La unidad en el PLD

No tenemos que ser adivino para entender que hay sectores interesados en provocar un cisma en el partido oficial, conscientes de que esa sería la única vía para lograr que el Partido de la Liberación pierda el poder en las venideras elecciones del 2016.

Pero tienen tan mala fortuna que a casi dos años de pasadas las elecciones no logran estructurar una alternativa válida de poder que eventualmente suplante al PLD a partir del 2016, por más que se empeñen de unirse los opositores al P L D y una gran parte de la llamada Sociedad Civil.

Porque el partido opositor mayoritario, el Revolucionario Dominicano, está cada vez más disgregado y sin posibilidad a la vista de retomar el camino de la unidad y el liderazgo en el PLD no está en juego. Leonel Fernández es insustituible en este momento en la presidencia de su partido… Porque es la única figura que cohesiona al peledeísmo y sigue siendo el principal activo político del país.

En estos momentos, Danilo Medina no le disputa ese espacio a Leonel… Como tampoco Leonel le disputa su espacio a Danilo. Ellos dos no están distantes, está cada uno en su sitio.

El presidente del partido, Leonel Fernández alaba el gobierno de Danilo, le reconoce empuje, inteligencia, habilidades políticas para conectar con la gente, y siente mucho orgullo de que un Presidente de tales condiciones haya salido del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) para reemplazarle en el poder.

Aunque sabemos, que las cizañas no solo proceden del litoral de la oposición, si no que dentro del partido hay sectores que buscan afanosamente un enfrentamiento entre Danilo y Leonel, son compañeros que tienen sus propias agendas.

No saben esos compañeros que la unidad del Danilo Medina y Leonel Fernández garantiza la permanencia del P L D en el poder y por lo tanto la unidad del pueblo dominicano.

Ellos dos tienen conciencia del riesgo que atraviesa la democracia y el sistema de partidos en los actuales momentos, del descrédito en que ha caído el liderazgo nacional y de que su responsabilidad histórica los obliga a marchar unidos.

También, creo que el PLD ganará las elecciones de 2016, pero tendrá que saber escoger al candidato para no quedarse en el camino… “Porque con cualquiera no se gana”. Hay que recordar que el PRD “arreglará su mundo” y podría volverá a ser opción de poder.

Una de las cosas importantes que heredó el Partido de la Liberación Dominicana de su fundador y líder Juan Bosch, es el criterio de cuerpo de sus dirigentes, por lo menos en la cúpula y eso hay que mantenerlo. En la unidad está la fuerza.

Auditorías a los partidos

Por lo que ha denunciado la Cámara de Cuentas, a través de su presidenta Licelot Marte, en este país hay partidos políticos que en la práctica han convertido en un gran desorden el manejo de los recursos monetarios que pone en sus manos la Junta Central Electoral.
La falta de organización en cuanto a erogaciones de fondos delata a distancia a la mayoría de las agrupaciones políticas reconocidas en este país, que cada año manejan, de conjunto, más de 800 millones de pesos.
Sin identificarlos por sus nombres, la Cámara de Cuentas acaba de dar a conocer que auditorías realizadas a los partidos revelan múltiples irregularidades en el manejo de los fondos que, dicho sea de paso, son recursos que pertenecen al pueblo, que los aporta mediante el pago de impuestos.
Debido a lo complicado de la situación, el Pleno de la Cámara de Cuentas ha decidido para este año fiscalizar a las 26 agrupaciones políticas que existen en el país, de las que 12 ya han sido auditadas.
Sin embargo, la funcionaria fue categórica al afirmar que “estas debilidades son comunes en gran parte de los partidos políticos, pero no podemos generalizar, existen algunos que dan las informaciones en tiempo oportuno y manejan sus cuentas de forma más correcta”.
Pese a que esas entidades han sido insistentes en ofrecer opiniones favorables respecto a la controversial Ley de Partidos, a la distancia se ve que a no pocos de éstos les conviene que esa legislación nunca pase de ser mera aspiración.
Eso nada tiene de raro, y más tratándose de situaciones que se dan a lo interno de agrupaciones políticas al mejor estilo dominicano.
Para nadie es un secreto que hay partidos que no tienen la debida organización en lo que se refiere al manejo adecuado de los recursos que la JCE pone en manos de sus dirigentes.
Licelot Marte agregó que entre las debilidades que delatan el accionar de los partidos están la falta de soporte en la mayoría de sus gastos, emisión de cheques sin soporte, manejo inadecuado de las compras y contrataciones de obras y servicios, desembolsos por concepto de alquiler sin contratos.
También, retenciones de impuestos que no son pagados al fisco, falta de recibos, incumplimiento de las normas que establece la contabilidad gubernamental, carencia de órdenes de compra y cotizaciones de los proveedores, depósito de fondos en fecha posterior a la reglamentada, etc.
Por todo esto entendemos que la política en República Dominicana debe dar un giro de 180 grados si queremos que las futuras generaciones disfruten de un país libre, democrático y con aspiraciones eternas de definir su propio destino.

