SANTO DOMINGO.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez Sánchez contra la sentencia que lo condenó a indemnizar al periodista Marino Zapete Corniel por daños morales.
La decisión, contenida en la sentencia SCJ-PS-26-1757, del 31 de agosto de 2026, establece que el recurrente no acreditó el interés casacional requerido por la Ley núm. 2-23. En consecuencia, la Suprema Corte no examinó el fondo de los argumentos planteados y dejó vigente la decisión dictada por la Corte de Apelación.
CONDENA DE RD$2 MILLONES
La Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional había condenado a Rodríguez Sánchez, mediante la sentencia 1303-2024-SSEN-00306, del 26 de agosto de 2024, al pago de RD$2 millones a favor de Zapete por concepto de reparación de daños morales.
La indemnización incluye un interés judicial de 1.5 % mensual, calculado desde la notificación de la sentencia y hasta su ejecución total.
La Corte de Apelación, además, rechazó la demanda presentada contra Maybeth Rodríguez Sánchez, hermana del exprocurador, y estableció que no fueron probados daños materiales.
LITIGIO POR EL PROGRAMA EL JARABE
El proceso judicial se originó a raíz de informaciones difundidas por Zapete el 25 de septiembre de 2019 en su programa El Jarabe de Zapete, transmitido por Teleradio América.
En esa ocasión, el periodista presentó una investigación sobre contratos suscritos entre el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y Grupo Asimra, SRL, para el suministro de cemento asfáltico AC-30.
Dos de esos contratos habían sido firmados en 2017 por Maybeth Rodríguez Sánchez, en representación de la empresa, mientras su hermano Jean Alain Rodríguez se desempeñaba como procurador general de la República.
Zapete solicitó que las contrataciones fueran investigadas. Posteriormente, Maybeth Rodríguez Sánchez remitió una comunicación en la que negó ser o haber sido suplidora del Estado y presentó una acusación penal privada por difamación, de la cual desistió en 2020.
DECISIÓN DE LA SUPREMA CORTE
La Primera Sala de la SCJ consideró que el recurso de casación no cumplía con los requisitos relativos al interés casacional previstos en la legislación vigente.
Al declararlo inadmisible, la alta corte dejó firme la sentencia de la Corte de Apelación, por lo que permanece vigente la condena indemnizatoria de RD$2 millones y el interés judicial establecido en favor del periodista Marino Zapete.
of-am

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