El Pacto eléctrico firmado es un paso de avance, pero sin el decreto detallando particularidades con un reglamento de aplicación sobre la base de los acuerdos logrados, se cae.
¿Qué falta?
Responsabilidades y acciones específicas que deberán llevar a cabo cada uno de los actores, instituciones y agentes en el subsector eléctrico dominicano, incluyendo los indicadores y metas por instituciones o empresas, (b) un cronograma de ejecución, (c) los mecanismos de seguimiento y veeduría e índices de desempeño que permitan medir el grado de avance en la ejecución y logro de los objetivos y, (d) los recursos y sus fuentes de financiamiento para el buen funcionamiento de las tareas de seguimiento.
¿Cómo hacerlo?
#1) Comité de Seguimiento y veeduría. ¿Quiénes lo forman, quien los elije, sueldos, tiempo etc.? Debe definirse.
#2) Crear una matriz de seguimiento de los compromisos de todos los actores no gubernamentales que servirá de insumo al informe de seguimiento y la detección de posibles retrasos, con la generación de sinergias que faciliten el cumplimiento de los mismos y las recomendaciones de ajustes para preparar una matriz de seguimiento de los acuerdos.
Para el logro de sus funciones esenciales el Comité de Seguimiento y veeduría realizara las siguientes funciones, sin que se consideren limitativas:
Recibir informes, observaciones, denuncias y sugerencias de ciudadanos u organizaciones, instituciones, empresas, en cuanto al cumplimiento o incumplimiento de los compromisos acordados.
Requerir cualquier información o evidencia documental para la verificación del cumplimiento de los compromisos asumidos por todos los actores y el logro de los objetivos propuestos.
Verificar el cumplimiento e implementación de los acuerdos pactados de acuerdo con los cronogramas de ejecución que se establezcan.
Buscar RD$58,000 millones de pesos para atender el déficit eléctrico anuales, es alto déficit y alguien tiene que pagarlo. Esperemos revisiones de tarifas, no hay de otra y concientización del abuso de uso.
Finalmente, elaborar régimen de consecuencias que será vigilado y determinado por el Presidente de la República tomando en cuenta los informes de cumplimiento a las metas propuestas, las causas explicativas de una eventual desviación, así como los informes del Comité de Seguimiento y veeduría y del Sistema de Cumplimiento de las metas Presidenciales. Son solo ideas.
johnsanchez44@hotmail.com

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