Gobierno pagará a suplidores de hospital Robert Reid Cabral

SANTO DOMINGO.- El Gobierno firmará un acuerdo de pago con los suplidores del Hospital Infantil Robert Reid Cabral, anunció la vicepresidenta Margarita Cedeño de Fernández.
Dijo que ese centro será sometido a un proceso de rehabilitación de seis meses para hacerlo económicamente autosuficiente, y así pueda recibir los ingresos de las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS).
En un reunión con el ministro de Salud, Freddy Hidalgo, la dirección y la administración del Robert Reid Cabral, Cedeño de Fernández aseguró que los 15 millones de pesos que adeudada ese hospital serán pagados por el Ministerio de Salud a través de un acuerdo de pago con los suplidores.
Cedeño de Fernández tambén se reunió con una comisión de médicos y autoridades del hospital Luis Eduardo Aybar, con el fin de viabilizar mejoras en el servicio.
La Vicepresidente evaluó con el ministro de Salud y la comisión de galenos la situación del hospital y las precariedades que afectan la labor asistencial del centro.
En cuanto al Robert Reid Cabral, Cedeño de Fernández señaló que ese centro atiende cada año 350 mil pacientes, 85 por ciento de los cuales cuenta con seguro médico.
Sostuvo que resulta insostenible para el centro operar sin los recursos que puedan aportan las ARS por los servicios que brinda a sus afiliados.
“Los hospitales públicos están ofreciendo unos servicios de manera totalmente gratuita, subvencionados completa y totalmente por el Gobierno central, y además los pacientes que vienen aquí, en un 85 por ciento, son pacientes asegurados, y entonces esas aseguradoras no están pagando la cuota que correspondería”, indicó.
Aseguró que la garantía de que la ciudadanía reciba salud de calidad en todos los hospitales públicos se resolverá cuando estos sean rehabilitados para recibir los pagos de las cuotas por parte de la ARS de sus asegurados, lo que según dijo, sera logrado en dos años..
“La habilitación del hospital es el proceso que nos permitirá generar ingresos en aquellos servicios que son más demandados por la población, y que además están ya cubiertos por los planes de seguro de salud”, indicó.
jt/am

¿Es suspensiva la apelación ante la jurisdicción de la Ejecución de la Pena?

