SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Sin un referendo aprobatorio es imposible la reforma constitucional, explicó este miércoles el jurista, Ramón Pina Acevedo.
“Toda reforma en el sistema electoral que toque los derechos ciudadanos de elegir y ser elegido está tocando derechos fundamentales y la reforma, si se hace, ha de ser sometida a la aprobación por vía del referendo aprobatorio”, expuso.
Al hacer un análisis del contexto de las reformas constitucionales para un propósito específico, precisó que es necesario y oportuno observar la trayectoria y las formas llevadas a cabo para que esto sucediese.
Dijo que el artículo 124 de la actual Constitución expresa sobre la elección presidencial que “el Poder Ejecutivo se ejerce por el o la presidente de la República, quien será elegido cada cuatro años por voto directo y no podrá ser electo para el período constitucional siguiente”.
“Esta última Constitución ha querido enmendar el error que se cometió al suprimir la actividad popular en la elaboración de la ley que nos rige a todos y en el artículo 272 introdujo una fórmula el (Referendo aprobatorio) que sirve para dar participación al pueblo en las reglas que lo dirigen”, señaló el jurista.
En un documento de prensa, agregó que este artículo establece que “la aprobación de las reformas a la Constitución por vía de referendo requiere de más de la mitad de los votos de los sufragantes y que el número de éstos exceda del 30% del total de ciudadanos que integren el registro electoral, sumados los votantes que se expresen por “SÍ” o por “NO”.
Pina Acevedo añadió que también reza que “si el resultado del referendo fuere afirmativo, la reforma será proclamada y publicada íntegramente con los textos reformados por la Asamblea Nacional Revisora.


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