a quienes imputan  de designar a Basilio Camacho Polanco como secuestrario judicial de la parcela 26, distrito catastral 4, Nagua, con extensión superficial de 2,700,668,00 metros cuadrados, mediante la ordenanza 2018-0245, del 21 de noviembre del 2018, en  base a fotocopias de contratos viciadas de falsedad como vehículo aleccionador para desmontar irregularidades, fraudes y corrupción en Órganos de la Jurisdicción Inmobiliaria.

La querella presentada además por Julio Cesar Núñez Alvarado y Continental del Progreso Turistico, S. R. L.  el pasado 17 de diciembre incluye a Marino Rosario Grullon, Basilio Camacho Polanco, los notarios públicos Onesimo García Rosario y Pedro Julio Marmolejos Reynoso, entre otros.

Según el documento, se les imputa los tipos penales de prevaricación, estafa, falsedad en documento público y privado, uso de documentos falsos, soborno, asociación de malhechores, abuso de autoridad contra particulares, robo agravado, complicidad, entre otras violaciones, previstos y sancionados por los artículos 405, 265, 266,267, 145, 146, 147, 148, 150, 151, 59, 60, 61, 62, 379, 381, 390, 391, 392, 393 y 399 del Código Penal Dominicano.

Afirmaron a través de su abogado George Andrés López Hilario, que los referidos magistrados se han defendido de la citada querella en la prensa escrita y digital utilizando argumentos falsos, lo que constituye una agravante en los tipos penales que se les imputan, tras ellos afirmar que: en fecha 3 de diciembre del 2018 mediante acto de alguacil se notificó a los jueces que en contra de la ordenanza en referimiento había sido interpuesto un recurso de casación. 

‘’Osea a la fecha ya había sido juramentado el secuestrario judicial¨, afirmación contraria a la verdad pues, lo cierto es que por instancia recibida en secretaría el pasado fecha 29 de noviembre les fue requerido a Héctor Bienvenido de Jesús  Cabral, Ramón Emilio Inoa Peña, Miguelina Vargas  Santos y Gregorio Cordero Morales, jueces imputados,sobreseer y abstenerse de juramentar al secuestrario judicial designado motivado en recurso de casación interpuesto contra la referida ordenanza, fundamentado en el artículo 12 de la Ley 491-08, de fecha 19 de diciembre del 2008, que copiado a la letra se lee: ¨Art. 12.- El recurso de casación es suspensivo de la ejecución de la decisión impugnada. Sin embargo, las disposiciones del presente artículo, no son aplicables en materia de amparo y en materia laboral¨, aseguró López.

Manifestó que también es falso que dicha ordenanza, ilegalmente ejecutada, ¨era ejecutoria de pleno derecho en virtud de los artículos 105 y 127 de la Ley 834-78, del 15 de julio de 1978 y por disponerse en ordinar quinto su ejecución provisional, no obstante cualquier recurso que contra la misma se interpusiera¨, lo cual es erróneo, en razón de que tales disposiciones fueron derogadas por el artículo 12 de la Ley 491-08, sobre Procedimiento de Casación.

Indicó que esto implica que los referidos jueces actuaron contra legem para perjudicar deliberadamente a los querellantes citados, lo que le advirtieron los querellantes en escrito consignado en fecha 29 de noviembre del 2018, por lo cual el ordinal quinto de la ordenanza recurrida quedó desprovisto de fuerza ejecutoria de pleno derecho..

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