Las decisiones del Juez de la Ejecución de la Pena son susceptibles de ser recurridas por ante la Corte de Apelación del Departamento Judicial correspondiente. Es una derivación del doble grado de jurisdicción en materia penal, salvo excepciones claramente expresadas por la ley.
En el derecho común, el recurso de Apelación suspende la ejecución de la sentencia dictada en primer grado, es el denominado efecto suspensivo de la Apelación. Es la regla general en materia civil y en la materia penal.
¿Se puede decir lo mismo de la Apelación ante el Juez de la Ejecución de la Pena?
Nuestra normativa penal en la Ejecución de la Pena establece que la Apelación no tiene efecto suspensivo, es decir, que la decisión emanada de un juez ejecutor se debe ejecutar no obstante la interposición del recurso de apelación[1].
La figura del juez de la ejecución de la pena fue introducida en nuestro país mediante la LEY 76-02, que instituye el Código Procesal Penal. Los artículos 436 al 447 regulan la competencia y atribuciones del juez ejecutor. Nuestra Suprema Corte de Justicia, en sus atribuciones reglamentarias, emite la Resoluciónnúmero 296-2005 como reglamento del Juez de la Ejecución de la Pena, donde se establecen meridianamente los diferentes procesos e instancias de esta jurisdicción. En base a esta fundamentación legal vamos puntualizar por qué una decisión emanada de un juez ejecutor debe ejecutarse no obstante cualquier recurso.
Cabe resaltar que la ejecución de la pena es la única parte del Código Procesal Penal que tiene un reglamento para la aplicación de su contenido[2].
Los incidentes que se plantean ante el juez de la ejecución son regulados de conformidad al artículo 442 del Código Procesal Penal (CPP). El párrafo final de este artículo dice textualmente: “El juez decide por resolución motivada y contra ésta procede el recurso de apelación, cuya interposición no suspende la ejecución de la pena, salvo que así lo disponga la Corte de Apelación” (subrayado nuestro).
Es posible que la confusión con respecto a este tema provenga de querer aplicar los artículos 416 y siguientes del CPP, que se refieren al recurso de apelación contra una sentencia de absolución o condena, a la apelación que se suscita en ocasión de un incidente planteado ante el juez de la ejecución. En el primer caso, la del 416, la apelación deriva en una suspensión inmediata de la sentencia apelada; en el segundo caso, conforme al 442, la apelación no tiene ese efecto suspensivo.
Muchas veces se ignora que el juez de la ejecución no emite decisiones absolutorias o condenatorias. Emite decisiones para la aplicación de la pena, cuando una sentencia ha adquirido la autoridad de la cosa juzgada[3]. De ahí la diferencia en el manejo de los incidentes en esta jurisdicción.
Quienes sostienen el efecto suspensivo de la apelación ante el juez de la ejecución se apoyan en el artículo 401 (CPP). Veamos el siguiente análisis.
El LIBRO III del Código Procesal Penal versa sobre Los Recursos como vía de ataque a las decisiones judiciales de absolución o de condena. Se interponen por las partes afectadas. De ahí que los artículos 393 y siguientes se encargan de ir pautando la formalidad del recurso de acuerdo a la parte que lo invoque: si es el imputado, si es el ministerio público, si es la víctima y la parte civil y, finalmente, si es el tercero civilmente responsable.
El 401 cuando habla de los recursos dice: “La presentación del recurso suspende la ejecución de la decisión durante el plazo para recurrir y mientras la jurisdicción apoderada conoce del asunto, salvo disposición legal expresa en contrario”.
Esta disposición no tiene aplicación en la fase de ejecución de la pena, pues esta parte contiene las disposiciones generales de los recursos. El legislador dispuso que para la ejecución de la pena sea aplicable el 442.
Es la propia Suprema Corte de Justicia la encargada de señalar que los incidentes suscitados en esta jurisdicción se regirán por el citado artículo 442 del CPP. En el ordinal 1, del título XVIII (sobre Procedimiento de los Incidentes) claramente se observa lo anterior:
“El Juez de la Ejecución de la Pena, al ser apoderado de las quejas, denuncias, peticiones y todas las cuestiones que se susciten a consecuencia de la ejecución y extinción de la pena, tramitará y conocerá de los incidentes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 442 del Código Procesal Penal…”
Este criterio se reitera en el ordinal 6: “El recurso de apelación no es suspensivo de la ejecución de la condena, salvo que lo disponga la Corte de Apelación apoderada”.
Sostenemos que si la Suprema hubiera querido que se aplique el artículo 401, lo indicaría en el Reglamento 296-05.
En resumen: La apelación ante la decisión del juez de la ejecución de la pena se hará conforme a los artículos 416-424 y el 442 del CPP. En los artículos 416 al 424 para indicar el procedimiento de la apelación; en el 442 para destacar el carácter no suspensivo del recurso.
El profesor Pablo Llarena Conde, en un interesante trabajo insertado en el libro Derecho Procesal Penal, al hablar sobre la Ejecución de la Pena, en la página 513 dice: “La decisión, que habrá de darse de manera inmediata o en el término máximo de diez días, en supuestos de gran complejidad, ha de ser motivada y será susceptible de recurso de apelación ante la Corte de Apelación, sin que este recurso tenga carácter suspensivo, si el tribunal a quo no establece otra cosa”[4].
La autoridad de esta cita proviene de que estamos hablando del libro editado por el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia, la Escuela Nacional de la Judicatura y la Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal, que contiene todo el material utilizado en los seminarios impartidos por la Escuela Nacional de la Judicatura para la formación de los jueces, así como también en la Escuela de Formación del Ministerio Público, en ocasión de la entrada en vigencia del Código Procesal Penal.
Las disposiciones legales descritas por el Código Procesal Penal y la Resolución 296-05 de la Suprema Corte de Justicia, que versan sobre el Juez de la Ejecución de la Pena, han sido respetadas por todos los actores de justicia en los diferentes departamentos judiciales, por lo que no vemos razones legales para interpretar que la apelación ante el juez de la ejecución suspende la ejecución de lo apelado. En cualquier escenario, el carácter suspensivo sólo lo puede pronunciar la Corte apoderada.
La justicia penal dominicana se encuentra situada en un momento estelar de desarrollo, porque cada juez ha de ventilar la norma, su interpretación y ejecución de conformidad a la Carta Sustantiva. La creación de la justicia constitucional en la vertiente de control difuso (tribunales ordinarios) y en la vertiente de control concentrado (tribunal constitucional) de la constitucionalidad de las leyes, obliga a los diferentes actores del sistema judicial.
La judicialización de la ejecución de la pena es un avance extraordinario del derecho represivo, por cuanto se inserta al penado y a las penas en la discusión pública y en el escrutinio de un juzgador diferente, con capacidad y competencia para proteger la dignidad humana del privado de la libertad. Bajo este principio, la Constitución precisa, en el artículo 40.7, que “toda persona debe ser liberada una vez cumplida la pena impuesta o dictada una orden de libertad por la autoridad competente”[5], todo esto bajo el más absoluto respeto del debido proceso de ley.
Es la misma Constitución la que nos ayuda a interpretar la norma penal, cuando en su aplicación pueda haber discrepancia, y lo hace consagrando el principio de favorabilidad, estatuido en el artículo 74.4, con las siguientes palabras: “Los poderes públicos interpretan y aplican las normas relativas a los derechos fundamentales y sus garantías, en el sentido más favorable a la persona titular de los mismos y, en caso de conflicto entre derechos fundamentales, procurarán armonizar los bienes e intereses protegidos por esta Constitución [1]Artículo 442, parte in fine. (2002). Código Procesal Penal Dominicano. Ejecución Penal: Incidentes.
[2] Resolución 296-2005. (2005). Reglamento del Juez de Ejecución de la Pena.
[3]Ídem.
[4] Binder, Alberto; et al. (2006). Derecho Procesal Penal. Escuela Nacional de la Judicatura; Santo Domingo, Rep. Dom. Pág. 513.
[5] Constitución Dominicana (2010).

Embajador de Buena Voluntad de la ONU visitará RD

Les escribimos para notificarle que durante los días 21 y 27 de mayo se encontrará en Santo Domingo Maickel Melamed, Embajador de Buena Voluntad de las Naciones Unidas, maratonista, conferencista internacional, e inspirador venezolano, quien ha logrado reconocimiento internacional a través de sus participaciones en los maratones de Nueva York, Chicago, Berlín y Tokio, bajo la consigna de «Si lo sueñas…¡Haz que pase!».
Maickel, de 39 años de edad y quien padece de distrofia muscular, ha motivado a decenas de miles de personas de distintos países, demostrando mediante conferencias internacionales, campañas sociales y sus actuaciones deportivas que ‘No existen imposibles’.
El día viernes 23 de mayo, a las 11:00 AM, Maickel estará disponible para entrevistas en el nivel Galería (área de la pecera) del Centro Comercial Sambil Santo Domingo, Ave. John F. Kennedy, esquina Paseo los Aviadores, Santo Domingo, para conversar sobre sus actividades en República Dominicana, sus próximas metas y llevar su mensaje positivo a todos los ciudadanos dominicanos. Mucho les agradeceríamos su interés en entrevistar y difundir el mensaje de Maickel.
Favor ver los siguientes enlaces para conocer más sobre ¿Quién es Maickel Melamed?
¿Quién es Maickel Melamed? https://www.youtube.com/watch?v=Kb2bzS72NOI
CNN entrevista a Maickel Melamed https://www.youtube.com/watch?v=7ur8YZm9BSw
Proyecto VAMOS Maickel Melamed Inglés https://www.youtube.com/watch?v=3jcIlp4tKDE
Facebook: https://www.facebook.com/maickelmelamed
Twitter: @MaickelMelamed
Instagram: @MaickelMelamed
Saludos y gracias,
René Rincón Relaciones Públicas Maickel Melamed +19085004566
Perla Sananes Directora de Maickel Melamed Inc. +1 (786) 247-7022 whatsaap +584243272585

Los rateros de Bahía de Las Águilas

Bahía de Las Águilas es sólo una de las playas de la costa de la Provincia de Pedernales, perteneciente al Parque Nacional Jaragua. A decir de muchos, tanto nacionales como extranjeros, es la playa más hermosa de la República Dominicana.
Los que hemos estado ahí, podemos asegurar que la belleza existente en este lugar sólo puede ser comparada con el paraíso terrenal, tal y como expresara en un documental el laureado periodista pedernalense Carlos Julio Féliz. No es posible, no cabe en mente humana, que en esta área del Parque Nacional Jaragua se le ocurra a alguien hacer un asentamiento agrícola.Y no a alguien, sino al Director del Instituto Agrario Dominicano del último gobierno del Dr. Joaquín Balaguer.
No, no se trataba de una locura, ni de algo descabellado, se trataba de la apropiación de grandes porciones de tierra para luego de tituladas ser transferidas a terceros y así enajenar al Estado Dominicano de este valioso patrimonio. El caso de Bahía de Las Águilas es catalogado por personas entendidas en asuntos inmobiliarios como una de las mayores estafas que se han querido cometer en contra el Estado Dominicano.Figúrense, imagínense, tratar de hacer un asentamiento agrícola en puras piedras y donde, inclusive, hay parcelas de este asentamiento que se encuentran ubicadas en el mar. ¡Que bárbaros! En estos días, connotadas firmas de abogados de Santo Domingo defienden a capa y espada los títulos fabricados en base a los terrenos que acabo de citar. Sus gritos y alaridos llegan al cielo, tratando de justificar lo injustificable a favor de sus clientes.
Es más, pienso que van a dejar las cuerdas vocales en la Octava Sala del Tribunal de Tierras de la Jurisdicción Original del Distrito Nacional, donde se conoce la demanda de nulidad de los títulos interpuesta por el Ministerio Público. Las organizaciones de la Región Enriquillo debemos estar muy pendientes de lo que está ocurriendo con el caso de Bahía de Las Águilas e iniciar una cruzada en defensa de los recursos naturales de la zona y de los terrenos que son propiedad, única y exclusivamente del Estado Dominicano.
Favorecemos el desarrollo turístico sostenible de Pedernales yde toda la Región Enriquillo, pero no estamos de acuerdo con las andanzas derateros que se quieren apropiar de los terrenos del Parque Nacional Jaragua.
La Jueza Alba Luisa Beard, quien lleva el caso de Bahía de Las Águilas, tiene sobre sus hombros una enorme responsabilidad y tiene el deber, como profesional del derecho, como mujer y como dominicana de declarar nulos todos los títulos que de manera fraudulenta fueron fabricados a vapor, en las oficinas de abogados y agrimensores corruptos, en la ciudad de Santo Domingo, en el caso que conoce en la Octava Sala del Tribunal de Tierras de la jurisdicción Original del Distrito Nacional.
Hago un llamado de alerta a todas las organizaciones de esta Región Enriquillo para que le demos especial seguimiento al proceso de la demanda de nulidad de los títulos de Bahía de Las Águilas y solicito, encarecidamente, a la jueza Alba Luisa Beard declarar como nulos todos los títulos que esta pandilla de rateros, no importa que sean primeros, segundos o terceros adquirientes, ya que existe un pecado original en la fabricación de los mismos en violación a las normativas legales vigentes.
La jueza de este caso no debe manchar su honorabilidad y su dignidad personal y familiar dándole ganancia de causa a una asociación de malhechores que lo único que han querido hacer es apropiarse indebidamente del patrimonio público, y en este caso del patrimonio regional.
No lo permitamos, y organicemos todas las acciones habidas y por haber con el propósito de salvaguardar los recursos que Dios ha puesto a nuestra disposición y que manos extrañas, ilegalmente, nos los quieren quitar.
Los habitantes de Pedernales, Barahona, Independencia y Bahoruco tenemos la última palabra en este emblemático caso.
elegidoprimero@hotmail.com

Abismal laguna constitucional

Una enorme y mortal laguna jurídica en la Constitución dominicana que parece permitir mediante una simple ley la naturalización en masa de un número ilimitado de personas, ha sido puesta al descubierto por la reciente ley especial de naturalización.
Dicha laguna debe ser eliminada al más breve plazo mediante una enmienda constitucional que establezca un límite firme y claro al número de naturalizados por año.
Si no, en un futuro los enemigos mortales de la República Dominicana podrían explotar dicha laguna para, mediante una simple ley, naturalizar masiva e instantáneamente a cientos de miles o millones de personas bajos criterios antojadizos, lo que no solamente iría en detrimento de los cuatro millones de dominicanos pobres (40% de la población) y de quienes pagan impuestos, sino que podría hacer sucumbir a la República Dominicana bajo el control político de sus enemigos.
La laguna jurídica permite modificar de hecho mediante una simple ley el régimen de nacionalidad de la República Dominicana, o sea, “seudo-enmendar” el Artículo 18 de la Constitución, en flagrante violación del espíritu, si no la letra, del artículo 247 de la Constitución vigente que requiere una Asamblea Nacional Revisora seguida de un referendo aprobatorio para modificar el régimen de nacionalidad del país.
Es sumamente dudoso que la naturalización en masa sobreviva un escrutinio constitucional, según se explica en https://almomento.net/articulo/163306/OPINION-El-Golpe-de-Estado-a-la-Constitucion y https://opiniondigital.com.do/detalles.php?id_noticias=321.
Sin embargo, sería muchísimo más seguro para el país, que este congreso inicie las gestiones necesarias para enmendar al más breve plazo el Artículo 19 de la presente Constitución, introduciéndole un límite firme y claro al número de personas que puedan ser naturalizadas por año.
De esta manera, quienes quieran en el futuro hacer daño o destruir a la República Dominicana mediante la naturalización en masa necesitarían no solo una contra-enmienda constitucional, sino también ganar un referendo aprobatorio, lo que les resultaría virtualmente imposible de lograr.
Dicho límite se puede establecer en término de la población de la República Dominicana de acuerdo al Censo oficial. Por ejemplo, podría ser un naturalizado al año por cada cien mil dominicanos, lo que arrojaría unos 100 por año con la población actual de unos 10 millones.
Recalcamos que entendemos que la mencionada ley de naturalización colectiva solamente beneficia a aquellos extranjeros que fueron inscritos irregularmente en el Registro Civil dominicano. Sin embargo, si la laguna jurídica no es corregida, en un futuro otras leyes podrían beneficiar a otros grupos muchísimo más numerosos.
Por ejemplo, un inescrupuloso mercenario de la política podría desde la Primera Magistratura y con una ínfima mayoría congresual, la que podría incluso ser obtenida a través de prebendas, amenazas u otros medios ilícitos, promulgar una ley de naturalización en masa que beneficie a todos los nacidos ¡en cualquier lado de nuestra isla!, lo que incluiría ¡a la población entera de Haití! (en efecto, una estocada mortal para la República Dominicana).
Por supuesto que el anterior sería un abuso extremo, que citamos precisamente para ilustrar la extrema peligrosidad de la naturalización en masa ilimitada. Sin embargo, el depravado podría limitarse a políticas menos escandalosas, pero que además de ser bastante dañinas a corto plazo, a la postre terminarían en lo mismo.
Por ejemplo, el depravado podría periódicamente naturalizar en masa a todos los nacidos en territorio nacional a quienes constitucionalmente no les toque la nacionalidad dominicana. Si la mayoría de las haitianas intencional e ilegalmente cruzan la porosa frontera para dar a luz en territorio dominicano, – quizás con la ayuda o aquiescencia de la misma mercenaria administración – y a sus descendientes cada cierto tiempo el depravado los naturaliza en masa, eventualmente la mayoría de la población haitiana quedaría 'dominicanizada' con derecho al voto, para determinar el destino final de la República Dominicana.
Noten que, en esta ilustración el depravado mediante una simple ley de naturalización en masa, cambiaría de hecho el régimen de nacionalidad dominicano a uno de jus soli sin restricciones (o incluso a uno más abierto aún que abarque más allá del territorio nacional) contrario a lo establecido por la Constitución. O sea, él acabaría “seudo-enmendando” de hecho el Artículo 18 de la Constitución mediante una simple ley, en flagrante violación del espíritu, si no la letra, del artículo 247 de la Constitución vigente. Esto ilustra la abismal laguna jurídica presente en nuestra Constitución que debe ser urgentemente corregida.
En conclusión, una enmienda al Artículo 19 de la Constitución que establezca un límite firme al número de naturalizados por año es perentoria para corregir la abismal y peligrosísima laguna jurídica que parece permitir la naturalización masiva ilimitada mediante una simple ley. Esta enmienda evitaría que nuestros enemigos mortales se aprovechen de dicha laguna para hundir a la República Dominicana.

A los que dicen defender la Patria

Muchos creen que defender la patria es defenderla de los haitianos. De esos que hace tiempo debimos defender y que nunca defendimos, pero que por intereses mercuriales, económicos y políticos nunca se hizo.
A los ricos nunca le ha interesado este pedazo de media isla que llamamos patria.
Ni a los políticos ni mucho menos a los militares. De haberle interesado no hubiéramos llegado hasta aquí.
Porque acusar de traidor a un grupo de ciudadanos que tienen el sagrado derecho de la opinión. Traidores de que?, cuando en las 4 esquinas se huele la traición. Se ven los traidores reales y se sabe quienes son.
Jamas la patria ha interesado a muchos, salvo para enriquecerse.
Jejeje la patria.
Todo por la patria y la patria desguabinada……por la patria deberíamos juzgar a los ladrones que nos roban a diario. A los presidentes del pasado que fueron cómplices de la barbaridad, de la quiebra de los bancos dejando a mas pobres en la miseria y a los culpables sueltos.
Esos que en sus mandatos el narco fue el poder y siguen siendo danando a tantos y haciendo ricos a otros.
Esos presidentes que dejaron las arcas vacías y crearon leyes impositivas que hicieron que los dominicanos comieran dos veces al dia en vez de tres.
A los corruptos y los que nos venden. A esos que desde sus funciones publican utilizan el dolo y el nepotismo para ganar lo suyo. Que usan testaferros para ocultar lo robado.
A los malos policías, delincuentes vestidos de ley. Nuestros fiscales y jueces con precio. Esos que han permitido que la delincuencia sea quien en muchos casos dicte la justicia y nos domine.
A los militares que aprovechan sus posiciones y sus uniformes para ofrecer sus servicios indignamente siendo cómplices de narcotraficantes y mafiosos. Esos y los que andan sin, funciones, pero de espalderos de funcionarios, empresarios y que se yo mas y cazando fortunas para su provecho. Esos que retiran forzadamente premiándolos, pese a sus delitos, sin llevarlo a los tribunales para que sean juzgados.
A los congresistas que «fabrican leyes al portador» Que cogen todo lo que se les da y hasta tienen su «barrilito», exoneraciones y fundaciones. Y los pueblos donde fueron elegidos esperando sus promesas y su visita. Jamas han vuelto a saber si aun el pueblo existe o ha desaparecido
A los empresarios y terratenientes que no ofrecen sueldos reales sino miserias, permitiendo que los haitianos trabajen por migajas y dejen nuestra gente sin trabajo. Esos son culpables de que la patria hoy este al pie de perder hasta su identidad.
A esos que han negociado nuestras vidas. A los que permiten y permitieron que nuestros vecinos nos invadieran y por lo que hoy sufrimos las consecuencias.
A la patria hay que defenderla de esos malos hijos que se pavonean haciendo creer que son mas patriota que cualquiera, pero que dia a dia nos venden y nos revenden sin remordimientos no pena. Esos son cómplices de las heridas de nuestras montanas. De regalar nuestro oro y la plata de todos y nuestro níquel. De vender nuestras playas y depredar nuestro mar.
A esos deberíamos juzgarlos por alta traición a la patria!
Esa es la mejor manera de defender la patria!
Ellos con su voracidad han hecho mas dano que esos infelices que procuran no morir de hambre viniendo a nuestro territorio con el aval de tantos traidores a quienes despojan de todo al llegar y al volver a su tierra. Esos son los traidores que nadie menciona!
Los poderosos no aman la patria, se sirven de ella!

Primera buena noticia

La renuncia de Minou Tavarez del PLD es la primera grande y buena noticia que he recibido en no se cuanto tiempo. Es buena y es importante.
Minou ha hecho lo correcto, lo que se esperaba de ella.
Su renuncia despoja por completo al PLD de cualquier vestigio de autoridad moral y legitimidad que le hubiera quedado. Minou deja claramente dicho que dentro del PLD, lo mismo con Leonel que con Danilo no hay nada que buscar, no hay nada que hacer y no hay nada que esperar. Si lo hubiera, Minou no se hubiera ido y su misma carta lo reconoce claramente cuando señala: “No es mi intención provocar ningún debate. Se sabe de antemano de su imposibilidad. Tampoco lo intentaré en el futuro. Los temas del país son otros. Mejor dicho, es otro”.
Es evidente que todos los esfuerzos que en el pasado ella y algunos otros hicieron por preservar el PLD como una institución respectable no produjeron resultados. Ese partido esta podrido y de hecho, lidera la corrupción de todo el sistema politico dominicano y naturalmente, no quiere decir ni deja dicho que la corrupción haya estado confinada al PLD. La corrupción no la inventó el PLD ellos solamente la modernizaron, la expandieron y la despojaron de escrúpulo alguno.
Minou, en otra parte de su carta precisa, consigna el abandono de viejos principios y el establecimiento de una cultura nueva, depredadora e irresponsible: “Tan segura estoy de que esos principios e intenciones son ajenos al PLD, que le solicito tome nota de mi renuncia a esa organización política”.
Dejando a un lado el aspecto personal de la decision de Minou, es importante analizar las consecuencias e implicaciones de esta. No intento consignar ahora las implicaciones personales para Minou más allá del hecho de que la posiciona frente a la historia dominicana y abre para ella toda clase de posibilidades. Queda demostrado además que, los hechos cuentan más que los discursos. Su renuncia es un hecho que llega acompañado de un discurso. Lo que frecuentemente recibimos en el país son discursos que no vienen precedidos ni acompañados de hechos ni decisiones.
Para el PLD la renuncia de Minou será devastadora. Los que no se vayan tras de ella al lugar que prefieran, pero fuera del PLD, no podrán alegar que no sabían lo que sucedía. Los que se queden, lo harán sin excusas, a la franca y sin pretender nada.
Con Minou se fue del PLD cualquier vestigio de glorias pasadas, de méritos fundacionales, de ética propuesta o reivindicada. Un solo hecho ha tirado por el piso todas las fanfarronerías cientificas de Leonel, todas las esperanzas que muchos depositaron en Danilo sin entender que, hijo del fraude, no podia ni podría adecentar nada a menos que enfrentara a los mismos que hicieron su ascenso posible. Y lo dice claramente Minou: “Me convoca la crisis institucional cada vez más a la vista de todos y todas. El descrédito de la política me convoca junto a la falta de credibilidad de tantos representantes populares y el aumento inmoral de la pobreza. Me convoca la lucha por mejores gobiernos, por un mejor poder legislativo, por mejores gobiernos municipales, por una justicia independiente”.
Una sola cosa deseo añadir. Como el PLD responderá a Minou, si detratándola o pretendiendo ignorarla no lo se todavía. Pero lo que yo si se es que el PLD producirá lo antes possible un tema, no se cual, cualquiera, un tema que saque la renuncia de Minou de primera plana donde está ahora aunque la prensa official trate de ignorarlo. Todos esos periodistas y medios vendidos seran puestos al servicio de la causa grande del PLD: sacar el tema Minou de circulación trayendo a la opinion pública otro tema que a ellos les convenga. Apuesten a eso y apuesten tambien a la torpeza de nuestra oposición y la perfidia de esos mismos comunicadores que siguen ordenando, manejando, manipulando y discutiendo de encuestas amañadas cuya finalidad no es retratar la situación política dominicana sino inducir los resultados que el poder peledeista quiere.
Que seamos lentos en aprender ha sido una ventaja de la que ha disfrutado el PLD-Gobierno holgadamente.

PUERTO PLATA: Alcalde se queja por información sobre auditorías

PUERTO PLATA.-El alcalde Walter Musa aclaró que la forma como ALMOMENTO.NET redactó la información que señala que la Cámara de Cuentas detectó irregularidades en 45 ayuntamientos, entre los que incluye de manera errónea a Puerto Plata, se puede prestar a confusión.
Musa señala que en el párrafo en que el redactor de la noticia, Johnny Trinidad, alude a los cabildos dice: “Los ayuntamientos con más irregularidades son los del Distrito Nacional, Santo Domingo Norte, Santiago de los Caballeros, Imbert, en Puerto Plata, Villa Altagracia, San Francisco de Macorís, Las Terrenas, en Samaná, municipio La Esperanza y La Vega”.
El ejecutivo municipal opinó para no dar pie a ninguna interpretación errada o aviesa, cuando se citó a Imbert, en Puerto Plata, y a Villa Altagracia, debió escribirse: Imbert, en Puerto Plata; Villa Altagracia,….para evitar eventuales malas interpretaciones por el mal uso de la puntuación empleada.
Solicitó a la dirección del periódico digital ALMOMENTO.NET hacer la aclaración de lugar, para evitar que personas puedan utilizar esa noticia para tratar de a hacer daño a la imagen de las autoridades del ayuntamiento del municipio de Puerto Plata.
Afirmó que en la nota periodística hay otros errores de redacción, que podrían afectar también a otros cabildos, pero es a sus alcaldes a quienes corresponde que solicitar a la Dirección de ALMOMENTO.NET que haga la aclaración.